• MIÉRCOLES 10
  • de junio de 2026

Derecho

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Celeridad en procedimientos

PNP: modifican ley disciplinaria

De acuerdo con el Decreto Legislativo N° 1583, que oficializa los cambios, se otorgará mayor celeridad y simplicidad en el ejercicio de la función administrativa disciplinaria, lo que generará beneficios para fortalecer la disciplina policial.

Así, se modifican los artículos 17, 18, 22, 36, 38, 39, 45, 49, 50, 61, 62, 68 y 83 de la Ley N° 30714, en concordancia con la Ley N° 31880, que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materias de Seguridad Ciudadana, Gestión del Riesgo de Desastres-Niño Global, Infraestructura Social, Calidad de Proyectos y Meritocracia, por 90 días calendario.

Por ejemplo, entre otros aspectos, señala que la facultad disciplinaria sancionadora para infracciones leves es inherente al personal de la Policía Nacional del Perú (PNP) en situación de actividad, en su condición de superior jerárquico. Es ejercida dentro de las atribuciones y límites establecidos en la presente norma.

Asimismo, precisa, el personal policial estará facultado para sancionar a los custodios del orden de igual grado bajo su comando.