• VIERNES 12
  • de junio de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 24 al 30 de Noviembre del 2024

Domingo 24 de Noviembre del 2024


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban la versión actualizada de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2024”

El Ministerio de Educación (Minedu) modificó y aprobó la versión actualizada de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2024”, mediante la Resolución Ministerial N° 596-2024-MINEDU.

La modificación de dichas disposiciones se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del sector Educción y su implementación se financiará con cargo a los recursos asignados en el Presupuesto Institucional de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y del Pliego 010: M. de Educación, en el marco del artículo 94° de la Ley N° 31953, el numeral 3.1 del artículo 3° de la Ley N° 32103, el artículo 2° de la Ley N° 32142, y el numeral 1.1 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 173-2024-EF, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

La publicación de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2024” se efectúa en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Minedu (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la citada resolución ministerial en
el Diario Oficial “El Peruano”. Conozca la norma aquí


ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban Lineamiento “Seguimiento a la intervención, asistencia técnica y revisión de la liquidación de las transferencias financieras que realiza el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento a favor de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Públicas de accionariado municipal” Versión 1

El Organismo Técnico de la Administración de Servicios de Saneamiento (OTASS) aprobó el Lineamiento “Seguimiento a la intervención, asistencia técnica y revisión de la liquidación de las transferencias financieras que realiza el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento a favor de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Públicas de accionariado municipal” Versión 1, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 000025-2024-OTASS-CD.

Además, dispuso la publicación de dicho lineamiento en la sede digital del OTASS (www.gob.pe/otass).  Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Declaran en reorganización administrativa a la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA)
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del sábado 23 de Noviembre del 2024)

El Ministerio de Salud (Minsa) declaró en reorganización administrativa a la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA), con el objeto de realizar una evaluación integral de sus procesos y recursos a fin de asegurar un funcionamiento eficaz y eficiente y así mejorar la calidad de los servicios que brinda a la ciudadanía.

En ese contexto, creó el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Minsa, denominado “Grupo de Trabajo Sectorial para la evaluación de los procesos y recursos de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria - DIGESA”,  con el objeto de realizar la evaluación integral de los procesos y recursos de la DIGESA, así como proponer acciones y medidas de reforma administrativa y de gestión para la reorganización de la DIGESA, en el marco de la declaratoria de reorganización administrativa, detalla la Resolución Ministerial N° 809-2024/MINSA.

Dicho Grupo de Trabajo Sectorial, que contará con una Secretaría Técnica, estará presidido por un representante del Minsa y entre sus funciones figura formular recomendaciones sobre acciones y medidas de reforma administrativa y de gestión para la reorganización de la DIGESA, incidiendo principalmente en materia de inocuidad alimentaria correspondiente a alimentos y bebidas destinados al consumo humano.

Los representantes titulares del Minsa, del Viceministro de Salud Pública y del Secretario General, así como los representantes alternos ante el referido Grupo de Trabajo Sectorial serán acreditados mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Sectorial en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada la mencionada Resolución Ministerial.

El Grupo de Trabajo Sectorial se instalará en un plazo que no excederá de dos (02) días hábiles, contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo para la acreditación de sus miembros y tendrá una vigencia de noventa (90) días calendario contados desde el día de su instalación, plazo en el cual presentará al titular del Minsa el informe final con las acciones desarrolladas en
el marco del cumplimiento de su objeto y funciones, aunque de manera sustentada, podrá solicitar al Despacho Ministerial un plazo adicional con la finalidad de presentar su informe final.

Además, el Grupo de Trabajo Sectorial podrá solicitar la participación de representantes de otras instituciones públicas o privadas, así como de profesionales especializados para que colaboren con el cumplimiento de su objeto y funciones. Conozca la norma aquí


Lunes 25 de Noviembre del 2024

MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban los siete criterios de priorización del Sector Desarrollo e Inclusión Social, para su aplicación en la fase de programación multianual de inversiones correspondiente al periodo 2026-2028 de los tres niveles de gobierno

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) aprobó los siete (07) criterios de priorización del Sector Desarrollo e Inclusión Social, para su aplicación en la fase de programación multianual de inversiones correspondiente al periodo 2026-2028 de los tres niveles de gobierno mediante la Resolución Ministerial N° D000174-2024-MIDIS.

Se trata de los siguientes criterios bajo sus respectivas denominaciones y pesos:

N° CRITERIO (Denominación)                                                    PESO        CATEGORÍA

1    Criterio de cierre de brechas                                                      20        General Obligatorio
2    Criterio de alineamiento al planeamiento estratégico                20        General Obligatorio
3    Criterio de Impacto Territorial                                                   10        General Obligatorio
4    Criterio de sinergias de inversión pública                                  10        General Obligatorio
5    Criterio de pobreza                                                                     14        General Opcional
6    Criterio de presupuesto de inversión pública per cápita            12        General Opcional
7    Criterio de zonas vulnerables o de frontera                                14        General Opcional
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MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban la Directiva N° 010-2024-MIDIS, denominada “Directiva que regula la operatividad del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)”

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) aprobó la Directiva N° 010-2024-MIDIS, denominada “Directiva que regula la operatividad del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)”, mediante la Resolución Ministerial N° D000178-2024-MIDIS.

Dicha directiva constituye una nueva directiva sobre la materia y la actualización de su antecesora con el objetivo de optimizar la operatividad del SISFOH y el proceso de determinación de la Clasificación Socioeconómica de los hogares, en concordancia con el marco normativo vigente para el proceso de implementación y funcionamiento del Sistema Nacional de Focalización (SINAFO).

En ese contexto contiene disposiciones para regular la operatividad del mencionado Sistema, con la finalidad que los hogares cuenten con clasificación socioeconómica (CSE) en el Padrón General de Hogares (PGH), y que sea certificada ante las entidades a cargo de la implementación de las Intervenciones Públicas Focalizadas (IPF). Conozca la norma aquí


ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
Disponen la publicación del nuevo Procedimiento Técnico del COES N° 31 “Cálculo de los Costos Variables de las Unidades de Generación” y modifica el “Glosario de Abreviaturas y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos Técnicos del COES”

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) aprobó el nuevo Procedimiento Técnico del Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (COES) N° 31 “Cálculo de los Costos Variables de las Unidades de Generación” y modificó el “Glosario de Abreviaturas y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos Técnicos del COES", disponiendo su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal: https://www.gob.pe/osinergmin.

De acuerdo con la Resolución de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin N° 190-2024-OS/CD se consigna el Informe Técnico N° 801-2024-GRT y el Informe Legal N° 802-2024-GRT, en la web de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2024.aspx.

El citado procedimiento tiene como objetivo determinar el contenido, oportunidad, modo de presentación, actualización de la información y documentación que deben entregar al COES, los Participantes Generadores, y establecer la metodología que debe utilizar el COES para el cálculo de los Costos Variables (CV) de las Unidades de Generación con base a dicha información y documentación. Conozca la norma aquí


PODER JUDICIAL
Prorrogan por el término de tres meses el funcionamiento de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) dispuso la prórroga por el término de tres meses, a partir del 1° de diciembre del 2024, del funcionamiento de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República.

De acuerdo con la Resolución Administrativa N° 000386-2024-CE-PJ la medida obedece a que aun queda considerable número de expedientes pendientes de resolver en el mencionado órgano jurisdiccional. Conozca la norma aquí


SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP
Aprueban bases y anexos del Concurso Público N° 002-2024 para la selección de la persona natural a la que se le encargará la conducción del proceso liquidatorio de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credicoop Arequipa en Liquidación

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) aprobó las bases y anexos del Concurso Público Nº 002-2024 para la selección de la
persona natural a la que se le encargará la conducción del proceso liquidatorio de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credicoop Arequipa en Liquidación, y dispuso su publicación en el portal institucional (www.sbs.gob.pe).

Fue mediante la Resolución SBS N° 04000-2024 con la cual se encarga al Comité Especial, cuyos miembros han sido designados por la Comisión de Selección de Entidades Liquidadoras en sesión del 07.05.2024, la conducción del concurso público para la selección de la persona natural a la que se le encargará la conducción del proceso liquidatorio de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credicoop Arequipa en Liquidación. Conozca la norma aquí


Martes 26 de Noviembre del 2024

PODER EJECUTIVO
El Presidente del Consejo de Ministros participará en la 9na. Reunión de Alto Nivel de la Junta de Gobierno del Centro de Desarrollo de la OCDE

El Presidente del Consejo de Ministros, señor GUSTAVO LINO ADRIANZEN OLAYA participará en la 9na. Reunión de Alto Nivel de la Junta de Gobierno del Centro de Desarrollo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), que se llevará a cabo los días 9 y 10 de diciembre del 2024, en la cuidad de París, República Francesa;

Para tal efecto, el Poder Ejecutivo autorizó su viaje a la ciudad de París, República Francesa, del
6 al 12 de diciembre de 2024, mediante la Resolución Suprema Nº 245-2024-PCM.

De acuerdo con la norma, se encarga el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) al señor ELMER JOSE GERMAN GONZALO SCHIALER SALCEDO, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, en tanto dure la ausencia del titular. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Declaran en Emergencia Ambiental área geográfica afectada por el derrame de petróleo crudo a la altura del km 12 del Ramal Norte del Oleoducto Norperuano 

El Ministerio del Ambiente declaró en Emergencia Ambiental el área geográfica afectada por un derrame de petróleo crudo producido a la altura del km 12 del Ramal Norte del Oleoducto Norperuano por un plazo de noventa (90) días hábiles, que generó el afloramiento de hidrocarburo en el río Pastaza, entre el km 11 y 12 del Ramal Norte del Oleoducto Norperuano, en el distrito de Andoas, provincia de Datém del Marañón y departamento de Loreto.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 00414-2024-MINAM con la cual se aprueba el Plan de Acción Inmediato y a Corto Plazo para la atención de la emergencia ambiental en el área geográfica descrita en el Anexo N° 1 de la misma resolución ministerial.

La ejecución del Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo, estará a cargo de las entidades
públicas involucradas en su cumplimiento, en coordinación con los respectivos gobiernos regionales y locales. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DEFENSA
Aprueban criterios de priorización del Sector Defensa, actualizados para el Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2026 - 2028

El Ministerio de Defensa aprobó los criterios de priorización del Sector Defensa, actualizados para el Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2026 - 2028, los cuales tienen en consideración los planes nacionales sectoriales establecidos en el planeamiento estratégico
de acuerdo al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (Sinaplan), concordantes con las
proyecciones del Marco Macroeconómico Multianual cuya desagregación coincide con la asignación total de gastos de inversión establecida por el Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 01661-2024-DE con la cual se dispone la publicación de dichos criterios en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef) el mismo día de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial El Peruano. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Disponen publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el artículo
42-A del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos 

El Ministerio de Energía y Minas dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el artículo 42-A del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos e incorpora el Anexo N° 5, y su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional de este portafolio (www.gob.pe/minem), a efectos de recibir comentarios y/o aportes de la ciudadanía por el plazo de quince (15) días útiles.

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 435-2024-MINEM/DM, mediante la propuesta normativa modificatoria se plantean algunos cambios en la descripción de las nuevas acciones que estarían exentas de realizar modificación del Estudio Ambiental o Instrumento de Gestión Ambiental Complementario aprobado. Además, se acogen algunas propuestas ciudadanas en relación a otras condiciones y supuestos de acción contemplados en el artículo 42-A de dicho reglamento que establece acciones que no requieren modificación del Estudio Ambiental o Instrumento de Gestión Ambiental Complementario aprobado.

Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo deberán ser remitidas a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos, sito en avenida Las Artes Sur Nº 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, o vía correo electrónico a la
siguiente dirección: prepublicacionesdgaah@minem.gob.pe. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Anexo 1 del
Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos respecto a la Clasificación Anticipada de Estudios Ambientales para la Actividad de Petroquímica

El Ministerio de Energía y Minas dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Anexo 1 del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos respecto a la Clasificación Anticipada de Estudios Ambientales para la Actividad de Petroquímica, y su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional de (www.gob.pe/minem), a efectos de recibir comentarios y/o aportes de la ciudadanía por el plazo de diez (10) días útiles.

Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo deberán remitirse a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos, sito en avenida Las Artes Sur Nº 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, o vía correo electrónico a la siguiente dirección: prepublicacionesdgaah@minem.gob.pe. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Declaran en emergencia el Sistema Nacional Penitenciario y el Instituto Nacional Penitenciario y, establecen la elaboración de la Estrategia Sectorial de Emergencia Penitenciaria

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) declaró en emergencia el Sistema Nacional Penitenciario y el Instituto Nacional Penitenciario por razones de déficit de capacidad de albergue y para optimizar la prestación de servicios para la resocialización de las personas privadas de libertad, por el período de veinticuatro (24) meses.

De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 014-2024-JUS se dispone además la elaboración de la Estrategia Sectorial de Emergencia Penitenciaria, a fin de garantizar la implementación de la Política Nacional Penitenciaria al 2030, aprobada por Decreto Supremo N° 011-2020-JUS, en favor de la resocialización de las personas privadas de libertad.

Por consiguiente, corresponderá al Minjusdh en un plazo no mayor a cuarenta y cinco (45) días hábiles contados a partir de la vigencia del Decreto Supremo Nº 014-2024-JUS , aprobar mediante Resolución Ministerial una Estrategia Sectorial de Emergencia Penitenciaria. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Aprueban “Criterios de Priorización del Sector Salud”

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó los “Criterios de Priorización del Sector Salud”, para la asignación de recursos a las inversiones que se enmarquen en su responsabilidad funcional, de acuerdo a las medidas sectoriales definidas por los rectores de las políticas nacionales.

Dichos criterios serán de aplicación obligatoria a las solicitudes de financiamiento que se
presenten en el marco de la normatividad vigente y se sujetan a la finalidad del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y, a los instrumentos de planeamiento estratégico aprobados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, detalla la Resolución Ministerial Nº 816-2024/MINSA.

Corresponderá a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través
de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, difundir el contenido de los indicados “Criterios de Priorización del Sector Salud”, a las instancias correspondientes de los tres niveles de gobierno.

A la par, se encarga a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de los criterios en la sede digital del Minsa.
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MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Disponen la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica la
Resolución Ministerial N° 036-2017-VIVIENDA, a efectos de aprobar la Ficha Técnica Ambiental para los proyectos de inversión del Sector Saneamiento ubicados en Áreas
Naturales Protegidas, Zonas de Amortiguamiento y/o Áreas de Conservación Regional, no comprendidos en el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental


El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dispuso la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica la Resolución Ministerial N° 036-2017-VIVIENDA, a efectos de aprobar la Ficha Técnica Ambiental (FTA) para los proyectos de inversión del Sector Saneamiento ubicados en Áreas Naturales Protegidas (ANP), Zonas de Amortiguamiento (ZA) y/o Áreas de Conservación Regional (ACR), no comprendidos en el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), para recibir la opiniones y sugerencias de la ciudadanía, dentro del plazo de diez (10) días hábiles.

De acuerdo  con la Resolución Ministerial N° 435-2024-VIVIENDA corresponderá a la Dirección General de Asuntos Ambientales de este portafolio consolidar las opiniones y
sugerencias que se presenten al proyecto normativo, las que se recibirán a través del correo electrónico: medio.ambiente@vivienda.gob.pe. Conozca la norma aquí


PODER JUDICIAL
Declaran Duelo Judicial laborable en la Capital de la República hoy por fallecimiento del ex presidente del Poder Judicial José Luis Lecaros Cornejo

La Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial declaró Duelo Judicial laborable en la Capital de la República el 26 de noviembre del año en curso, por el sensible fallecimiento del señor José Luis Lecaros Cornejo, Juez Supremo titular cesante y ex Presidente del Poder Judicial; izándose a media asta el Pabellón Nacional.

Fue mediante Resolución Administrativa N° 000144-2024-P-CE-PJ, con la cual se expresa el reconocimiento póstumo al señor José Luis Lecaros Cornejo por los servicios prestados a la Nación; así como las condolencias a nombre del Poder Judicial a su digna familia. Conozca la norma aquí


PODER JUDICIAL
Disponen elección presencial de los presidentes de las cortes superiores de justicia para el periodo 2025-2026 el 5 de diciembre de 2024, con votación secreta

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) dispuso que la elección del presidente de Corte Superior para el periodo 2025-2026, conforme a lo dispuesto en los artículos 74 y 88 del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se llevará a cabo el 5 de diciembre de 2024, en forma presencial; reiterándose que la votación es secreta.

De acuerdo con la Resolución Administrativa N° 000400-2024-CE-PJ los presidentes de las cortes superiores deberán tomar las medidas pertinentes, para garantizar la seguridad de los jueces participantes.  Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Actualizan los Criterios de Priorización del Sector Economía y Finanzas
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del lunes 25 de Noviembre del 2024)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) actualizó los Criterios de Priorización del Sector
Economía y Finanzas para su aplicación en la fase de Programación Multianual de Inversiones, y para las solicitudes de financiamiento que se presenten en el marco de la normatividad vigente.

Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 370-2024-EF/41 con la cual se dispone la publicación de los criterios actualizados en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Disponen la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento
de Generación Distribuida conectada a Sistemas de Utilización de los Usuarios del Servicio Público de Electricidad”
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del lunes 25 de Noviembre del 2024)

El Ministerio de Energía y Minas dispuso la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Generación Distribuida conectada a Sistemas de Utilización de los
Usuarios del Servicio Público de Electricidad”, así como su Exposición de Motivos, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), a efectos de recibir los
comentarios y/o aportes de la ciudadanía por el plazo de treinta (30) días calendario.

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 439-2024-MINEM/DM las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo deberán ser remitidos por vía electrónica, con atención a la Dirección General de Electricidad, a la siguiente dirección de correo electrónico:
Prepublicaciones_DGE@minem.gob.pe; dentro del plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir de su publicación. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban los “Criterios de Priorización del Sector Transportes y Comunicaciones”, de aplicación en los tres niveles de gobierno, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del lunes 25 de Noviembre del 2024)

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó los “Criterios de Priorización del
Sector Transportes y Comunicaciones”, de aplicación en los tres niveles de gobierno, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 685-2024-MTC/01 con la cual se dispone la publicación de dichos criterios en la sede digital del MTC (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la citada resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. Conozca la norma aquí


Miércoles 27 de Noviembre del 2024

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32173: Autorizan al Ministerio del Interior para revisar los casos de vulneración de derechos del personal de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú

El Congreso de la República publicó la Ley N° 32173, Ley que autoriza al Ministerio del Interior para revisar los casos de vulneración de derechos del personal de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se autoriza al Ministerio del Interior para que, en el plazo máximo de seis meses contados desde la entrada en vigor de dicha ley, revise los casos del personal de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú egresado del Centro de Formación Profesional de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú, reincorporado o asimilado, en actividad o retiro, para comprobar si hubo vulneración de sus derechos.

En los casos donde se haya comprobado que los derechos de dicho personal de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú fueron vulnerados, el Ministerio del Interior subsanará, resarcirá o reivindicará dichos derechos en los grados que correspondan otorgando los beneficios de ley a través de su normativa interna.

Corresponderá al Ministerio del Interior, una vez concluido el referido plazo de seis mese, informar a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República sobre el personal de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú que fue resarcido o reivindicado en el marco de la citada ley. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Aprueban la Política Nacional: Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050

El Ministerio del Ambiente aprobó la Política Nacional: Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050, mediante el Decreto Supremo N° 012-2024-MINAM.

De acuerdo con la norma, dicha política -que regirá hasta el 31 de diciembre del 2050- se estructuró de acuerdo con la Política Nacional de Modernización de la Política Pública, como el instrumento que oriente y promueva las acciones nacionales referentes al cambio climático, suministrando los lineamientos necesarios para que las entidades públicas la implementen a través de sus instrumentos de planificación y gestión.

En ese contexto, será de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de la Administración Pública, señaladas en el Artículo I de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en el marco de sus competencias, así como para las personas jurídicas de derecho privado y la sociedad civil, en cuanto les sea aplicable.

Las entidades en todos los niveles de gobierno, en el marco de sus competencias y funciones, deberán asumir sus obligaciones y responsabilidades, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19° y 20° del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM.

La conducción de la Política Nacional: Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050 estará a cargo del Ministerio del Ambiente, a través de la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación, o la que haga sus veces.

Dicha política se publica en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), y en las sedes digitales de los ministerios cuyos titulares lo refrendan. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Eliminan el procedimiento administrativo denominado “Revalidación de Instituto de Educación Superior Pedagógico” del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Educación

El Ministerio de Educación (Minedu) eliminó el procedimiento administrativo denominado “Revalidación de Instituto de Educación Superior Pedagógico” de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), mediante la Resolución Ministerial Nº 593-2024-MINEDU.

La medida obedece a que el 100% de los Institutos de Educación Superior Pedagógica han concluido con el citado procedimiento; encontrándose vigentes las disposiciones reguladas en la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes y modificatorias. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan las acciones de personal docente en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica y Pedagógica Públicos en el marco de la Ley N° 30512 y su reglamento"

El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan las acciones de personal docente en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica y Pedagógica Públicos en el marco de la Ley N° 30512 y su reglamento”, mediante la Resolución Viceministerial N° 140-2024-MINEDU.

El objetivo de dicha norma técnica es establecer disposiciones y procedimientos que regulen las acciones de personal aplicables a los docentes de la Carrera Pública del Docente (CPD) y contratados, en lo que corresponda, en el marco de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU.

El Ministerio de Educación emitirá las orientaciones para regularizar la situación de los docentes y sus respectivas plazas que se encuentran ubicados en una Institución de Educación Superior distinta a la CPD a la que pertenecen por efectos de la adecuación establecida en el marco de la Resolución Ministerial N° 086-2018-MINEDU, debiendo ser ubicados en una Institución Pedagógica o Tecnológica acorde con su CPD, perfil y dentro del ámbito de la región a la que pertenece su Institución de origen.

Se dispone la publicación de la norma técnica en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la citada Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan el nombramiento extraordinario de los docentes contratados en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológicos, Artísticos, de Folklore, de Música y Pedagógicos Públicos”

El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan el nombramiento extraordinario de los docentes contratados en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológicos, Artísticos, de Folklore, de Música y Pedagógicos Públicos”, mediante la Resolución Viceministerial N° 141-2024-MINEDU.

Dicha norma técnica tiene como objetivo establecer el procedimiento, requisitos y demás disposiciones para el referido nombramiento extraordinario.

Se dispone la publicación de la norma técnica en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la mencionada Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Aprueban incorporación de tres procedimientos administrativos a la relación de procedimientos administrativos y servicios prestados a exclusividad a cargo de las Direcciones Regionales o del órgano que haga sus veces para ejercer las funciones transferidas del Sector Energía y Minas

El Ministerio de Energía y Minas aprobó la incorporación de tres (03) procedimientos administrativos a la relación de procedimientos administrativos y servicios prestados a exclusividad a cargo de las Direcciones Regionales o del órgano que haga sus veces para ejercer las funciones transferidas del Sector Energía y Minas, aprobado con Resolución Ministerial N° 330-2020-MINEM/DM, incluyendo su denominación, requisitos, plazo máximo de atención y calificación.

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 442-2024-MINEM/DM se aprueba, además, la modificación de la denominación de los procedimientos administrativos N° 58 y N° 59, establecidos en la relación de procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad a cargo de las Direcciones Regionales o los órganos que hagan sus veces para ejercer las funciones transferidas del Sector Energía y Minas, señalados en el Anexo aprobado
mediante Resolución Ministerial N° 330-2020-MINEM/DM.

Los Gobiernos Regionales deberán adecuar las disposiciones contenidas en su respectivo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) pudiendo de ser el caso, fijar un plazo menor de atención, menores requisitos o una calificación de los procedimientos más beneficiosa a los derechos de los administrados. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Aprueban los “Lineamientos para el proceso de acompañamiento en la remediación ambiental”

El Ministerio de Energía y Minas aprobó los “Lineamientos para el proceso de acompañamiento en la remediación ambiental”, mediante la Resolución Ministerial Nº 446-2024-MINEM/DM.

Los Procesos de acompañamiento en curso se regirán por estos lineamientos en lo que corresponda, siempre que no retrotraiga las etapas ni se incrementen los plazos.

Los lineamientos se publican en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban Ficha de Homologación denominada “Servicio de Vigilancia Electrónica Personal Penitenciaria”

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) aprobó la Ficha de Homologación denominada “Servicio de Vigilancia Electrónica Personal Penitenciaria (SVEPP)”, mediante la Resolución Ministerial N° 0298-2024-JUS.

La Secretaría General del Minjusdh remitirá a la Dirección de Estandarización y Sistematización de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, la citada ficha de homologación a efectos de gestionar su incorporación en el “Listado de Requerimientos Homologados” publicado en la sede digital de PERÚ COMPRAS.

Se dispuso la publicación de la citada ficha en la sede digital del Minjusdh (www.gob.pe/minjus), el mismo día de la publicación de la mencionada resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Aprueban Documento Técnico para la evaluación de costo – efectividad de tecnologías sanitarias

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó el Documento Técnico para la evaluación de costo – efectividad de tecnologías sanitarias, mediante la Resolución Ministerial N° 820-2024/MINSA. 

De acuerdo con dicha resolución, el documento técnico se publica en la sede digital del Minsa. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban la cuarta convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2024 para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó la cuarta convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2024, para el otorgamiento de hasta dos mil quinientos sesenta y nueve Bonos Familiares Habitacionales (BFH) en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio (CSP), dirigida a la población ubicada en los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Piura, San Martín y Ucayali, que cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo para acceder al BFH en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 071-2024-VIVIENDA y modificatoria, así como a las Entidades Técnicas (ET), con registro de ET vigente.

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 436-2024-VIVIENDA la ET que cuente con código de registro de ET vigente podrá solicitar al Fondo MIVIVIENDA S.A. (FMV) código de convocatoria y autorización con fines operativos dentro del plazo máximo de dos días hábiles, contado a partir del segundo día hábil siguiente a la publicación de esta Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

El FMV remitirá a la ET la credencial de acceso a la plataforma de inscripción de Grupo Familiar dentro del plazo máximo de dos días hábiles, contado a partir del día siguiente de culminado aquel plazo. Conozca la norma aquí


SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES
Aprueban actualización de la Directiva “Gestión de la Nacionalidad Peruana”, con código M03.DGTFM.DI.001, versión 02

La Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones) aprobó la actualización de la Directiva “Gestión de la Nacionalidad Peruana”, con código con código M03.DGTFM.DI.001, versión 02, mediante la Resolución de Superintendencia N° 000200-2024-MIGRACIONES.

Por ende, se deja sin efecto la Directiva “Gestión de la Nacionalidad Peruana”, con código M03.DGTFM.DI.001, versión 01, aprobada mediante Resolución de
Superintendencia N° 000164-2021-MIGRACIONES.

Además, se encarga a la Unidad de Imagen y Comunicación que efectuar la publicación de la citada directiva actualizada en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar. Conozca la norma aquí


SBS
Declaran el sometimiento a régimen de intervención de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credi Chancay

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS)  declaró el sometimiento a régimen de intervención de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credi Chancay por encontrarse incursa en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa, establecida en el literal b. del subnumeral 4-B.1. del numeral 4-B de la 24a Disposición Final Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (Ley General).

De acuerdo con la Resolución SBS Nº 03997-2024 se designa al señor Ricardo Manuel Reyna Velásquez, identificado con DNI Nº 10880139, y a la señora Ana Roxana Sánchez Meza, identificada con DNI Nº 46454475, como interventores, principal y alterna, respectivamente, para que, en representación de dicha Superintendencia, realicen los actos necesarios para llevar adelante la intervención, conforme a lo establecido en la Ley General, la Ley de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, el Reglamento de Regímenes Especiales y demás normas aplicables. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Prorrogan por 45 días el Estado de Emergencia declarado en los distritos de Ate, Ancón, Carabayllo, Comas, Independencia, Los Olivos, Lurigancho - Chosica, Puente Piedra, Rímac, San Martín de Porres, San Juan de Lurigancho, Santa Rosa y Villa El Salvador de la provincia de Lima del departamento de Lima y en el distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del martes 26 de Noviembre del 2024)

El Poder Ejecutivo prorrogó por el término de cuarenta y cinco (45) días calendario, a partir del 27 de noviembre del 2024, el Estado de Emergencia declarado en los distritos de Ate, Ancón, Carabayllo, Comas, Independencia, Los Olivos, Lurigancho - Chosica, Puente Piedra, Rímac, San Martín de Porres, San Juan de Lurigancho, Santa Rosa y Villa El Salvador de la provincia de Lima del departamento de Lima y en el distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao. 

Fue mediante el Decreto Supremo N° 129-2024-PCM, debido a continuidad de la afectación al orden interno, derivada del aumento de la comisión de los delitos de homicidio, extorsión, tráfico ilícito de drogas, entre otros, en los distritos antes mencionados.

En ese contexto se establece que la Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas, para lo cual la institución policial determinará las zonas donde se requiera dicho apoyo.

Durante la prórroga del Estado de Emergencia se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137° de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad
de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú.

La intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Título II del Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-2020-DE, respectivamente; así como, en el “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2023-MIMP.


Jueves 28 de Noviembre 2024

PODER EJECUTIVO
Declaran el Estado de Emergencia en 15 distritos del departamento de San Martín, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales

El Poder Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia en 15 distritos del departamento de San Martín por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.

De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 130-2024-PCM se trata de los distritos de Bellavista, San Pablo y San Rafael ubicados en la provincia de Bellavista. Asimismo los distritos de San José de Sisa y Santa Rosa situados en la provincia de El Dorado.

También Sacanche en la provincia de Huallaga, Cuñumbuqui en la provincia de Lamas y Pajarillo en la provincia de Mariscal Cáceres. Además los distritos de Buenos Aires, Caspizapa, Picota, Pucacaca, San Hilarión y Tres Unidos ubicados en la provincia de Picota. Por último, el distrito de Tocache en la provincia de Tocache.

El Gobierno Regional de San Martín y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan. 

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Conozca la norma aquí





PODER EJECUTIVO
Prorrogan el Estado de Emergencia en 6 distritos de la provincia de Islay del departamento de Arequipa y en 6 distritos de la provincia de General Sánchez Cerro del departamento de Moquegua, por peligro inminente ante contaminación hídrica

El Poder Ejecutivo prorrogó el Estado de Emergencia en los distritos de Punta de Bombon, Cocachara, Dean Valdivia, Mollendo, Islay y Mejía de la provincia de Islay del departamento de Arequipa y, Chojata, Matalaque, Quinistaquillas, Omate, Coalaque y La Capilla de la provincia de General Sánchez Cerro del departamento de Moquegua, por peligro inminente ante contaminación hídrica, declarado mediante el Decreto Supremo N° 077-2024-PCM y prorrogado por el Decreto Supremo N° 102-2024-PCM, por el plazo de sesenta (60) días calendario, a partir del 30 de noviembre de 2024.

Esto con la finalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan, detalla el Decreto Supremo Nº 131-2024-PCM.

Los Gobiernos Regionales de Arequipa y Moquegua, y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; continuarán con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan. 

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Aprueban el Procedimiento Único del Proceso de Certificación Ambiental del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles

El Ministerio del Ambiente aprobó el Procedimiento Único del Proceso de Certificación Ambiental del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles  (Senace), el cual consta de ochenta y siete (87) artículos, siete (7) Disposiciones Complementarias Finales y dos (2) Disposiciones Complementarias Transitorias.

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 013-2024-MINAM las disposiciones relativas a dicho procedimiento tienen por objeto regular las etapas, requisitos, plazos y demás aspectos de los procedimientos del proceso de certificación ambiental a cargo del Senace.

En ese contexto, la finalidad de tales disposiciones es contar con un procedimiento único para la ejecución participativa, uniforme, predictible y célere de todas las etapas del proceso de certificación ambiental a cargo del Senace, de conformidad con las funciones transferidas desde los sectores y lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, haciéndolo más adecuado a las necesidades de gestión ambiental del país y del desarrollo de proyectos de inversión sostenibles.

Por consiguiente las disposiciones relativas al Procedimiento Único del Proceso de Certificación Ambiental del Senace son de alcance nacional y de obligatorio cumplimiento para:

a) Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, de derecho público o privado, que pretenda la ejecución de un proyecto de inversión pública, privada o de capital mixto, sujeto al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), así como sus modificaciones, y cuya evaluación ambiental sea de competencia del Senace.

b) El Senace y las demás entidades públicas que participan en el proceso de certificación ambiental a cargo de dicha entidad. Conozca la norma aquí





MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Crean la Comisión Multisectorial Permanente para la Interoperabilidad y Gobernanza de Datos para el Sistema de Justicia

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) creó la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada de realizar el seguimiento, fiscalización y elaboración de informes para proponer medidas para la implementación, el funcionamiento y mejora continua de la interoperabilidad y la gobernanza de datos segura entre las entidades que conforman el Sistema de Justicia, dependiente de dicho portafolio.

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 015-2024-JUS, entre las funciones de dicha comisión que estará presidida por el Viceministro de Justicia, figura elaborar informes técnicos que contengan recomendaciones y sugerencias sobre medidas y acciones de mejora para garantizar la interoperabilidad y la gobernanza de datos en el Sistema de Justicia.

El grupo de trabajo estará también integrado por el Viceministro de Seguridad Pública del Ministerio del Interior, el Gerente General del Poder Judicial, el Gerente General del Ministerio Público y, el Secretario de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Los integrantes titulares de la Comisión Multisectorial contarán con un representante alterno, teniendo en cuenta que las entidades involucradas acreditarán ante la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial a sus representantes alternos, mediante comunicación escrita, en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la publicación del citado Decreto Supremo.

Esta comisión se instalará en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente del vencimiento de aquel plazo.

El funcionamiento de la Comisión Multisectorial, así como los gastos derivados del funcionamiento de su Secretaría Técnica, se financiarán con cargo al presupuesto institucional del Minjusdh, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Asimismo, los gastos que involucre la participación de los integrantes y/o representantes que la conforman, se financiarán con cargo al presupuesto institucional de la entidad a la cual pertenecen, según corresponda, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

La Comisión Multisectorial se regirá por su Reglamento Interno, el cual se aprobará por Resolución Ministerial del Minjusdh, a propuesta de la misma, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, contados a partir de su instalación. En dicho reglamento se establecerá, entre otros, su régimen de sesiones, periodicidad, quórum, reglas de votación, reglas de aprobación de acuerdos, entre otros aspectos vinculados con su funcionamiento. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Disponen eliminación del procedimiento denominado “Renovación de acreditación de Centros de Acogida Residencial (CAR) de niñas, niños y adolescentes” del TUPA del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP)

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) dispuso la eliminación del procedimiento denominado “Renovación de acreditación de Centros de Acogida Residencial (CAR) de niñas, niños y adolescentes” de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-MIMP y sus modificatorias, mediante la Resolución Ministerial Nº 354-2024-MIMP.

La medida obedece a que, en la actualidad, la normativa vigente no establece un plazo de vigencia para las acreditaciones de los CAR, en virtud a la modificación del artículo
109° del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1297, el cual dispone que la citada acreditación tienen carácter indeterminado y se encuentra sujeta al resultado de las supervisiones anuales que realice el MIMP.

Además, se precisa que la eliminación de aquel procedimiento no afecta la operatividad de los CAR, dado que se mantiene vigente el procedimiento administrativo de “Acreditación de Centros de Acogida Residencial (CAR) de niñas, niños y adolescentes”. Conozca la norma aquí


INDECOPI
Eliminan 6 servicios prestados en exclusividad y modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Indecopi en lo concerniente a la Casilla “Modalidad de pago” de cada procedimiento administrativo y servicio prestado en exclusividad

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) aprobó la eliminación de seis (6) servicios prestados en exclusividad de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), conforme al siguiente detalle:

CCO.13: Solicitud de Certificado de Existencia de Proceso Concursal Vigente y Público.
CCO.15: Solicitud de Certificado de no encontrarse Suspendido o Inhabilitado como Entidad Liquidadora o Administradora.
CCO.16: Solicitud de Certificado de Valores de Empresas en Concurso.
CCO.17: Solicitud de Información sobre Estado de Procedimientos y Listado de Acreedores.
DSD.14; Certificado de Gravamen.
DSD.15; Búsqueda de Antecedentes.

La Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en coordinación con representantes de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el contexto de las disposiciones legales vigentes, han evaluado y definido en consenso que los referidos servicios, por su naturaleza, resultan injustificados e innecesarios y no constituyen servicios prestados en exclusividad.

Además, el Indecopi modificó su TUPA en lo concerniente a la Casilla “Modalidad de pago” de cada procedimiento administrativo y servicio prestado en exclusividad, de acuerdo con el siguiente detalle:

                                           Caja de la Entidad

                  Tarjeta de Débito/ Tarjeta de Crédito: VISA y Mastercard
                                               Otras opciones

Agencia Bancaria: Banco de la Nación

www.pagalo.pe
Para los pagos se debe indicar el código de arancel. Además, si es una persona natural, indicar el número de DNI; si es persona jurídica, indicar el número de RUC.





MINISTERIO DE CULTURA
Disponen la publicación del proyecto de Ley que modifica los artículos 226°, 227°, 228°, 229° y 230° del Código Penal e incorpora el artículo 226°-A, relacionados a los delitos contra el patrimonio cultural y paleontológico; asimismo incorpora el numeral 8 en el artículo 195°
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del miércoles 27 de Noviembre del 2024)

El Ministerio de Cultura dispuso la publicación del proyecto de Ley que modifica los artículos 226°, 227°, 228°, 229° y 230° del Código Penal e incorpora el artículo 226°-A, relacionados a los delitos contra el patrimonio cultural y paleontológico; y que además incorpora el numeral 8 en el artículo 195°.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 000431-2024-MC con la cual se establece que dicha publicación se realiza en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), a fin de conocer las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la
ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días calendario, contados a partir de la publicación de dicha resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Las opiniones, comentarios y/o sugerencias al proyecto de ley deberán remitirse a la dirección electrónica: mecastillo@cultura.gob.pe, o en su defecto a la mesa de partes física o virtual del Ministerio de Cultura.

Corresponderá a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, la consolidación de las opiniones, comentarios y/o sugerencias que se presenten. Conozca la norma aquí


Viernes 29 de Noviembre del 2024

Gobierno otorga aguinaldo por Navidad de S/ 300 en diciembre. Revisa quiénes lo reciben

El Gobierno publicó el Decreto Supremo Nº 244-2024-EF que autoriza el otorgamiento del aguinaldo por Navidad de S/ 300,00 a los trabajadores del Estado.

De acuerdo con la norma, este beneficio se abonará por única vez en la planilla de pagos de diciembre de 2024 y está dirigido a funcionarios, servidores y pensionistas de diversas entidades del sector público, incluyendo a trabajadores bajo los regímenes del Decreto Legislativo Nº 276, Ley Nº 29944, Ley Nº 30512, así como docentes universitarios, personal de salud, obreros del sector público, y miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.

El aguinaldo también incluye a trabajadores contratados bajo el régimen laboral especial del Decreto Legislativo Nº 1057, quienes recibirán el monto correspondiente a lo dispuesto en la Ley Nº 31953. 

El derecho a percibir el aguinaldo está condicionado a cumplir con ciertos requisitos: estar laborando al 30 de noviembre de 2024 o en uso de descanso vacacional o licencia con goce de remuneraciones, y tener una antigüedad mínima de tres meses. En caso de no cumplir con la antigüedad, el aguinaldo se abonará de manera proporcional.

El aguinaldo no constituye base para el cálculo de otros beneficios, como remuneraciones o pensiones, y no está sujeto a descuentos, salvo aquellos establecidos por ley o autorizados por el trabajador. Además, el aguinaldo no será compatible con otros beneficios de naturaleza similar que otorgue la entidad pública.

Este beneficio también se aplica a los internos de Medicina Humana y Odontología, quienes recibirán un aguinaldo de S/ 100,00, y está sujeto a las normativas que regulan el régimen laboral del sector público y privado, con disposiciones complementarias a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas para su correcta implementación.




MINSA aprueba nueva norma de seguridad y salud en el trabajo para el sector salud


El Ministerio de Salud (MINSA) aprobó la Norma Técnica de Salud NTS Nº 215-MINSA-DGIESP-2024, que regula la seguridad y salud en el trabajo dentro del sistema de salud, mediante la Resolución Ministerial Nº 826-2024-MINSA.

El objeto es garantizar un entorno laboral seguro, promoviendo la prevención de riesgos laborales en el sector salud.

La Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, establece la obligación de los empleadores de prevenir riesgos, y la importancia de la fiscalización estatal y la participación activa de los trabajadores y sus organizaciones sindicales en la implementación de estas normativas.

La norma es aplicable a todos los sectores económicos y de servicios, incluyendo tanto el sector público como el privado, abarcando también a las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.

Además, la Ley General de Salud establece que los lugares de trabajo deben cumplir con condiciones de higiene y seguridad, supervisadas por la autoridad competente para asegurar el bienestar de los trabajadores.



Infracciones aduaneras: suspende sanciones por ajustes en el Terminal Portuario Chancay


La Superintendencia Nacional de Aduanas y de la Administración Tributaria (Sunat) aprobó la facultad discrecional para no sancionar las infracciones previstas en la Ley general de aduanas relacionadas al inicio de las operaciones del terminar portuario multipropósito de Chancay, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000026-2024-SUNAT/300000.

Esta disposición responde a la necesidad de garantizar el correcto funcionamiento de los sistemas aduaneros en el nuevo terminal portuario y su respectiva administración.

Por tanto, se trata de las infracciones tipificadas en el inciso c) del artículo 197 y el inciso b) del artículo 198 de la Ley General de Aduanas, siempre que se cumplan las condiciones específicas establecidas en el anexo de la resolución. 

Esta medida es válida durante el periodo de estabilización de tres meses, que comenzó el 31 de octubre de 2024, en el marco de la puesta en marcha del nuevo Terminal Portuario Multipropósito de Chancay (TPMCH) y la creación de la Intendencia de Aduana de Chancay (IA Chancay).

Durante este periodo, los sistemas informáticos relacionados con el ingreso y salida de mercancías y medios de transporte requieren ajustes, lo que podría generar inconsistencias que justifiquen la aplicación de la facultad discrecional. 

En este contexto, se suspende la sanción por infracciones asociadas a los códigos N07, N08, N09, N10, N14, N15, N18, N19, P09, P10, P81 y P82 de la Tabla de Sanciones.

Asimismo, se aclara que no procederán devoluciones ni compensaciones de pagos realizados relacionados con dichas infracciones. 


Ejecutivo prórroga Estado de Emergencia en el Corredor Vial Sur

El Gobierno del Perú dispuso la prórroga del Estado de Emergencia en el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa por 30 días calendario, a partir del 1 de diciembre de 2024. 

De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 132-2024-PCM, esta medida incluye los 500 metros adyacentes a cada lado de la vía. 

Por tanto, la Policía Nacional del Perú se encargará del control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, para garantizar la seguridad en la zona.

Durante este periodo, se aplicarán restricciones a ciertos derechos constitucionales, como la libertad de tránsito, reunión y la seguridad personal, en concordancia con el artículo 137 de la Constitución Política del Perú. La medida busca reforzar el control en la región.

Además, se establece que la intervención de la Policía y las Fuerzas Armadas se regirá por los marcos normativos establecidos en los Decretos Legislativos N° 1186 y N° 1095, que regulan el uso de la fuerza en contextos de seguridad interna. 

La Policía Nacional deberá presentar un informe detallado sobre las acciones y resultados obtenidos dentro de los cinco días hábiles posteriores al fin de la prórroga.


Sábado 30 de Noviembre del 2024

Ley N° 32174: Ley que declara el 7 de diciembre de cada año Día Nacional de la Danza del Wititi

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32174, Ley que declara el 7 de diciembre de cada año como el Día Nacional de la Danza del Wititi, manifestación cultural inscrita en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco).

La norma encarga al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) ejecutar, en coordinación con el Gobierno Regional de Arequipa, actividades para promover y difundir la celebración de la mencionada fecha. Conozca la norma aquí.


Ley N° 32175: Ley que crea la Universidad Nacional Intercultural Aimara de Ilave 

La Universidad Nacional Intercultural Aimara de Ilave contará con persona jurídica de derecho público interno, autonomía académica, administrativa, económica y financiera, dedicada a la formación profesional superior, la investigación científica y tecnológica, y la difusión cultural.

Así lo establece la Ley N° 32175, que crea el citado centro superior, que tendrá su sede en el distrito de Ilave de la provincia de El Collao del departamento de Puno.

La casa de estudios gozará de los mismos derechos y estará sujeta a las mismas obligaciones que las demás universidades públicas del país, en concordancia con lo dispuesto en la Ley 30220, Ley Universitaria.

La Universidad Nacional Intercultural Aimara de Ilave tendrá como objetivos principales formar profesionales competitivos, éticos y con responsabilidad social; y fomentar la investigación científica y tecnológica para contribuir al desarrollo regional y nacional.

Así también promover la extensión universitaria y la proyección social, interactuando con la comunidad local y regional; y preservar y difundir la cultura, particularmente aquella que contribuya al desarrollo y la identidad local y regional.

La Universidad Nacional Intercultural Aimara de Ilave ofrecerá las carreras profesionales de Ingeniería Agronómica, Ingeniería Ambiental y Sanitaria, Veterinaria y Zootecnia, Ingeniería Civil, Contabilidad, Derecho, Educación Intercultural Bilingüe, Estudios Culturales y Lingüísticos Aimaras, y Gestión del Patrimonio Cultural.

La casa de estudios tendrá su sede principal en la ciudad de Ilave, provincia de El Collao, departamento de Puno. Conozca la norma aquí.

 
Ley N° 32176: Ley de fortalecimiento e implementación de las boticas públicas Farmaminsa a nivel nacional

El Gobierno publicó Ley N° 32176: Ley de fortalecimiento e implementación de las boticas públicas Farmaminsa a nivel nacional con la finalidad de contribuir con el acceso oportuno a productos farmacéuticos y dispositivos médicos esenciales, seguros, eficaces, de calidad y a costo asequible para la población.

La norma precisa que la implementación de boticas públicas Farmaminsa en todo el país corresponde a una estrategia articulada entre el Ministerio de Salud (Minsa), los gobiernos regionales, los municipios y otras instituciones públicas. 

La ley precisa que las boticas públicas Farmaminsa aquellas oficinas farmacéuticas enmarcadas bajo las disposiciones del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos, aprobado por el Decreto Supremo 014-2011-SA, incluyendo las disposiciones referidas al cumplimiento de las Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica. Conozca la norma aquí.


Ministerio de Justicia: nuevo Reglamento de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales

El Ministerio de Justicia y Derechos (Mimjusdh), ante los cambios en el marco normativo y los desafíos contemporáneos que representan la irrupción de nuevas tecnologías digitales, aprobó un nuevo Reglamento de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales.

El documento, que se oficializó mediante el Decreto Supremo N° 016-2024-JUS, permitirá que el país cuente con un marco normativo moderno y sólido que garantice una adecuada tutela de los derechos de los ciudadanos frente a los riesgos generados para los datos personales por el uso de las nuevas tecnologías digitales.

El reglamento se aplicará al tratamiento de los datos personales, aun cuando no se encuentren en un banco de datos personales; así como a toda modalidad de tratamiento de datos personales, ya sea efectuado por personas naturales, entidades públicas o instituciones del sector privado, independientemente del soporte en el que se encuentren. 

La existencia de normas o regímenes particulares o especiales, aun cuando incluyan regulaciones sobre datos personales, no excluirá a las entidades públicas o instituciones privadas a las que esos regímenes se aplican del ámbito de ley y reglamento, subraya. 

Lo dispuesto en el párrafo precedente no implicará la derogatoria o inaplicación de las normas particulares, en tanto su ejecución no genere la afectación del derecho a la protección de datos personales, enfatiza. Conozca la norma aquí.

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