• DOMINGO 5
  • de abril de 2026

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ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO


Aprueban los lineamientos para la selección y designación de los integrantes de las comisiones de dirección transitoria, directorio y gerentes para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento

El Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobó los “Lineamientos para la selección y designación de los integrantes de las Comisiones de Dirección Transitoria, Directorio, Gerentes Generales, Gerentes de Línea, de Apoyo y de Asesoramiento para las empresas prestadoras incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio” Versión 04, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 000019-2024-OTASS-CD.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, el OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional,
económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional que tiene
por objeto promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación de los servicios de saneamiento.

En ese contexto, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 211° del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2021-VIVIENDA, el Consejo
Directivo del OTASS, en ejercicio de sus facultades otorgadas como Junta General de  Accionistas, delega transitoriamente el ejercicio de las funciones y atribuciones del Directorio a una o más Comisión(es), integrada por tres profesionales de este organismo técnico. Esta comisión ejerce las funciones y atribuciones que el estatuto social de la empresa prestadora en el  Régimen de Apoyo Transitorio y la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, reservan para el Directorio de la empresa prestadora de servicios de saneamiento.


El OTASS dispuso la publicación de dichos lineamientos en la sede digital del OTASS (www.gob.pe/otass). Conozca la norma aquí


ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO

Aprueban los lineamientos para la conformación y organización de las Comisiones de Dirección Transitoria de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal

El Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobó los “Lineamientos para la conformación y organización de las Comisiones de Dirección Transitoria de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal  que se encuentran en el Régimen de Apoyo Transitorio” Versión 1”, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 000020-2024-OTASS-CD.

Conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, el OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional que tiene por objeto promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación de los servicios de saneamiento.

En ese contexto, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 211° del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2021-VIVIENDA, el Consejo
Directivo del OTASS, en ejercicio de sus facultades otorgadas como Junta General de Accionistas, delega transitoriamente el ejercicio de las funciones y atribuciones del Directorio a una o más Comisión(es), integrada por tres profesionales de este organismo técnico. Esta comisión ejerce las funciones y atribuciones que el estatuto social de la empresa prestadora en el Régimen de Apoyo Transitorio y la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, reservan para el Directorio de la empresa prestadora de servicios de saneamiento.

El OTASS dispuso la publicación de dichos lineamientos en la sede digital del OTASS (www.gob.pe/otass). 
Conozca la norma aquí

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