• MIÉRCOLES 10
  • de junio de 2026

Derecho

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¿Problemas legales? La conciliación extrajudicial, con valor de sentencia, es tu mejor aliado. ¡Infórmate!

En el Perú existen dos tipos de Centros de Conciliación Extrajudicial, los públicos se denominan Centros de Conciliación Extrajudicial Gratuitos (CCG) y están dirigidos a personas de escasos recursos y en condición de vulnerabilidad. Mientras que, los Centros de Conciliación Extrajudicial Privados (CCP) atienden a las personas con capacidad de pagar por el servicio.

La Conciliación Extrajudicial tiene dos modalidades de atención, la presencial donde el usuario requiere que la audiencia se realice de manera física en los Centros de Conciliación Extrajudicial y de manera virtual, donde el usuario requiere que la audiencia se realice a través de los medios electrónicos u otros de naturaleza similar.

El procedimiento para la solución de conflictos en los Centros de Conciliación Extrajudicial Gratuita, en primer lugar el ciudadano presenta a través de mesa de partes del MINJUSDH la solicitud de conciliación presencial o virtual. Luego, un conciliador extrajudicial califica la solicitud, de estar conforme a Ley, procede a remitir las invitaciones para la audiencia presencial o virtual. 

Después, con la intervención del conciliador, las partes llegan a un acuerdo conciliatorio beneficioso para ambos. Finalmente se emite el acta de conciliación que tiene valor similar a una sentencia judicial y debe de cumplirse de forma obligatoria.

Los casos más frecuentes atendidos en estos centros incluyen temas de pensión de alimentos, régimen de visitas, tenencia y desalojo, entre otros.