• MIÉRCOLES 8
  • de abril de 2026

Derecho

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¿Te negaron un crédito? Ahora puedes pedir una explicación con la nueva Ley 32294

Según la norma modificatoria, aprobada por el Congreso de la República, las empresas del sistema financiero, tras evaluar una solicitud crediticia que sea rechazada, deberán informar, a solicitud del solicitante, de manera expresa y a través de cualquiera de los canales previamente establecidos para la comunicación con el mismo, los motivos que impidieron una calificación positiva de la solicitud.

Sin embargo, esta obligación de informar no aplica cuando la denegatoria se debe a consideraciones relacionadas con el perfil del solicitante, fundamentadas en la aplicación de normas prudenciales emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), conforme al artículo 85° de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.