Derecho
Así, el colegiado afirmó que el Poder Ejecutivo es competente no solo para emitir los reglamentos necesarios para el cumplimiento de la Ley de Transporte y Tránsito Terrestre, sino también para modificarlos, derogarlos o dejarlos sin efecto, en el ámbito de sus competencias constitucionales.
Esto, agrega, no desconoce las competencias de las comunas reconocidas en la Ley General de Municipalidades.
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