PODER EJECUTIVODeclaran el Estado de Emergencia en el distrito de Cielo Punco de la provincia de La Convención del departamento de Cusco y en el distrito de Samugari de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho
El Poder Ejecutivo declaró por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 24 de diciembre del 2024, el Estado de Emergencia en el distrito de Cielo Punco de la provincia de La Convención del departamento de Cusco y en el distrito de Samugari de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho, mediante el Decreto Supremo Nº 145-2024-PCM.
La Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas.
Durante la vigencia de la declaratoria del Estado de Emergencia en las circunscripciones señaladas, se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137° de la Constitución Política
del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales
9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú.
La intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, en el Título II del Decreto Legislativo Nº 1095,
Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2020-DE, respectivamente; así como en el “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2023-MIMP.
PODER EJECUTIVO
Prorrogan el Estado de Emergencia declarado en los distritos de Manitea y Kimbiri de la provincia de La Convención del departamento de Cusco
El Poder Ejecutivo prorrogó el Estado de Emergencia por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 24 de diciembre del 2024, declarado en los distritos de Manitea y Kimbiri
de la provincia de La Convención del departamento de Cusco, mediante el Decreto Supremo Nº 146-2024-PCM.
La Policía Nacional del Perú continuará manteniendo el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas.
Durante la vigencia de la prórroga del Estado de Emergencia en las circunscripciones señaladas, se aplica lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137° de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos
a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
La intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, en el Título II del Decreto Legislativo Nº 1095,
Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2020-DE, respectivamente; así como en el “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2023-MIMP.
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MINISTERIO DE DEFENSA
Aprueban tres Llamamientos Ordinarios correspondientes al Año Fiscal 2025 en la Marina de Guerra del Perú
El Ministerio de Defensa aprobó tres (3) Llamamientos Ordinarios correspondientes al Año Fiscal 2025 en la Marina de Guerra del Perú, para la incorporación voluntaria al Servicio Militar en el Activo del personal de la clase 2007 y clases anteriores, mediante la modalidad de Acuartelado.
Fue por intermedio de la Resolución Ministerial N° 01760-2024-DE con la cual se autoriza a la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú a determinar la fecha de los referidos llamamientos.
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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban la Directiva N° 003-2024-EF/43.01 denominada “Lineamientos para la
administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley N° 25650”
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la Directiva N° 003-2024-EF/43.01 denominada “Lineamientos para la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley N° 25650”, la misma que entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2025.
De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 397-2024-EF/43 dicho documento normativo establece las disposiciones que regulan de manera exclusiva las obligaciones que deben cumplir las entidades receptoras de personas contratadas con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público.
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PRODUCE
Disponen la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Lineamientos que establecen el modelo de gestión y los procesos para la adhesión, operación y monitoreo de los Centros que conforman la Red de Centros de Transformación Digital Empresarial, en el marco de la Línea Prioritaria de Intervención “Mype digital” del Ministerio de la Producción”
El Ministerio de la Producción (Produce) dispuso la publicación del proyecto de Resolución
Ministerial que aprueba los “Lineamientos que establecen el modelo de gestión y los procesos para la adhesión, operación y monitoreo de los Centros que conforman la Red de Centros de Transformación Digital Empresarial, en el marco de la Línea Prioritaria de Intervención “Mype
digital” del Ministerio de la Producción” y su Anexo en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/produce), por el plazo de quince (15) días calendario, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general.
Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 000498-2024-PRODUCE con la cual se dispone que los comentarios, aportes u opiniones sobre dicho proyecto normativo sean presentados a través de la sede digital del Produce (www.gob.pe/produce) o en la Mesa de Partes del Ministerio de la Producción, ubicada en la Calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, con atención a la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, o remitidos al correo electrónico: dgitdf@produce.gob.pe.
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MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Aprueban Reglamento de la Ley N° 31979, Ley que promueve el empleo temporal en los programas laborales del estado en favor de los jóvenes de entre 18 y 29 años de edad que se
encuentren en situación de vulnerabilidad a fin de mejorar su calidad de vida
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó el Reglamento de la Ley Nº 31979, Ley que promueve el empleo temporal en los programas laborales del Estado en favor de los jóvenes de entre 18 y 29 años de edad que se encuentren en situación de vulnerabilidad a fin de mejorar su calidad de vida.
De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 005-2024-TR, la norma reglamentaria tiene por objeto establecer disposiciones para la reserva de vacantes ofertadas por los programas de empleo temporal promovidos por el Estado para promover el acceso al empleo temporal de las personas jóvenes que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
Por ende, el reglamento detalla los criterios para la reserva de vacantes ofertadas por los programas de empleo temporal promovidos por el Estado.
En esa medida, estipula que la reserva de vacantes se aplicará en toda convocatoria que el programa de empleo temporal realice en cada ámbito territorial de intervención especifico, de acuerdo con su cronograma de actividades programado para el año calendario.
Además, especifica que la reserva de vacantes será de no menos del diez por ciento (10%) del total de las vacantes ofertadas por el programa de empleo temporal, teniendo en cuenta que si el resultado del cálculo tiene cifras decimales, el número de reserva de vacantes se deberá redondear al número entero superior.
Sin embargo, la reserva de vacantes se cubrirá siempre que la persona joven en situación de vulnerabilidad elegible cumpla con los criterios de elegibilidad del respectivo programa de empleo temporal, establecidos en sus instrumentos de gestión.
La norma reglamentaria consta de dos capítulos, 11 artículos y una disposición complementaria final.
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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Disponen la publicación de proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento
del Decreto Legislativo N° 1627, Decreto Legislativo para promover el despliegue de los servicios públicos de telecomunicaciones mediante tecnología de quinta generación (5G) o superior
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1627, Decreto Legislativo para promover el despliegue de los servicios públicos de telecomunicaciones
mediante tecnología de quinta generación (5G) o superior; en el Portal Institucional del MTC (www.gob.pe/mtc), a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendario.
De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 771-2024-MTC/01.03 los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto de Decreto Supremo deberán remitirse a través de la mesa de partes virtual del MTC, con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones del Despacho Viceministerial de Comunicaciones, o vía correo electrónico a la dirección info.dgprc@mtc.gob.pe.
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MINISTERIO DE VIVIENDA CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Disponen publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dispuso la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva y del texto del citado
proyecto de Reglamento y sus Anexos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/vivienda), a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía, dentro del plazo de quince días calendario.
De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 469-2024-VIVIENDA corresponderá a la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, recibir, analizar y sistematizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten respecto del proyecto normativo, a través de la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en el siguiente enlace: “Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional en la
AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA
Aprueban los «Lineamientos para determinar los Parámetros de Eficiencia y entrega de incentivos por el aprovechamiento de los recursos hídricos»
La Autoridad Nacional del Agua (ANA) aprobó los «Lineamientos para determinar los
Parámetros de Efi ciencia y entrega de incentivos por el aprovechamiento de los recursos hídricos», mediante la Resolución Jefatural N° 0483-2024-ANA.
Dichos lineamientos contienen las directrices para establecer los parámetros de eficiencia para el aprovechamiento de los recursos hídricos aplicables a los operadores y usuarios de agua, su clasificación, la responsabilidad para su implementación y el otorgamiento de certificados de eficiencia.
Esto, teniendo en cuenta que dichos lineamientos se encuentran alineados con los Objetivos de Desarrollo Sostenible - ODS 6: Agua Limpia y Saneamiento, de la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible.
Además, la ANA dispuso la publicación de los mencionados lineamientos en el Portal Web Institucional: www.gob.pe/ana.
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ONPE
Precisan que, para las Elecciones Internas en el ámbito del proceso de Elecciones
Municipales Complementarias 2025, resulta de aplicación el Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022; y dictan otras disposiciones
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) precisó que, para las Elecciones Internas en el ámbito del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2025, resultará de aplicación el Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, publicado en el diario oficial El Peruano el 29 de noviembre de 2021.
Fue mediante la Resolución Jefatural Nº 000205-2024-JN/ONPE con la cual también se precisa
que lo previsto en el Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 deberá interpretarse según lo dispuesto
por el Jurado Nacional de Elecciones para este proceso electoral.
Además, la ONPE estableció los hitos electorales aplicables para las Elecciones Internas en el ámbito del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2025.
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Lunes 23 de Diciembre del 2024
MINISTERIO DEL AMBIENTEDisponen publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la Estrategia de Financiamiento Climático para la implementación de las medidas de adaptación y mitigación
El Ministerio del Ambiente (Minam) dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la Estrategia de Financiamiento Climático para la implementación de las medidas de adaptación y mitigación y su Exposición de Motivos.
De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 00440-2024-MINAM la publicación se realiza en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir los comentarios, aportes u opiniones, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de dicha Resolución
Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto deberán ser remitidos por escrito al Minam, sito en la avenida Antonio Miroquesada N° 425, primer piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima o a la dirección electrónica lineamientos@minam.gob.pe, siendo la Dirección de Adaptación al Cambio Climático y Desertificación de la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación la encargada de su recepción, sistematización y análisis.
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AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Exceptúan al Reniec del tope de 50 servidores de confianza
La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) exceptuó al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) del tope de cincuenta (50) servidores de confianza previsto en el artículo 6° de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000208-2024-SERVIR-PE.
La medida se adopta conforme al listado de cargos y posiciones que conforman la excepción de confianza otorgada al Reniec, que como Anexo forma parte de la citada Resolución de Presidencia Ejecutiva; de acuerdo al sustento contenido en el Informe Técnico N° 000345-2024-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; en el marco del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM y de los Lineamientos N° 001-2023-SERVIR-GDSRH.
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Martes 24 de Diciembre del 2024
MINISTERIO DEL AMBIENTECrean “Grupo de Trabajo Multisectorial para la elaboración del Inventario Nacional del Patrimonio Natural”
El Ministerio del Ambiente (Minam) creó el “Grupo de Trabajo Multisectorial para la elaboración del Inventario Nacional del Patrimonio Natural”, de naturaleza temporal, dependiente de dicho portafolio, mediante la Resolución Ministerial Nº 00439-2024-MINAM.
El citado grupo de trabajo, que estará presidido por un representante del Minam, se instalará en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada de la la mencionada Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Contará con una Secretaría Técnica y tendrá una vigencia de dos (2) años, contados a partir del día siguiente de su instalación, aunque la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial podrá ser prorrogada.
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MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Disponen publicación de proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Participación Ciudadana para la Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, así como su Exposición de Motivos
El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Participación Ciudadana para la Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, así como su Exposición de Motivos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/midagri), por el plazo de quince (15) días calendario, a efecto de recibir los comentarios, aportes, opiniones y sugerencias, de las entidades públicas o instituciones privadas, y de la ciudadanía en general, según corresponda.
De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 0422-2024-MIDAGRI la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, se encargará de la recepción, consolidación, sistematización y análisis de los comentarios, aportes, opiniones y sugerencias, según corresponda, respecto del proyecto normativo, los que se recibirán mediante el documento denominado “Formato de comentarios, aportes, opiniones y sugerencias”, que en Anexo, forma parte de la citada
Resolución Ministerial, o vía correo electrónico institucional a la dirección: consultas_dgaaa@midagri.gob.pe, a fin de elaborar la propuesta final del acotado proyecto normativo.
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SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Establecen criterios razonables y objetivos para la determinación de los procedimientos administrativos sancionadores de alta complejidad
Para la determinación de los procedimientos administrativos sancionadores a cargo de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) como de alta complejidad, la autoridad administrativa que resuelva el recurso de reconsideración o recurso de apelación, según se trate, deberá verificar si se presenta alguno de los siguientes criterios:
1. Exista pluralidad de sancionados;
2. Exista pluralidad de infracciones administrativas;
3. La infracción administrativa esté tipificada como grave o muy grave en el Reglamento de Sanciones, aprobado por Resolución SMV N° 035-2018-SMV/01 o la norma que lo sustituya; o,
4. Se requiera para resolver un recurso de apelación el apoyo técnico especializado en materia contable o financiera, por parte de servidores de los órganos de línea de la SMV.
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES
Aprueban actualización del Protocolo “Gestión de trámites vinculados al control
migratorio”
La Superintendencia Nacional de Migraciones aprobó la actualización del Protocolo “Gestión de trámites vinculados al control migratorio”, con código M01.DRCM.PTL.004, versión 02, mediante la Resolución de Superintendencia N° 000211-2024-MIGRACIONES.
Además, encarga a la Unidad de Imagen y Comunicación que efectúe la publicación de dicho protocolo en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.
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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Aprueban el “Reglamento para la presentación de Información Financiera de las
Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud – IAFAS”
La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) aprobó el “Reglamento para la presentación de Información Financiera de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS”, el cual consta de tres (3) capítulos; catorce (14) artículos; una única Disposición Complementaria Final; una única Disposición Complementaria Transitoria; y una única Disposición Complementaria Derogatoria y tres (3) Anexos
Fue mediante la
Resolución de Superintendencia N° 239-2024-SUSALUD/S, con la cual se dispone la publicación de esta norma reglamentaria en el portal institucional de Susalud (www.gob.pe/susalud).
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Miércoles 25 de Diciembre del 2024
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Dictan disposiciones para la implementación de una operación de administración de deuda y emisión de bonos
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estableció que la emisión interna de bonos, que puede efectuar el Gobierno Nacional para implementar la operación de administración de deuda, bajo la modalidad de refinanciación, aprobada por el artículo 7° de la Ley N° 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024, es hasta por el importe de la deuda correspondiente al principal del Acuerdo de Cesión de Posición Contractual bajo el marco del Decreto de Urgencia N° 013-2024 celebrado el 19 de setiembre del 2024, entre la empresa Petróleos del Perú S.A, el MEF y el Banco de la Nación, ascendente al monto de S/ 2,969'224,000,00 (DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL Y 00/100 SOLES).
De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 399-2024-EF/52 para los fines de la emisión interna de bonos aprobada mediante el artículo 7 de la Ley N° 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024, destinada a implementar la operación de administración de deuda, se establece que la modalidad de colocación es mediante oferta privada al Banco de la Nación, en sustitución al Programa de Creadores de Mercado.
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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESAprueban especificaciones técnicas y formatos del Certificado contra Accidentes
de Tránsito, de la Calcomanía y del Holograma de Seguridad
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó las Especificaciones Técnicas, Contenido y Formato del Certificado contra Accidentes de Tránsito (CAT) para el periodo comprendido entre el 1° de enero al 31 de diciembre del 2025, mediante la Resolución Ministerial N° 775-2024-MTC/01.02.
Asimismo, aprobó las Especificaciones Técnicas y Formato de la Calcomanía del CAT y del Holograma de Seguridad a ser utilizado en el anverso del CAT y en el anverso de la Calcomanía del CAT para el periodo comprendido entre el 1° de enero al 31 de diciembre del 2025.
Por ende se dispuso la publicación de lo aprobado en la sede digital del MTC (www.gob.pe/mtc).
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Jueves 26 de Diciembre del 2025
PRODUCEAprueban ocho Normas Técnicas Peruanas correspondientes a conservas de productos de la pesca, bebidas alcohólicas vitivinícolas, leche y productos lácteos, maca y aparatos electrodomésticos, en su versión 2024
El Ministerio de la Producción (Produce), a través del Instituto Nacional de Calidad, aprobó ocho Normas Técnicas Peruanas correspondientes a conservas de productos de la pesca en envases herméticamente cerrados, bebidas alcohólicas vitivinícolas, leche y productos lácteos, maca así como a aparatos electrodomésticos y análogos; en su versión 2024.
Fue mediante la Resolución Directoral N° 032-2024-INACAL/DN con la cual se dejan sin efecto las versiones anteriores de aquellas Normas Técnicas Peruanas.
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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Disponen la publicación del proyecto de Resolución Directoral que aprueba los “Lineamientos para la evaluación de la utilidad económica del vehículo declarado en abandono”
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) dispuso la publicación del proyecto de Resolución Directoral que aprueba los “Lineamientos para la evaluación de la utilidad económica del vehículo declarado en abandono”, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/mtc), con el objeto de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles.
De acuerdo con la Resolución Directoral Nº 035-2024-MTC/18 las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Resolución Directoral que aprueba los “Lineamientos para la evaluación de la utilidad económica del vehículo declarado en abandono”, deben remitirse a la sede principal del MTC con atención a la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, ubicada en Jr. Zorritos Nº 1203 – Cercado de Lima, o a la dirección electrónica normasvial@mtc.gob.pe.
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SUNAT
Postergan la oportunidad desde la cual deben llevar sus Registros en el Sistema Integrado de Registros Electrónicos determinados sujetos obligados a ello a partir del periodo enero del 2025
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) postergó del período enero del 2025 al período julio del 2025, la oportunidad a partir de la cual deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), determinados sujetos que se encuentran obligados a llevar los mencionados registros.
De acuerdo con la Resolución de Superintendencia Nº 000293-2024/SUNAT se modifica la Resolución de Superintendencia Nº 000112-2021/SUNAT, que dicta nuevas disposiciones para el llevado del Registro de Ventas e Ingresos en forma electrónica y se modifican las resoluciones de superintendencia relacionadas con dicho tema.
Asimismo, se modifica la Resolución de Superintendencia Nº 000040-2022/SUNAT, que aprueba el SIRE y el Módulo para el llevado del Registro de Compras que se incorpora en dicho sistema.
De esta manera, la entidad recaudadora busca facilitar la implementación del SIRE a los sujetos comprendidos en la mencionada postergación.
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SUNAT
Aprueban el Formulario Virtual para declarar y/o pagar el Impuesto General a las Ventas percibido y/o retenido según el artículo 49-A de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo; crea la Plataforma Declaración y Pago para No Domiciliados y regula la declaración y pago en dólares y la compensación
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó el formulario virtual de la declaración determinativa del Impuesto General a las Ventas (IGV) retenido y/o percibido que grava la utilización en el país de servicios digitales y la importación de bienes intangibles a través de Internet, el cual deben presentar los sujetos no domiciliados que tengan la calidad de agentes de retención y/o percepción de dicho impuesto.
Fue mediante la Resolución de Superintendencia N° 000294-2024/SUNAT con la cual la entidad recaudadora también aprueba la plataforma Declaración y pago para no domiciliados en SUNAT Virtual, para que se cumpla con presentar las declaraciones determinativas del tributo referido y pagar la deuda tributaria en moneda nacional u obtener el número de pago Sunat para transferencia a fin de realizar el pago -fuera de la plataforma- en dólares de los Estados Unidos de América.
A su vez, la Sunat regula la compensación de las percepciones y retenciones del IGV efectuadas en forma indebida o en exceso a personas naturales que no realizan actividad empresarial declaradas y pagadas por el agente de retención o percepción del IGV y de los pagos indebidos o en exceso, así como el tipo de cambio a aplicar para la referida compensación y para la declaración y pago de la retención y/o percepción del IGV.
Para tal fin se modifica la Resolución de Superintendencia N° 109-2000/SUNAT, que regula la forma y condiciones en que los deudores tributarios podrán realizar diversas operaciones a través de Internet mediante el sistema SUNAT Operaciones en Línea.
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MINISTERIO DEL AMBIENTE
Declaran en Emergencia Ambiental área geográfica por un plazo de 90 días hábiles y aprueban Plan de Acción Inmediato y a Corto Plazo
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del miércoles 25 de Diciembre del 2024)
El Ministerio del Ambiente (Minam) declaró en Emergencia Ambiental el área geográfica afectada por el desplazamiento del hidrocarburo derramado en la zona intermareal y
submareal abarcando áreas de 47.14 y 228.74 hectáreas, respectivamente, desde la Refinería Talara hasta la playa Cabo Blanco, por un plazo de noventa (90) días hábiles.
Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 00443-2024-MINAM con la cual se aprueba el Plan de Acción Inmediato y a Corto Plazo para la atención de la emergencia ambiental en el área geográfica afectada.
La ejecución del Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo, estará a cargo de las entidades públicas involucradas en su cumplimiento, en coordinación con el respectivo gobierno regional y local.
Se dispone la publicación del citado plan y del detalle del área geográfica afectada en la sede digital del Minam (www.gob.pe/minam).
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Viernes 27 de Diciembre del 2024
Se amplía el plazo para la formalización minera integral hasta junio 2025.
El Poder Ejecutivo publicó la Ley Nº 32213 que establece la rectoría y ampliación del plazo del proceso de formalización minera integral de la actividad en la pequeña minería y minería artesanal.
La norma, de este modo, establece la rectoría del Ministerio de Energía y Minas (MINEM), que se encargará de supervisar y coordinar la actividad minera en el país, así como de la creación de un sistema integral para facilitar la formalización de los operadores mineros.
Se regula asimismo la implementación del Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMMA), el cual tendrá como función supervisar la trazabilidad de minerales, explosivos y productos fiscalizados. Este sistema permitirá mejorar la gestión y control de las actividades mineras mediante el uso de tecnología avanzada, como el GPS, y garantizará la interoperabilidad entre distintas entidades del gobierno, como la SUNAT, la Policía Nacional, la Superintendencia de Aduanas, y otras autoridades relevantes.
La norma igualmente establece la ampliación del plazo de formalización hasta el 30 de junio de 2025, con la posibilidad de una prórroga de seis meses más. ste plazo busca asegurar que los actores mineros puedan cumplir con los requisitos necesarios para formalizar sus actividades, brindando un marco de tiempo adicional para la adecuación a las normativas establecidas.
Prórroga del Estado de Emergencia en el Corredor Vial Sur: Nuevas medidas de seguridad
El Gobierno prorrogó el Estado de Emergencia en el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa, por 30 días a partir del 31 de diciembre de 2024, mediante el Decreto Supremo Nº 147-2024-PCM. Esta medida incluye una franja de 500 metros a cada lado de la vía y tiene como objetivo garantizar la seguridad en la zona, ante los recientes disturbios y actos de violencia registrados en la región.
La Policía Nacional del Perú continuará ejerciendo el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, quienes actuarán conforme a la normativa vigente sobre el uso de la fuerza. Durante este periodo, se restringen varios derechos constitucionales, como la libertad de tránsito, la libertad de reunión y la seguridad personal, según lo dispuesto en el artículo 137 de la Constitución.
Además, la Policía deberá presentar un informe detallado de las acciones realizadas dentro de los cinco días hábiles posteriores al término del Estado de Emergencia.
Establecen nuevas normas para la fiscalización migratoria en hospedajes y arrendamientos.
La Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES) aprobó el Protocolo de Verificación y Fiscalización Migratoria en Establecimientos de Hospedaje y Arrendamiento de Inmuebles a Extranjeros, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000216-2024-Migraciones.
Este protocolo establece las normas y procedimientos para verificar y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones migratorias en dichos establecimientos.
Además, se deja sin efecto el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 000260-2020-MIGRACIONES, que previamente aprobaba el Protocolo de Verificación y Fiscalización Migratoria en Establecimientos de Hospedaje de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
Sábado 28 de Diciembre del 2024
Ley N° 32215: Nueva escala remunerativa de los servidores de proyectos especiales creados por el antiguo Inade
El Congreso publicó la Ley N° 32215 que aprueba la escala remunerativa de los servidores de los proyectos especiales creados por el antiguo Instituto Nacional de Desarrollo (Inade) y otros, con la finalidad de mejorar las condiciones laborales de sus servidores sujetos al Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral.
La norma señala que las escalas remunerativas aprobadas no serán inferiores a 3,900 soles ni superiores a 14,300 soles y se aplicará al personal que se encuentren laborando en los proyectos especiales.
Estos son Binacional Puyango-Tumbes, Jequetepeque-Zaña, Sierra Centro-Sur, Binacional Lago Titicaca, Binacional Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo, Jaén-San Ignacio-Bagua, Alto Huallaga, Especial Pichis-Palcazú y Chira Piura.
Figuran también Olmos Tinajones, Chavimochic, Chinecas, Tambo Ccaracocha, Majes Siguas, Pasto Grande, Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna, Alto Mayo, Huallaga Central y Bajo Mayo, Madre de Dios, de Irrigación e Hidroenergético de Alto Piura y de Mejoramiento de Riego en Sierra y Selva-Plan MERISS.
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PCM: Modelo de Integridad para fortalecer la capacidad de prevención y respuesta frente a la corrupción en las entidades públicas
La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) aprobó el Modelo de Integridad, el cual incluye principios, componentes y criterios para su implementación y evaluación en las entidades del sector público.
El Decreto Supremo N° 148-2024-PCM precisa que el modelo tiene por finalidad fortalecer la cultura de integridad de las instituciones estatales, para incrementar su capacidad de prevención y respuesta frente a prácticas antiéticas o corruptas; y, asegurar un servicio orientado al interés general y a la creación de valor público.
La norma precisa que se encuentran dentro del ámbito de aplicación del modelo las entidades públicas comprendidas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, con excepción de las señaladas en el numeral 8) del citado artículo.
Las instituciones deberán tener competencia para contratar, sancionar y despedir; contar con una oficina de recursos humanos o la que haga sus veces; un titular, entendiéndose como la máxima autoridad administrativa y/o una alta dirección o la que haga sus veces; y contar con Reglamento de Organización y Funciones, manual de operaciones o documento equivalente, precisa.
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MTPE: Incremento de la Remuneración Mínima Vital de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) oficializó el incremento de 105 soles de la Remuneración Mínima Vital (RMV) de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, con lo cual asciende a 1,130 soles.
El Decreto Supremo N° 006-2024-TR precisa que el aumento tendrá eficacia a partir del 1 de enero de 2025.
La norma señala que el reajuste toma en cuenta los lineamientos técnicos consensuados en el Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo para el incremento de la Remuneración Mínima Vital.
En este caso, se incluye el análisis de los índices de inflación subyacente y productividad, así como las variables referidas a los criterios de contexto adecuado, a fin de que el aumento refleje el desempeño económico del país y contribuya con la mejora sostenida del poder adquisitivo de los trabajadores.
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MTC: se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo Portuario
El Plan Nacional de Desarrollo Portuario aprobó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) mediante el Decreto Supremo N° 027-2024-MTC
La norma detalla que el plan es el documento técnico normativo elaborado por la Autoridad Portuaria Nacional que tiene como objetivo orientar, impulsar, ordenar, planificar y coordinar el desarrollo, modernización, competitividad y sostenibilidad del Sistema Portuario Nacional.
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Sunedu: Guía de orientación para la aplicación de la Ley N° 32105, sobre el carácter permanente de la modalidad a distancia de la educación superior
La Guía de orientación para la aplicación de la Ley N° 32105, Ley que modifica la Ley 30220, Ley Universitaria, para disponer el carácter permanente de la modalidad a distancia de la educación superior y afianzar su acceso aprobó la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
La Resolución N° 0040-2024-SUNEDU-CD recuerda que las modificaciones de la Ley N° 32105 dispone principalmente dos cambios: el carácter permanente del licenciamiento otorgado por la Sunedu; y que la modalidad a distancia o no presencial pueda comprender hasta el 100% de los créditos académicos de los programas de estudio.
En atención a estos cambios, se establecen herramientas y mecanismos para garantizar su implementación y cumplimiento, señala.
Por lo tanto, detalla, la guía tiene el propósito de atender las preguntas más frecuentes que recibió la Sunedu sobre la aplicación de la Ley N° 32105, para orientar a las instituciones de educación superior universitaria y, en general, a la comunidad universitaria sobre el estado de la vigencia del marco regulatorio y las principales actividades previstas en un futuro inmediato para su reglamentación.
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