Derecho
“En caso de laborar esos días, sea presencial o trabajo remoto y, sin contar con descanso sustitutorio, los trabajadores tienen de derecho al triple pago por cada una de esas fechas”, manifestó Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL. Esto es, el trabajador tendrá un pago de una sobretasa del 100 % por el día laborado, obviamente, más el pago por el día feriado, que ya viene dentro de la remuneración semanal, quincenal o mensual, según sea la modalidad de pago en el centro de trabajo. A continuación, te explicamos cómo calcular el monto exacto que recibirás con un ejemplo sencillo. El trabajador que labore en dichos días deberá percibir por cada día laborado, los siguientes conceptos: pago por el día feriado; pago por la mano de obra efectuada; y la Sobretasa del 100%. Por tanto, el trabajador recibirá este pago en caso de que no se sustituya el día feriado laborado. Te explicamos esta fórmula con un ejemplo sencillo: Si una persona recibe como remuneración mensual 1500 soles (50 soles diarios), en caso se trabaja 28 o 29 de julio corresponde: - Una remuneración por el feriado (50 soles, ya incluida en la remuneración mensual) - Una remuneración por el trabajo realizado (50 soles) - Sobretasa del 100% (50 soles) En total debería recibir 150 soles por día feriado laborado. En caso de que tu empleador te otorgue un día de descanso en sustitución de cada feriado laborado, ya no recibirás suma adicional alguna. Ten en cuenta que los trabajadores de la micro y pequeña empresa también tienen derecho a gozar de descansos remunerados en los feriados no laborables.![]()
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