Como se recuerda, la LGCP fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de junio
de 2024, es decir, hace apenas seis (6) meses. Esta modificación temprana invita a
reflexionar sobre si la regulación original de la GIRA en la LGCP fue adecuadamente
definida y sustentada desde su concepción. Históricamente, el monto de la GIRA ha
sido objeto de diversos ajustes, lo que refuerza la percepción de que su diseño inicial
podría no haber sido el más adecuado.
¿En qué consisten los cambios de la LESP respecto a la GIRA?
1. Se restablece el monto de la GIRA en un 3% de la cuantía del procedimiento
de selección o del ítem que se desea impugnar.
2. Para los proveedores que no sean micro o pequeñas empresas, ya no se
establece un tope máximo para la GIRA. No obstante, este podría ser
incorporado posteriormente con el Reglamento de la LGCP (aún en proyecto).
3. En el caso de las micro y pequeñas empresas, la LESP establece que el monto
de la GIRA será del 0.5% de la cuantía del procedimiento de selección o del
ítem a impugnar. Aunque la versión inicial de la LGCP también contemplaba
este porcentaje, indicaba que era “hasta” el 0.5%, lo que permitía interpretar
que se podía fijar un monto menor.
De acuerdo con la Exposición de Motivos de la LGCP, la GIRA busca evitar la
interposición de recursos de apelación temerarios que solo pretendan dilatar los
procedimientos de selección. No obstante, la Exposición de Motivos del proyecto del
Reglamento de la LGCP justifica la reducción del monto de la GIRA al 0.5% como una
medida para evitar que dicha garantía se convierta en una barrera que desincentive o
limite el ejercicio del derecho al debido proceso y a la defensa.
Sin embargo, ¿es posible seguir sustentando esta justificación tras la modificación introducida por la LESP?
De una lectura integral de ambas exposiciones de motivos, se desprende la intención
de alcanzar un equilibrio: por un lado, evitar recursos de apelación maliciosos y, por
otro, garantizar que los requisitos, como la GIRA, no vulneren los derechos
fundamentales de los proveedores. Empero, este equilibrio sigue siendo difícil de
alcanzar. Los cambios históricos en los montos de la GIRA evidencian las
complicaciones para definir un esquema que sea a la vez justo y efectivo. La
modificación de la LESP es, en este sentido, solo una raya más al tigre.
Si bien el propósito de la GIRA de evitar recursos temerarios es loable, este no debe
convertirse en un obstáculo que limite el derecho de los proveedores a impugnar
decisiones de la Administración Pública en la fase selectiva del macroproceso de
contratación.
En un contexto donde el Perú apuesta por modernizar sus contrataciones públicas, las
autoridades deben redoblar esfuerzos para alcanzar el tan anhelado equilibrio.
Lastimosamente, la experiencia reciente, reflejada en los cambios introducidos por la
LESP, evidencia que este objetivo sigue siendo una meta lejana.