Derecho
La defensora pública Lissi Trujillo explicó que, ante una situación de acoso, es recomendable reunir las pruebas (como capturas de pantalla, videos, todo tipo de grabación, incluso testigos) para acudir de inmediato a la Policía Nacional y realizar la denuncia. También se puede denunciar ante el Ministerio Público e incluso el Poder Judicial para que se otorgue una medida de protección urgente.
La especialista precisó que el delito de acoso, así como también el acoso sexual, se sanciona según el Código Penal con pena privativa de libertad y también con medidas de inhabilitación, además del pago de una reparación civil cuando se trata de un caso agravado.
En cuanto al acoso realizado por una expareja, Lissi Trujillo detalló que se considera una circunstancia agravante, por lo que tiene una pena privativa de libertad no menor de cuatro años, ni mayor de siete años. Agregó que el 95% de casos se da en agravio de mujeres, mientras en varones se presenta el 5%, muchos de los cuales no son denunciados.
??El Tribunal de Fiscalización Laboral de @SunafilPeru determinó como precedentes administrativos de observancia obligatoria los parámetros con que los empleadores deben ejercer su poder de dirección en las relaciones laborales.
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) June 1, 2024
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?Por Paul Herrera pic.twitter.com/36X6zRcDE7