Gobierno amplía facilidades para la adecuación ambiental de las actividades eléctricas
Minem publica el Decreto Supremo N° 014-2023-EM.
El Plan Ambiental Detallado (PAD) es un instrumento de gestión ambiental complementario de carácter excepcional que considera los impactos ambientales negativos reales y/o potenciales generados o identificados en el área de influencia de la actividad eléctrica en curso, y destinado a facilitar la adecuación de dicha actividad a las obligaciones y normativa ambiental vigentes.
Al respecto, la norma establece un nuevo plazo para que los titulares que buscan acogerse al PAD comuniquen a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad (DGAAE) del Ministerio de Energía y Minas (Minem) esta decisión, en un plazo de tres meses contados a partir de la entrada en vigencia de la norma, es decir, hasta el 20 de noviembre del 2023.
En el caso de las municipalidades y gobiernos regionales que requieran comunicar su acogimiento, el plazo para comunicarlo se extiende por el período de un año: hasta el 20 de agosto del 2024.
Asimismo, la norma precisa que para la posterior presentación del PAD: los titulares de las actividades eléctricas tienen un plazo de tres años, mientras que las municipalidades y gobiernos regionales cuentan con cinco años, contados a partir de la entrada en vigencia del decreto supremo.
Finalmente, el Minem informó que, durante la elaboración de la presente norma, la DGAAE identificó en el país 1203 instalaciones eléctricas que no cuentan con instrumento de gestión ambiental y que, dentro de este universo, 906 instalaciones corresponden a municipalidades y gobiernos regionales.
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