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El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, sábado 31 de agosto del 2024

IGV a servicios digitales: Desde mañana la inscripción de RUC será virtual para plataformas como Netflix y Spotify

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de la Administración Tributaria (Sunat) publicó hoy en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N.°000173-2024, que modifica las normas reglamentarias del RUC para implementar la inscripción de las referidas plataformas digitales por medios virtuales, estableciendo, por ejemplo, que para su inscripción estas plataformas no requieren fijar domicilio fiscal en Perú, ni designar representante legal con domicilio en el país.

Así, a partir del 1° de setiembre, las plataformas digitales no domiciliadas podrán inscribirse desde cualquier parte del mundo por medio de Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe), proporcionando información básica como datos relativos a su identificación, país de residencia, actividad económica en el país, dirección web o URL, representante legal, persona de contacto, teléfono, correo electrónico, entre otros.

La norma permite, además, la actualización de la información registrada en el RUC o, de ser el caso, presentar una solicitud de baja del mismo, de manera sencilla, utilizando la Mesa de Partes Virtuales de la Sunat.

Teniendo como referencia la experiencia relevada de otros países de la región, se estima inicialmente la inscripción de 473 plataformas digitales no domiciliadas, que empezarán a percibir y/o retener el IGV a partir de octubre de este año, debiendo declarar y pagar mensualmente el mismo, a partir de noviembre.

En efecto a multas de agosto inició la vigencia del Decreto Legislativo 1623, que desarrolló un mecanismo de recaudación del IGV aplicable a las empresas extranjeras que operan plataformas digitales, que importan bienes intangibles y prestan servicios utilizados por consumidores nacionales (personas naturales sin negocio). Esta norma incluye la obligación de inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), así como de declarar y pagar directamente el impuesto con procedimientos virtuales.


Nueva Guía para la estandarización en la Administración Pública

El Gobierno aprobó los Lineamientos para el desarrollo e implementación de procedimientos administrativos y servicios estandarizados en las entidades de la administración pública, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2024-PCM/SGP.

Estos lineamientos definen los criterios que las entidades deben seguir para unificar los procedimientos administrativos y adecuar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). El objetivo es mejorar la eficiencia y coherencia en la prestación de servicios públicos, asegurando un manejo más uniforme y transparente en la administración pública.

La Ley del Procedimiento Administrativo General (LPGA) establece que la estandarización, promovida por la Presidencia del Consejo de Ministros, busca generar condiciones uniformes para la tramitación de procedimientos administrativos y servicios en distintas entidades públicas.

La implementación de estos lineamientos tiene como fin evitar prácticas diferenciadas y exigencias innecesarias en la prestación de servicios. Todas las entidades públicas deberán cumplir con el TUPA según los términos establecidos en cada decreto supremo que lo aprueba.


Aprueban el nuevo TUPA del Serfor

El Gobierno aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), mediante el Decreto Supremo Nº 012-2024-Midagri. El objeto es mejorar la transparencia y la eficiencia en la gestión de los trámites relacionados con la fauna silvestre y los recursos forestales en el país.

Este nuevo TUPA incluye un total de 102 procedimientos administrativos y dos servicios prestados en exclusividad, que se detallan en el anexo de la norma.

También se detallan los derechos de tramitación correspondientes para estos procedimientos y servicios, los cuales además están especificados en el TUPA del Serfor. Y se aprueban los formularios necesarios para la gestión de estos procedimientos.

La norma podrá ser consultada en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe), y en la sede digital del Serfor (www.gob.pe/serfor). 


OEFA propone nueva metodología para el cálculo de multas coercitivas

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) ha dispuesto la publicación del proyecto de metodología para el cálculo de multas coercitivas mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 00011-2024-OEFA/CD.

El proyecto, junto con su anexo y exposición de motivos, está disponible para consulta en el Portal de Transparencia Estándar y en la página de proyectos normativos de OEFA (https://www.gob.pe/institucion/oefa/colecciones/4239-proyectos-normativos).

El OEFA invita a las personas interesadas a enviar sus observaciones, comentarios y sugerencias en un plazo de veinte días hábiles a partir de la publicación. Las contribuciones pueden realizarse en la sede del OEFA, ubicada en la avenida Faustino Sánchez Carrión, Lima, o mediante el correo electrónico politicasymejoraregulatoria@oefa.gob.pe.

La Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Sinefa) otorga al OEFA la calidad de ente rector del sistema, con el objetivo de asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales por parte de los administrados y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental se realicen de manera independiente, imparcial, ágil y eficiente.