• JUEVES 2
  • de abril de 2026

Derecho

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Poder Judicial: Quienes abandonen a menores hijos serán sancionados hasta con ocho años de prisión

Juez Martín Méjico explica las penas que se podrían dictar si se comete este delito.

Además, el magistrado precisó que, si producto de la exposición o abandono, se causa un grave daño a su salud, la sanción podrá ser de tres a seis años de pena privativa de libertad.

Méjico mencionó que los padres u otros obligados que cometan este delito, de exposición al peligro, recibirán una pena de entre uno y cuatro años de pena privativa de la libertad, siempre que no suceda la muerte ni lesión grave a la víctima.

“Esta modalidad delictiva, exposición al peligro, se puede configurar de dos maneras: la primera es exposición, que se presenta cuando se traslada al menor fuera del ámbito de protección, colocándolo en un riesgo inminente para su vida o salud”, señaló. 


“Y el abandono significa que la persona que tiene el deber de cuidado se aleja del ámbito de protección del menor, poniendo en riesgo su vida o salud. Ambas modalidades se tratan de delitos de peligro, es decir, no se requiere ningún resultado como la muerte ni daño a la salud”, agregó.

Méjico sostuvo que ambas modalidades delictivas pueden tener una pena agravada, la cual se configura cuando como consecuencia de la exposición o abandono al menor o incapaz ocurre la muerte o un grave daño a su salud o integridad. 

“Sí sucede la muerte, la pena puede ser de cuatro a ocho años, y si se presenta un grave daño a su salud puede ser de tres a seis años”, remarcó.

El magistrado sostuvo que la configuración de estos delitos protege la vida y la integridad física de los menores y de las personas incapaces de valerse por sí mismas, así como llevan también implícitos el deber de cuidado y solidaridad de los sujetos obligados.

Deber

Además, expresó que el deber legal de protección no solo recae en los padres, sino que además puede ser en otro familiar o persona que tenga a su cuidado al menor o incapaz. Cuando los padres sean los autores del delito podrá corresponder una pena mayor que cuando se trate de otra persona, anotó.

“En este caso la mayor responsabilidad recae en los padres; en caso de que los progenitores no tengan la posibilidad de cuidar al menor existen instituciones públicas que pueden asumir el papel de protección”, enfatizó.

Por último, el juez afirmó que estos hechos los pueden denunciar cualquier persona ante la Policía o el Ministerio Público para que se inicie la investigación y se adopten las medidas correspondientes.

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