“La extorsión es aquel delito en que se obliga a otra persona o una institución a entregar alguna ventaja económica contra su voluntad, conducta sancionada, de acuerdo a la normativa, con penas altas, en lo que se procura desincentivar la comisión de estos delitos”, señaló.
Precisó que las penas en la modalidad básica de extorsión están comprendidas entre los 10 y 15 años de cárcel para los autores.
“Y para aquellos que proporcionan información que por razón de su cargo, oficio o profesión hayan conocido, las penas serán las mismas y también para aquel que proporcione un medio para la comisión de este ilícito”, sostuvo.
En tanto que, si la extorsión se produce con algún tipo de arma fuego, explosivos o artefactos incendiarios; asimismo, es cometido por dos o más personas, constituyen agravantes, y la pena es entre los 15 y 25 años de cárcel, refirió la jueza.
Villanueva Portella indicó, además que, en caso en el acto extorsivo se llegara a producir algún tipo de lesión o muerte de una persona, deberá verificarse la concurrencia de otros tipos penales como el delito de daños o de homicidio, por lo que podría imponerse una condena de 35 años o de cadena perpetua.
¿Qué hacer ante un caso de extorsión?
En caso de un acto extorsivo a una entidad educativa u otra, debe ponerse en conocimiento de las autoridades, como la Policía o la Fiscalía, para que este hecho sea investigado inmediatamente, se realicen las diligencias pertinentes e identifiquen a los extorsionadores, indicó la magistrada.
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