• DOMINGO 10
  • de mayo de 2026

Derecho

FOTOGRAFIA
DERECHO

Trabajadores de empresas privadas que laboren este 6 de agosto deben recibir triple pago

En caso de que no descansen el feriado u otro día, según lo acordado con su empleador, informó la Sunafil.

Es por eso que, quienes vayan a laborar esa fecha, por alguna necesidad especial de la empresa o porque cuentan con turnos rotativos –y no les vayan a otorgar un día de descanso que sustituya al del feriado–, deben recibir un triple pago por ese día laborado. Aquí los detalles:
Una remuneración que corresponde al día feriado (*).
Una remuneración diaria, por la mano de obra efectuada.
Un monto adicional, que equivale a una sobretasa del 100% de la remuneración diaria, correspondiente por la mano de obra efectuada.

Véamoslo con un ejemplo:

Si la remuneración mensual es de 1.025 soles, la remuneración diaria es de 1.025/30 = 34,17 soles.

Entonces, por el feriado laborado, sin descanso sustitutorio, el trabajador recibiría 34.17 soles x 2 = 68.34 soles.

(*) La primera remuneración diaria ya se encuentra incluida en la remuneración mensual, quincenal o semanal, según corresponda, que percibe el trabajador.

Tomar nota

Algo que deben tomar en cuenta los trabajadores es que no se considera que hayan trabajado en día feriado, cuando el turno de trabajo se inició en día laborable y conclusiones en feriado.

Asimismo, no corresponde una suma adicional en la remuneración de fin de mes, cuando el trabajador gozó de un descanso, un día distinto del feriado. Estos son algunos puntos que deben considerar, tanto el trabajador como el empleador, para no caer en error.

Atención al empleador

Desde el 2023 al 2024, la Sunafil tiene registradas 2,798 denuncias de trabajadores, a los que no se les ha remunerado por trabajar en días feriados.

Las empresas que incumplan con estos derechos del trabajador podrían percibir multas, dependiente del tipo de empresa, las cuales pueden fluctuar entre los 1,184.50 soles a los 270,529.50 soles.

La Sunafil continuará con su compromiso de informar, tanto a trabajadores como a trabajadores, sobre sus responsabilidades y derechos sociolaborales, respectivamente.


Lea también en El Peruano

Suplemento Jurídica:

Jurídica 905: La argumentación:recurso comunicativo
ancla una de sus bases en la teoría de la comunicación
Jurídica 904: Tendencias en la contratación de abogados
Demanda de hombres de leyes con conocimientos específicos y formales aumentA
Jurídica 903: Aplicación de la IA en el trabajo
El derecho laboral debe adaptarse a un entorno de gestión algorítmica

Noticias relacionadas: