• DOMINGO 7
  • de junio de 2026

Derecho

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INVESTIGACIONES FISCALES, PROCESOS ADMINISTRATIVOS O JUDICIALES

Poder Judicial: Penas por soborno o tráfico de influencias pueden llegar a 14 años

Se agravan los delitos y la pena máxima recae sobre el funcionario en quien la ciudadanía deposita confianza, advierte juez de la Corte de Lima, Mario Sulca.

El magistrado explicó que este tipo de delitos son llamados de corrupción o contra la administración pública porque “afectan el normal funcionamiento de las instituciones estatales y son de gravedad porque perturban el interés público e intervienen servidores públicos en quienes la ciudadanía pone su confianza”.

Los delitos de corrupción se refieren a los delitos de cohecho, colusión, concusión, peculado y tráfico de influencias, precisó.

Indicó que el cohecho, conocido como soborno o coima, es aquel delito en que se ofrece un beneficio a cualquier funcionario para que incumpla sus deberes, lo que se sanciona con penas que fluctúan entre 4 y 6 años de prisión.


“Por ejemplo, se presenta cuando un ciudadano, en el campo de la administración de justicia, con el objeto de agilizar su expediente se contacta con un juez o asistente judicial y obtiene ventaja en el fondo de lo que se resolverá, tras haber ofrecido una dádiva que acepta el funcionario”, refirió.

Sobre el tráfico de influencias, otra modalidad de corrupción, Sulca Quispe aseveró que se da si el agente corruptor con el fin de obtener un beneficio personal o un tercero, valiéndose de influencias reales, potenciales o ficticias, intercede en beneficio de una persona, perturbando el desarrollo normal de un proceso judicial o administrativo.

“Cuando una empresa, a fin de lograr un beneficio en un juicio en curso, se vale de un abogado, quien por medio de una relación con algún secretario del juzgado obtiene información acorde a sus intereses, así, se está valiendo de un servidor público para interceder por la empresa”, refirió.

La pena por tráfico de influencias, sostuvo, en su modalidad base alcanza los 6 años de cárcel y en la forma agravada, entre 4 y 8 años.

Vínculos

El magistrado puso también como “otro ejemplo, cuando alguna relación amical de un fiscal, cuya función es perseguir el delito, busca interceder a favor de un investigado aprovechando esa amistad”, indicó.   

El juez reveló que, por concurso de delitos, el cohecho y tráfico de influencias, sumadas las penas, podría llegar a los 14 años de cárcel efectiva.

Sulca aclaró, no obstante, que el funcionario que incurra en estos delitos como cohecho, a razón de la particularidad de su posición, se configuraría la modalidad agravada, por lo que le correspondería el máximo de la pena establecida por ley.

“El cohecho y tráfico de influencias agravados radica cuando el funcionario tiene una posición especial como magistrado, árbitro, perito, miembro de tribunales administrativos”, afirmó.

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