El Peruano te informa: consulta aquí las normas y políticas legales de impacto para hoy martes 9 de abril 2024
TRATAMIENTO TRIBUTARIO
Modifican Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó el Decreto Supremo N° 047-2024-EF, que adecua el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta a las recientes modificaciones realizadas por el Decreto Legislativo N° 1541 que modifica la Ley del Impuesto a la Renta, cuyo Texto Único Ordenado (TUO) fue aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF, a fin de perfeccionar el tratamiento tributario aplicable a los contratos de asociación en participación.
Entre las aludidas modificaciones se encuentra el haberse establecido que, para efectos del Impuesto a la Renta, se entiende por dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades a la participación del asociado de un contrato de asociación en participación.
La norma, de este modo, precisa aspectos sobre la renta bruta de primera y segunda categoría, atribución de rentas y pérdidas netas por parte de fondos y fideicomisos, y de las utilidades, rentas o ganancias de capital que paguen las sociedades administradoras con cargo a los fondos de inversión así como las sociedades titulizadoras de patrimonios fideicometidos o los fiduciarios de un fideicomiso bancario. ( Consulta la norma aquí )
INCORPORAN TECNOLOGÍAS EN LA EDUCACIÓN Modifican lineamientos para la gestión de las tabletas en instituciones públicas focalizadas de la educación básica regular
El Ministerio de Educación (Minedu) modificó los lineamientos para la gestión de las tabletas y sus complementos en instituciones educativas públicas focalizadas de la educación básica regular, mediante la Resolución Ministerial N° 149-2024-Minedu.
De acuerdo con la norma, el objeto es orientar la incorporación de tecnologías en la educación básica en el marco de la transformación digital a nivel nacional, con el fin de generar las condiciones mínimas para la implementación de procesos y estrategias que garanticen su sostenibilidad y desarrollo hacia nuevas oportunidades de aprendizaje para las niñas, niños, adolescentes y jóvenes.
También promover los componentes para la incorporación de tecnologías digitales que promuevan el desarrollo de las dimensiones de la gestión escolar, en la medida que contribuyen a organizar las prioridades y acciones respecto al uso de las tecnologías digitales en la gestión de la escuela, a fin de promover un servicio educativo de calidad.
El Minedu, asimismo, busca contribuir al cierre de la Brecha Digital mediante el acceso, uso, aprovechamiento y gestión de los dispositivos tecnológicos para potenciar el servicio educativo, con el fin de brindar nuevas oportunidades de aprendizaje con tecnología que favorezcan al desarrollo de una cultura digital para los actores educativos, en las instituciones educativas de gestión pública de la educación básica, según las necesidades pedagógicas y formativas, en el marco de la atención a la diversidad. ( Consulta la norma legal aquí)
GARANTIZAN ATENCIÓN PERTINENTE Y OPORTUNA
Minedu promueve la creación e implementación de servicios de apoyo en la educación básica regular
El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la Creación e Implementación de los Servicios de Apoyo Educativo en la Educación Básica Regular”, mediante la Resolución Viceministerial N° 041-2024-Minedu.
El objetivo es establecer disposiciones para la creación e implementación progresiva del Servicio de Apoyo Educativo (SAE) en sus dos niveles: (i) Servicio de Apoyo Educativo Interno (SAEI) y (ii) Servicio de Apoyo Educativo Externo (SAEE).
De acuerdo con la normativa vigente el SAE constituye una forma de organización flexible que permite a las diferentes instancias del sistema educativo articular los apoyos necesarios para brindar una atención pertinente y oportuna, eliminando las barreras que experimentan los estudiantes en torno al acceso, permanencia, participación y logros de aprendizaje a lo largo de la vida.
Los SAE se implementan en todos los niveles, modalidades y etapas del sistema educativo. En la educación básica, la educación técnico-productiva y la educación superior tecnológica, pedagógica y artística existen dos niveles de servicios de apoyo educativo: interno y externo; los cuales funcionan de manera articulada y complementaria a nivel territorial, respondiendo a las necesidades de las instituciones y programas educativos, y a la complejidad de sus contextos. (Consulta la norma legal aquí)
FACILITAN ACCESO A LA JUSTICIA Poder Judicial aprueba diversos formularios para la presentación de demandas en los procesos que no se requiere defensa cautiva
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó cinco nuevos formularios para la presentación de demandas en los procesos que no se requiere de defensa cautiva, mediante la Resolución Administrativa N° 000111-2024-CE-PJ.
Se trata del Formulario de demanda de alimentos para niñas, niños y adolescentes y asignación anticipada de alimentos. También el Formulario de demanda laboral ante Juzgado de Paz Letrado (hasta 50 URP), y del Formulario de demanda laboral ante Juzgado Especializado con competencia en materia laboral (más de 50 URP hasta 70 URP).
Se aprobó de igual modo el Formulario de demanda de hábeas corpus restringido ante Juzgado Especializado Constitucional o Juzgado de Investigación Preparatoria (ciudadano/a que se encuentre impedido de transitar libremente), y el Formulario de demanda de hábeas corpus reparador ante Juzgado Especializado Constitucional o Juzgado de Investigación Preparatoria (al encontrarse el ciudadano/a detenido/a por más de 48 horas en un establecimiento policial.
El objeto es establecer mecanismos para que la población pueda acceder fácilmente a los servicios judiciales con calidad y rostro humano, precisa la norma. ( Consulta la norma legal aquí)
MINISTERIO DE JUSTICIA
Minjusdh fortalece Sistema de Defensa Jurídica del Estado
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minusdh) autorizó la transferencia financiera de S/ 20'000,000.00 (veinte millones y 00/100 soles), a favor de la Procuraduría General del Estado, para el Fortalecimiento del Sistema de Defensa Jurídica del Estado.
De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 0085-2024-JUS, estos recursos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad para fines distintos a los señalados en la norma.
La autorización dispuesta será atendida con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la Fuente de Financiamiento: 4. Donaciones y Transferencias, Unidad Ejecutora: 001. Ministerio de Justicia - Oficina General de Administración; Categoría Presupuestal: 9001. Acciones Centrales, Actividad: 5000007. Defensa Judicial del Estado, Función: 06. Justicia, División Funcional: 018. Seguridad Jurídica, Grupo Funcional: 0039. Defensa de los Derechos Constitucionales y Legales, Meta: 0209. Defensa Judicial del Estado, Específica del gasto 2.4.1.3.1.1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional; hasta por la suma de S/ 20'000,000.00 (veinte millones y 00/100 soles), precisa la norma. ( Consulta la norma legal aquí )