Derecho
Esto en aplicación de la Resolución Administrativa N° 000173-2024-CE-PJ mediante la cual la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial (CEPJ) aprobó la instalación de dicho módulo.
Directrices
Para ello, el CEPJ convirtió el Juzgado de Trabajo Transitorio del citado distrito judicial en el 4° Juzgado de Trabajo Permanente, y este con el 2° Juzgado de Trabajo de Tacna, integrarán aquel módulo con su personal contratado bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1057 y el Decreto Legislativo N° 728.
Además, el referido órgano de gobierno del Poder Judicial (PJ) dispuso que la Corte Superior de Justicia de Tacna elabore el Informe de Actualización del Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP-P), contemplando la dependencia Módulo Corporativo Contencioso Administrativo Laboral y Previsional.
Corresponderá a la Gerencia de Informática de la Gerencia General del PJ implantar el Sistema Integrado Judicial (SIJ), adecuado al Módulo Corporativo Laboral, en los órganos jurisdiccionales en la Subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional.
apuntes
La Gerencia General del PJ dispondrá, a quien corresponda, reasignar los saldos presupuestales de la instalación del módulo a las actividades del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.
Ello para la instalación de módulos corporativos contenciosos o fortalecimiento de esa norma procesal.