Derecho
La Resolución N° 538-2024-CG señala que el grupo de trabajo lo liderará la presidenta del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, Mónica Roxana Rosell Medina.
Además, participarán el vicecontralor de Control Sectorial y Territorial, Marco Argandoña Dueñas; el vicecontralor de Gestión Estratégica, Integridad y Control, Luigino Pilotto Carreño; y el secretario general, Gonzalo Pérez Wicht San Román.
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Los miembros de la comisión, que desarrollarán esta labor en adición a sus funciones, contarán con la orientación de los expertos Jorge Danos Ordoñez, Domingo García Belaúnde, Víctor García Toma, Fuad Khoury Zarzar, Richard James Martin Tirado, Carlos Morales Morante, Guillermo Valdivieso Payva y Ricardo Salazar Chávez.
Los especialistas invitados a la comisión brindarán, de forma indelegable y ad honorem, la orientación que puntualmente les fuera requerida en consideración a sus conocimientos y experticia en la materia, precisa la norma.
A la par, subraya, el grupo de trabajo podrá contar con la colaboración, asesoramiento y asistencia técnica de las unidades orgánicas de la Contraloría General de la República.
Sentencia
La norma recuerda que el Tribunal Constitucional (TC), en la sentencia del 24 de julio del 2024, recaída en el Expediente N° 00026-2021-PI/TC, declaró fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad presentada en contra de la Ley N° 31288, que tipifica las conductas infractoras en materia de responsabilidad administrativa funcional y establece medidas para el adecuado ejercicio de la potestad sancionadora de la Contraloría General de la República.
Los efectos del fallo incidieron en el contenido y alcances de las conductas infractoras en materia de responsabilidad administrativa funcional que están tipificadas en el artículo 46 de la Ley N° 27785 y sus modificatorias, así como en otras disposiciones de esta Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, anota.
Cambios en el TUPA
Mediante la Resolución N° 524-2024-CG, la Contraloría General modificó también su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA).
De acuerdo con la norma, se efectuaron cambios en el procedimiento Acceso a la información pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control.
Asimismo, se modificaron la Autorización previa de las prestaciones adicionales de obra; y la Autorización previa de las prestaciones adicionales de supervisión de obra.
La norma actualiza también la información complementaria de los procedimientos de inscripción y de actualización de información de la sociedad de auditoría en el Registro de Sociedades de Auditoría-Resoa.
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— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) September 7, 2024
Por: ? Percy Buendía pic.twitter.com/XkwEJG9ICc