El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, lunes 27 de Enero del 2025
DEFENSA
Delegación de oficiales de la Marina de Guerra del Perú participará en la 1° Asamblea General de la Organización Internacional de Ayudas a la Navegación Marítima a realizarse en Singapur
El Ministerio de Defensa autorizó el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Contralmirante Jorge Guillermo VIZCARRA FIGUEROA, identificado con CIP N° 00922146 y DNI Nº 43344639, y del Capitán de Corbeta Moacid FERALDO FREITAS, identificado con CIP N° 00097275 y DNI N° 43656153, para que participen en el Seminario de la Academia Mundial y en la 1° Asamblea General de la Organización Internacional de Ayudas a la Navegación Marítima (IALA), a realizarse en la ciudad de Singapur, República de Singapur, del 17 al 21 de febrero del 2025, así como autorizar su salida del país el 14 de febrero y su retorno el 23 de febrero del 2025.
De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 00080-2025-DE, la República del Perú es Estado Miembro de la IALA, y cuenta con participación activa en organismos internacionales como la Organización Hidrográfica Internacional (OHI) y la Organización Marítima Internacional (OMI), lo cual asegura la continuidad del compromiso del país con la comunidad marítima internacional.
Aprueban la creación del Consejo Local de Fomento Artesanal Distrital de Lurigancho, así como su Reglamento y el del Artesano Chosicano
La Municipalidad de Lurigancho-Chosica aprobó la regularización de la actividad artesanal en el distrito de Lurigancho - Chosica y su integración en sus diversas modalidades al desarrollo económico de la jurisdicción y, por ende, aprobó la creación del Consejo Local de Fomento Artesanal Distrital de Lurigancho (Colofar), mediante la Ordenanza N° 362-MDL.
A la par con la misma norma aprobó el Reglamento del Artesano Chosicano y del Consejo Local de Fomento Artesanal Distrital de Lurigancho, el cual consta de veinte (20) artículos y cinco (5) Disposiciones Transitorias y Finales.
Los artesanos, empresas de actividad artesanal, asociaciones de artesanos e instituciones privadas de desarrollo, vinculadas con el sector artesanal deberán de formalizar sus actividades e inscribirse en el Registro Local del Artesano (RLA), en un plazo de sesenta (60) días calendarios contados a partir de la vigencia de la citada ordenanza. Conozca la norma aquí
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