Se argumenta que tanto los regímenes laborales de los decretos legislativos 276 y 728, como el de la Ley N° 30057, que contemplan contratos por tiempo indeterminado, estipulan que los empleados públicos deben cesar sus labores a los 70 años.
Se destaca que, a diferencia de estos regímenes, aquellos previstos en el D. L. 1057 y el Contrato de Locación de Servicios, no establecen un límite de edad específico, ya que fueron diseñados como regímenes de duración temporal.
Dado el cambio del régimen laboral CAS de temporal a permanente, se considera necesario modificarlo para establecer un límite de edad para el cese, en línea con los regímenes del D. L. 276 y la Ley N° 30057, para garantizar la igualdad de todos los trabajadores", indica el proyecto de ley.
En su justificación se aclara que la iniciativa no se contrapone a la Constitución Política del Perú ni al ordenamiento jurídico vigente.
Lea también en El Peruano
El canciller Javier González-Olaechea afirmó que el avance en la ejecución del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay va conforme a lo programado, pese a la controversia generada en torno a los servicios esenciales de este puerto.