• SÁBADO 20
  • de junio de 2026

Derecho

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OSCE regula prestación de servicios arbitrales

Institución aprueba la Directiva Nº 011-2020-OSCE/CD

El documento tiene como objeto regular el régimen jurídico aplicable, requisitos, condiciones de prestación y procesos sustantivos orientados a organizar la provisión de los servicios arbitrales, de naturaleza no exclusiva, incluidos en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.

La finalidad, indica, es establecer las disposiciones que regulan la gestión de los servicios arbitrales, de naturaleza no exclusiva, en condiciones que garanticen la satisfacción de sus usuarios, conforme a lo establecido en la legislación vigente. 

La directiva será de aplicación obligatoria para los usuarios que soliciten la prestación de servicios arbitrales, de naturaleza no exclusiva; y los usuarios no solicitantes de los servicios arbitrales, de naturaleza no exclusiva, cuyos intereses son afectados por tales servicios.


Así como los órganos y unidades orgánicas del OSCE que participan en las diferentes etapas de los procesos de prestación de servicios arbitrales, de naturaleza no exclusiva; y los servidores públicos que prestan servicios en los órganos y unidades orgánicas de la entidad, precisa.

Los servicios arbitrales son prestaciones de naturaleza no exclusiva materializadas en documentos expedidos por órganos o unidades orgánicas del OSCE en ejercicio de potestades públicas, conforme a ley. 

Además, organizan su prestación y se desarrollan según la citada directiva y se encuentran compendiados en el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del OSCE, el cual se aprueba conforme a las normas sobre la materia, precisa la directiva que se oficializó mediante la Resolución N° D000135-2024-OSCE-PRE.

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