• JUEVES 16
  • de abril de 2026

Política

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Aprueban nuevos rangos de licencia sin goce de haber, periodo de cese y CTS en el sector público

Cese por edad seguirá siendo a los 70 años, pero trabajador podrá continuar en su puesto hasta fin de año.

Se trata de la Ley Nº 32199 aprobada por insistencia por el Congreso, y publicada en el boletín oficial del Diario Oficial El Peruano.

Para el caso de las licencias sin goce de haber, estas pueden extenderse hasta por tres años continuos o discontinuos, contabilizadas dentro de un período de cinco años.

Para el caso del cese definitivo de un servidor público por límite de edad, será a los 70 años, pero ahora el trabajador podrá continuar en su puesto hasta el 31 de diciembre del año en que cumple el servidor dicha edad.

Es decir, si, por ejemplo, un trabajador cumple 70 años en mayo, no cesa ese mes, sino que puede seguir laborando el resto del año.

CTS 

Para el caso de la CTS, este monto será pagado al trabajador al momento del cese por el importe del cien por ciento (100%) de su remuneración total o íntegra, por cada año completo o fracción mayor de seis meses contados desde su ingreso hasta su fecha de cese.

En caso de cese y posterior reingreso, la cantidad pagada surte efecto cancelatorio del tiempo de servicios anterior para este beneficio.

Para los que cesen a partir del año 2022, para el cálculo de la CTS, la remuneración principal equivale al 100% del promedio mensual del monto resultante del importe del Monto Único Consolidado (MUC), más el 100% de la Escala Base del Incentivo Único - CAFAE, establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas, y pagado en cada mes durante los últimos treinta y seis (36) meses de servicio efectivamente prestado.

En el caso del personal de los gobiernos locales, en su remuneración total o íntegra, referidas en el párrafo primero de este literal, solo se consideran todos los conceptos que perciban permanentemente hasta el mes de su cese”

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