• SÁBADO 4
  • de abril de 2026

Derecho

FOTOGRAFIA
DERECHO

Nuevo Reglamento de Contrataciones Públicas 2025: cambios que debes conocer

Publican Decreto Supremo N° 009-2025-EF.

Este reglamento establece los procedimientos, requisitos y condiciones aplicables a las disposiciones de la mencionada ley, con el objetivo de promover el valor por dinero en las contrataciones públicas, satisfaciendo las necesidades de las entidades contratantes en beneficio de la ciudadanía.

En este marco, la Dirección General de Abastecimiento, como ente rector y máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Abastecimiento, será responsable de dictar las normas sobre contrataciones públicas en el contexto de la cadena de abastecimiento público. Asimismo, tendrá la facultad de emitir opiniones vinculantes sobre la interpretación de la Ley N° 32069 y su reglamento, conforme a la directiva que se apruebe para este propósito.

El reglamento también detalla las etapas y subetapas que pueden integrar los procedimientos de selección competitivos, dependiendo de su tipo, objeto y modalidad. Estas son:

Convocatoria.
Registro de participantes.
Cuestionamientos a las bases:
a) Consultas y observaciones.
b) Integración.
Precalificación:
a) Precalificación.
b) Diálogo competitivo.
c) Negociación.
Evaluación de ofertas técnicas y económicas.
Adjudicación para la innovación.
Otorgamiento de la buena pro.

Por otro lado, se establece que la subasta inversa electrónica será utilizada para contratar bienes y servicios comunes que cuenten con ficha técnica. La obligatoriedad u opcionalidad de este procedimiento será definida por Perú Compras en el documento que apruebe cada ficha técnica.

En estos casos, no se podrán incluir requisitos de calificación adicionales o diferentes a los establecidos en la ficha técnica o en los documentos complementarios, salvo que la normativa específica del objeto convocado lo exija.

Adicionalmente, el reglamento señala que las contrataciones directas con un proveedor, bajo procedimientos no competitivos, solo serán posibles cuando se configure alguno de los supuestos contemplados en el numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley General de Contrataciones Públicas, cumpliendo determinadas condiciones.

El Reglamento de la Ley N° 32069 consta de 13 títulos, 389 artículos, 14 Disposiciones Complementarias Finales, 22 Disposiciones Complementarias Transitorias, una Disposición Complementaria Derogatoria y 2 anexos.