• VIERNES 13
  • de marzo de 2026

Derecho

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PRESIDENTA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

Servir: Directivos públicos deben pensar también en las metas país

Ana Pari destaca la importancia del Decreto Legislativo N° 1602 al traducir hacia todos los funcionarios que no solo se enfoquen en sus objetivos individuales o institucionales.


Editor
Percy Buendia Quijandría

Periodista

pbuendia@editoraperu.com.pe


De acuerdo con las recientes modificaciones efectuadas a la Ley del Servicio Civil (N° 30057), que se aprobaron mediante el Decreto Legislativo N° 1602, se designará a los directivos públicos por un período de tres años.

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Además, se podrán efectuar renovaciones, “previo informe favorable del empleador, debidamente motivado, teniendo en consideración, entre otros criterios, los resultados de su evaluación anual. De no optarse por la renovación, se dará por concluida la designación”.

Labor

“Una segunda parte que trae este decreto legislativo es la forma en que evaluamos a nuestros directivos. A veces, para medir su desempeño, a uno de administración se le ve cuántas contrataciones públicas ejecutó, por decirlo; sin embargo, el directivo público no solo debe pensar en su oficina, sino también en cómo trabaja con los demás directivos y cumple metas institucionales”, aseveró.

En diálogo con el Diario Oficial El Peruano, Pari puso como ejemplo el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. “¿Qué es lo que esperamos del programa? ¿Que haya procesos de contrataciones o que finalmente en conjunto se ejecute adecuadamente su presupuesto para que llegue oportunamente a los colegios?”, preguntó.

La ciudadanía, enfatizó, espera un buen servicio. “Por lo tanto, ¿quiénes se encargan del servicio? ¿solo uno?, no, es el trabajo conjunto de todos los directivos. Eso es lo que se agrega en el decreto legislativo, que a ellos se les debe fijar metas institucionales, de tal manera que se preocupen no solo por su tarea, como si fuese una oficina isla, sino que también se trabaje coordinadamente con las otras entidades para que logren su objetivo”, recalcó.

La presidenta de Servir destacó la importancia del Decreto Legislativo N° 1602 al traducir hacia todos los directivos que no solo piensen en sus metas individuales, sino también en las institucionales o, incluso, en algunas metas país , como en el 2023.

“Este año trabajamos muy arduamente con las estrategias Punche Perú y era importante que los directivos y todos sepamos que esa es la meta que necesita el país. Requerimos reactivación económica y deberíamos trabajar desde la posición en la que estemos en esas tareas vinculadas”, subrayó.

Los directivos públicos, recordó, tienen dos formas de acceder. Uno, son los cargos de confianza, es decir, por la voluntad del funcionario que los designa. “Para ello, deben cumplir con los requisitos mínimos que fija la Ley N° 31419 o el perfil que se establecerá en el cuadro de puestos de la entidad”, detalló.

“El otro grupo de directivos no son de confianza, por lo que deben participar en un concurso en el que se evalúa y selecciona al mejor. Los que ganen los concursos de méritos ingresarán con un contrato fijo, a plazo determinado, de 3 años”, explicó.

A los primeros, refirió, se les quita la confianza y se van, a diferencia del que entra por concurso, que no se le puede retirar por este procedimiento, pues tiene un contrato de tres años. Sin embargo, la regla es que una vez que ingresa este último a la administración pública se evaluará su desempeño de manera anual, precisó.

“Vencido los tres años, lo que señala el decreto legislativo es que el empleador lo evaluará para su eventual renovación, porque si estamos ante un directivo que cumplió sus metas institucionales, que generó ese aporte adecuado para la entidad, el titular podrá argumentar su decisión. Por eso se pide un informe sustentatorio debidamente fundamentado para proceder a su renovación”, indicó.

Ahora, bien, ¿qué significa que se proceda su renovación?, expresó Pari. “Quiere decir que ya no habrá concurso, porque si este directivo al vencer los tres años se va, lo que ocurre es que esa plaza se volverá a concursar y nuevamente se efectuará la selección del mejor profesional. Por lo tanto, dejar a la persona que está en el puesto tiene que ser debidamente justificado para que se quede por tres años adicionales”, afirmó.

Continuidad

A la par, sostuvo, se garantiza un tema de continuidad. “La ejecución de nuestro plan operativo institucional (POI) es anual, pero para concretar objetivos siempre se hacen los trabajos multianuales. ¿Por qué?, porque en una mirada multianual es que realmente se alcanzarán objetivos que cambien o logren las misiones de determinados proyectos que se desarrollan en una institución”, aseguró.

Meritocracia e idoneidad

Ana Pari formuló un llamado a las entidades del Ejecutivo para trabajar de manera conjunta, como en la elaboración del Decreto Legislativo N° 1602, a fin de ordenar la planificación de los recursos humanos y que el ingreso de nuevo personal sea acorde con los perfiles establecidos y respetando los principios de meritocracia e idoneidad.

“El Congreso nos delegó esta facultad de legislar y el Consejo de Ministros aprobó el decreto legislativo, con lo cual se expresa ese compromiso de ordenarnos y hablar sobre los recursos humanos, acerca de perfiles”, refirió.

Cada año, aseveró, cuando se pregunta cuánto crece la planilla se mencionan siempre números de personas y cuánto dinero se gastó en esa planilla, “pero es el momento de que tratemos también sobre qué tipo de profesionales son los que están entrando en la administración pública”.

Pari recordó que “siempre hay el reclamo de la ciudadanía en saber por qué ingresa a trabajar tal persona y es importante que ejecutemos un cambio”.

“Los perfiles se publicarán para que la población pueda conocer cuáles son los que las entidades están buscando. También permitirá atraer nuevos talentos que sabrán qué es lo que requiere el Estado en su personal”, afirmó.

El Decreto Legislativo N° 1602 creó el cuadro de puestos de la entidad (CPE), para cuya aprobación en la institución del Ejecutivo se deberá contar con el manual de perfiles de puestos (MPP).




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