• MARTES 26
  • de mayo de 2026

Derecho

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PLaneamiento del control gubernamental 2024-2026

Contraloría aprueba lineamientos a seguir

Directrices entrarán en vigencia desde el 3 de enero del próximo año.

Con estas directrices la institución busca orientar las intervenciones de control hacia los procesos, operaciones, obras públicas o actos administrativos que son más sensibles a la corrupción o gastos de mayor significación económica e impacto social, a los servicios públicos básicos que brindan las entidades de los tres niveles de gobierno, así como a las áreas administrativas con debilidades de control interno expuestas a un mayor riesgo de corrupción.

Aspectos claves

Esto teniendo en cuenta la nueva política general del gobierno, la ocurrencia del Niño Costero y Niño Global, la expansión del control concurrente, el inicio de operaciones de la Autoridad Nacional de Infraestructura y, la aprobación del Plan Estratégico 2022-2024 de la Contraloría General de la República ampliado al 2026, que mantiene todos los componentes estratégicos del Plan Estratégico Institucional 2022-2024 y agrega las metas anuales para el período 2025-2026 de los indicadores a nivel de objetivos y acciones estratégicas, refiere la Resolución de Contraloría N° 400-2023-CG.

Asimismo, considerando el proceso de implementación del Plan Nacional de Control 2023 Modificado, el cual se operativiza mediante los planes anuales de control de los órganos de control institucional y por intermedio del Plan Operativo Institucional de la Contraloría General de la República. Documento que establece las metas de los servicios de control y servicios relacionados a ejecutar por los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control durante el 2023, orientando su ejecución a la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al uso eficiente del recurso público y riesgos identificados sobre el particular; con base en los principios del control gubernamental que señala el artículo 9 de la Ley N° 27785.

Corresponderá a los órganos de control institucional, los órganos y unidades orgánicas de la Contraloría General de la República, según sus ámbitos y competencias, cautelar el cumplimiento de los lineamientos aprobados por la citada resolución.