• MIÉRCOLES 29
  • de abril de 2026

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Extorsión a colegios con armas o artefactos explosivos se castiga con hasta 25 años de cárcel

Advierte magistrada del Poder Judicial.

Así lo explicó la magistrada de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur Yavari Fiorella Villanueva Portella. 

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“La extorsión es aquel delito en que se obliga a otra persona o una institución a entregar alguna ventaja económica contra su voluntad, conducta sancionada, de acuerdo a la normativa, con penas altas, en lo que se procura desincentivar la comisión de estos delitos”, señaló.

Precisó que las penas en la modalidad básica de extorsión están comprendidas entre los 10 y 15 años de cárcel para los autores.

“Y para aquellos que proporcionan información que por razón de su cargo, oficio o profesión hayan conocido, las penas serán las mismas y también para aquel que proporcione un medio para la comisión de este ilícito”, sostuvo.

En tanto que, si la extorsión se produce con algún tipo de arma fuego, explosivos o artefactos incendiarios; asimismo, es cometido por dos o más personas, constituyen agravantes, y la pena es entre los 15 y 25 años de cárcel, refirió la jueza.

Villanueva Portella indicó, además que, en caso en el acto extorsivo se llegara a producir algún tipo de lesión o muerte de una persona, deberá verificarse la concurrencia de otros tipos penales como el delito de daños o de homicidio, por lo que podría imponerse una condena de 35 años o de cadena perpetua. 

¿Qué hacer ante un caso de extorsión?

En caso de un acto extorsivo a una entidad educativa u otra, debe ponerse en conocimiento de las autoridades, como la Policía o la Fiscalía, para que este hecho sea investigado inmediatamente, se realicen las diligencias pertinentes e identifiquen a los extorsionadores, indicó la magistrada.

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