Derecho
De acuerdo con el Decreto Legislativo N° 713, el 8 de octubre es feriado nacional en conmemoración del Combate de Angamos, la batalla naval más representativa del país, donde el peruano del milenio Miguel Grau Seminario ofrendó su vida junto a otros héroes en el monitor Huascar.
Según lo señalado por la Sunafil, si trabajas durante este feriado sin descanso sustitutorio, tienes derecho a triple pago que corresponde a:
1) La remuneración correspondiente al día feriado (ya incluida en la remuneración mensual que percibes).
[Lea también: Estado de emergencia: PJ garantiza defensa de los ciudadanos mediante acciones de garantías constitucionales]2) La remuneración diaria correspondiente a la mano de obra efectuada.
3) Un monto adicional equivalente a una sobretasa del 100% de la remuneración diaria correspondiente a la mano de obra efectuada.
¿El 09 de octubre será feriado o día no laborable?
Asimismo, el Decreto Supremo N° 151-2022-PCM establece que el lunes 9 de octubre será día no laborable, el cual sumado a la festividad del 8 de octubre crea un feriado propicio para la práctica de turismo interno.
Este descanso es aplicable para los trabajadores del sector público y a diferencia de un feriado, las horas dejadas de laborar deben compensarse en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública en función de sus necesidades.
Tratándose del sector privado, cuyo acogimiento a esos días no laborables es voluntario, corresponderá al empleador y los trabajadores fijar de común acuerdo la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, considerando que a falta de acuerdo decidirá el empleador.
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— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) October 3, 2023
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