• DOMINGO 5
  • de abril de 2026

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Microempresas no inscritas en el Remype deberán depositar CTS a sus trabajadores

Plazo legal para entrega de este beneficio vence el 15 de noviembre.

De acuerdo con lo señalado por la Cámara de Comercio de Lima (CCL) la pequeña empresa, cuyos ingresos anuales no fueron superiores a 1700 UIT, tienen tres casos:

– Si la pequeña empresa no está inscrita en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), todos sus trabajadores antiguos y nuevos tendrán derecho a la CTS conforme a la regla general, que rige para la mediana y gran empresa.

– Si la pequeña empresa está inscrita en el Remype, los trabajadores contratados hasta antes de su registro tendrán derecho a la CTS.

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– Si el trabajador ha sido contratado luego de que la empresa se inscribió en el Remype, su CTS será el 50% de lo que se obtiene en el régimen general.

Para la microempresa, cuyos ingresos anuales no superan las 150 UIT, también presenta tres casos:

– Si la microempresa no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores tendrán derecho a la CTS bajo la regla general.

– Si la microempresa se inscribió en el Remype, los trabajadores contratados antes de su registro tienen derecho a la CTS bajo la regla general.

– Si los trabajadores fueron contratados después que la microempresa se inscribió en el Remype, estos trabajadores no tienen derecho a CTS.

¿Cómo se calcula el CTS?

La CCL sostuvo que el monto de la CTS por depositar varía según el tipo de empresa y el tiempo laborado en el período semestral. En el caso de la mediana y gran empresa, si el trabajador laboró el período semestral completo, su CTS por depositar será el 50% del sueldo de octubre del 2023 más un sexto de la gratificación recibida en julio del 2023.

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Por ejemplo, si el sueldo del trabajador es de 1500 soles, su CTS será 750 soles más 250 soles (1/6 de la gratificación percibida), entonces el total de la CTS por depositar sería de 1000 soles.

Si el trabajador no ha laborado el semestre completo, su CTS estará constituida por un sexto de su remuneración, por cada mes laborado, más el sexto de la gratificación que hubiera percibido en ese período.

Verificación del monto depositado

El empleador debe entregar a cada trabajador, dentro de los cinco días hábiles de efectuado el depósito, una liquidación que contenga cuando menos la fecha y número de la constancia de depósito bancario, el nombre o razón del empleador, nombre del trabajador, información detallada de la remuneración computable, período que se cancela y nombre del representante de la empresa que firma la liquidación.


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