• DOMINGO 10
  • de mayo de 2026

Derecho

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Funcionarios de libre designación y remoción

Nuevos requisitos para el acceso a la función pública

Así, el nuevo texto del artículo 8, que se oficializó mediante el Decreto Supremo N° 127-2024-PCM, señala que los gerentes municipales de municipalidades tipo B3, en caso cuente con gerente municipal, B2 y B1 deberán contar con título profesional otorgado por universidad o su equivalencia.

Además, acreditarán una experiencia general de cuatro años y una específica de tres años en temas relacionados con la gestión municipal y/o gestión pública. De estos tres años al menos un año deberá ser en puestos o cargos de ejecutivos, coordinadores, responsables, supervisores, asesores de alta dirección; y un año deberá ser en el sector público, precisa.

Para los gerentes de municipalidades tipo AB se pide igual formación académica y experiencia general. Del total, tres años será en temas relacionados con la gestión municipal y/o gestión pública. De estos tres años, al menos un año será en puestos o cargos directivos en los sectores público o privado, o su equivalencia; y un año en el sector público.

Aplicación

Los cambios se aplicarán de inmediato en las designaciones, designaciones temporales y encargos de puestos a partir de la entrada en vigor de la norma.

Las ofertas laborales actuales seguirán hasta su culminación según las normas vigentes durante su convocatoria.