La resolución, sustentada en el expediente N.º DGIESP20240000058, destaca la importancia de la salud como condición indispensable para el desarrollo humano, de acuerdo con los principios establecidos en la Ley General de Salud (Ley N.º 26842) y la Ley General de Vacunas (Ley N.º 28010). Estas leyes establecen la obligatoriedad de las actividades de vacunación para la salud pública nacional y designan al Ministerio de Salud como ente rector responsable de regular, vigilar y promover la protección de la salud.
En cumplimiento con la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se asignaron recursos específicos hasta por la suma de S/ 22 161 000,00 para el cierre de brechas de vacunación en niños y niñas menores de 5 años. Este financiamiento se distribuirá entre el Ministerio de Salud y los gobiernos regionales.
La normativa también establece asignaciones presupuestarias para el barrido de vacunación en niños y niñas de 02 meses a 5 años, con dosis adicionales de vacunas antipolio oral (APO) e inactivada (IPV), así como vacunación contra sarampión, paperas y rubeola (SPR).
De acuerdo con la resolución, el Ministerio de Salud, como organismo rector, debe aprobar previamente, mediante Resolución Ministerial, el Plan Nacional de Vacunación en niños y niñas menores de 5 años para el 2024. La Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, a través de la Dirección de Inmunizaciones, propuso la aprobación del documento técnico, el cual fue respaldado por la normativa mencionada.
El documento técnico aprobado se encuentra disponible en la sede digital del Ministerio de Salud. La Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General se encargará de la publicación de la Resolución Ministerial y su anexo en dicha sede digital.
La norma lleva la firma del ministro de Salud, César Henry Vásquez Sánchez.