• MIÉRCOLES 20
  • de mayo de 2026

Política

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Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

Perú plantea reformar el sistema de veto en la ONU

Propone que solo se pueda bloquear una resolución con el voto mínimo de tres miembros.

Durante la sesión UN Security Council Reform, el ministro de Relaciones Exteriores detalló el planteamiento United Nations Majority of Three Initiative (UNM3 Initiative), o “la mayoría de tres”, mediante el cual solo se pueda bloquear una resolución si tres o más miembros ejercen el veto.

Ante las altas autoridades, el canciller González-Olaechea explicó que mediante esta propuesta se tiene que “explicar las razones por las cuales se ejerce el veto para que se transparente la obligación moral y jurídica que emana de la Carta de San Francisco”.

El ministro agregó que “de esa manera si hay una continuidad del veto respecto a una guerra, un conflicto interestatal o dentro de un Estado, la comunidad internacional pueda públicamente cuestionar las razones si se violan los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario y se ejerce el veto”.

En el panel, el canciller explicó que Perú, a diferencia de las ocho propuestas planteadas en los últimos 60 años, la presenta de manera individual.

“Perú es un país no central, pequeño, pero que hace 200 años lanzó y ejecutó la primera iniciativa de un proceso de integración de paz: el Congreso Anfictiónico de Panamá. Sí creemos que hay espacio para hacer propuestas disruptivas”, afirmó ante la audiencia.

También el canciller Javier González-Olaechea indicó que actualmente prima la denominada mayoría de uno. “Es, si somos 193 miembros de Naciones Unidas, uno se puede imponer respecto a 192 o 5 respecto a 188”, puntualizó.

El contexto

Ante el fracaso de la Liga de las Naciones y luego de la Segunda Guerra Mundial, se crea la Organización de las Naciones Unidas con el propósito de mantener la paz y seguridad internacionales, así como fomentar entre los Estados relaciones de amistad y cooperación, con la esperanza de evitar nuevas conflagraciones.

Así, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) fue creado como la manifestación de la obligación moral y jurídica de prevenir y resolver pacíficamente conflictos, mediante la promoción de principios éticos universales basados en la igualdad soberana de los Estados. Con el fin de asegurar el porvenir por todos deseado, la Carta de San Francisco incorporó el derecho de veto otorgado por la comunidad internacional a las potencias de la época.

El veto

El veto conferido a los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad se entendió como una condición excepcional, con el mismo propósito perseguido con la creación de las Naciones Unidas. No obstante, el empleo de esta privilegiada herramienta, en apariencia una garantía, ha evidenciado recurrentemente una orientación que ha dificultado la acción internacional global para detener conflictos y abusos humanitarios, alejándose de los propósitos de la organización.

Desde una perspectiva histórica, hay numerosos ejemplos de las limitaciones resolutivas del Consejo de Seguridad. Desde hace décadas, los focos de conflicto han superado el ámbito interestatal, proliferando nuevas amenazas a la paz y seguridad internacionales que crean y fomentan un escenario disruptivo en el que aumentan las luchas violentas de diferente índole, tales como los enfrentamientos armados internos, los conflictos étnicos, la delincuencia organizada transnacional y las amenazas terroristas, principalmente.

Propuesta peruana

Las razones que sustentaron la concepción primigenia del veto en la práctica han devenido en la “mayoría de uno”. Ante esta realidad, y teniendo en cuenta las múltiples propuestas grupales realizadas desde 1979, resulta indispensable optar por una nueva dimensión para el uso de esta herramienta. El Perú propone la United Nations Majority of Three Initiative (UNM3 Initiative).

La “mayoría de tres” se aplicaría a las funciones y poderes que tiene el Consejo de Seguridad en virtud del artículo 24° de la Carta de las Naciones Unidas. En este contexto, solo se podría bloquear una resolución si tres o más miembros permanentes ejercen el veto. En adición, quien ejerza el veto debe obligarse a justificar públicamente el uso de esta privilegiada herramienta, aumentando así la transparencia de las decisiones y el uso responsable de esta prerrogativa.

En suma, esta iniciativa apuesta por la eficacia del funcionamiento del Consejo de Seguridad al exigir una acción más comprensiva y coherente con la Carta de San Francisco, dando una mayor confianza a las decisiones de este consejo.

Panel

El panel estuvo integrado también por el primer ministro de Eslovenia, Robert Golob; el ministro de Defensa y Relaciones Exteriores de Irlanda, Micheal Martin Tanaiste; la asesora nacional de Asuntos de Seguridad de Kenia, Monica Juma; y la secretaria de Estado de Asuntos Exteriores de Alemania, Susanne Baumann.

La moderadora fue la directora ejecutiva de Relaciones Internacionales de Körber-Stiftung, Nora Müller.

Clave

Cinco países tienen derecho a veto en el Consejo de Seguridad de la ONU: Estados Unidos, Federación Rusa, China, Francia y Reino Unido.