• SÁBADO 4
  • de abril de 2026

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Declaración Anual 2024: Consulta las fechas clave y evita multas por presentación tardía ante la SUNAT

Atención, contribuyentes.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ha aprobado los cronogramas de vencimientos para que los contribuyentes cumplan oportunamente con estas obligaciones, conforme a la Resolución de Superintendencia N.º 304-2024/SUNAT.

De esta manera, el cronograma de vencimientos para negocios y empresas iniciará el 26 de marzo y se extenderá hasta el 9 de abril de 2025, de acuerdo con el último dígito del RUC del contribuyente.




Asimismo, conforme a lo establecido en la Ley 31940, se ha ampliado el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual y el pago del Impuesto a la Renta para personas naturales y micro y pequeñas empresas (MYPE) que hayan obtenido ingresos anuales de hasta 1,700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), según el cronograma aprobado.




Como cada año, también estará disponible el archivo personalizado con información referencial, el cual deberá ser verificado, y en caso necesario, completado o modificado antes de su presentación ante la SUNAT. Este archivo estará disponible en las siguientes fechas:

a) Para personas naturales sin negocio: A partir del 31 de marzo de 2025, a través del Formulario Virtual N.º 709, el cual incluirá información sobre rentas, gastos, retenciones y pagos del impuesto, así como sobre las retenciones y pagos del ITF.

b) Para negocios o empresas: A partir del 17 de febrero de 2025, mediante el Formulario Virtual N.º 710 (Simplificado y Completo), que contendrá información sobre el saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto, así como el ITAN efectivamente pagado que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta del impuesto.