Gobierno prorroga estado de emergencia en el corredor vial sur Apurímac-Cusco-Arequipa
Publican Decreto Supremo Nº 117-2023-PCM.
De acuedo con el Decreto Supremo Nº 117-2023-PCM, durante este período la Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
Asimismo, se aplicará lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 11),12) y 24) literal f) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú.
La norma establece que la intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el decreto legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la PNP y las fuerzas militares, en el territorio nacional y su reglamento; y el “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personasen condición de vulnerabilidad”.
Indica que la policía deberá presentar al titular del Ministerio del Interior, dentro de los cinco días posteriores al término de la medida, un informe detallado de las acciones realizadas durante el régimen de excepción y los resultados obtenidos.