• DOMINGO 5
  • de abril de 2026

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Colegios privados deben avisar con 30 días si rechazan matrícula por deuda.¡Conoce más!

La medida fue adoptada tras comprobarse que el centro educativo no informó oportunamente a la madre de los menores sobre la negativa a matricularlos por tener deudas pendientes correspondientes a las pensiones del año escolar 2024.
 
Según lo establece el artículo 53.3 del Decreto Supremo 005-2021-MINEDU, los colegios privados deben comunicar que los alumnos no serán admitidos por falta de pago al menos 30 días antes de finalizar el año escolar. Sin embargo, el colegio Alexander Von Humboldt notificó a la denunciante recién el 16 de enero último.
 
De acuerdo con la medida cautelar, el colegio tiene un plazo improrrogable de un día hábil para proceder con la matrícula de los menores y proteger la continuidad del servicio educativo en beneficio de los estudiantes, evitando cualquier perjuicio en su formación escolar.
 
Si el colegio no acata la disposición, podría recibir una multa no menor a 3 unidades impositivas tributarias (UIT).