• DOMINGO 17
  • de mayo de 2026

Derecho

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DERECHO

El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, domingo 13 de abril del 2025

PRODUCE

Actualizan disposiciones referidas a las acciones de fiscalización en las actividades pesqueras y acuícolas 

El Ministerio de la Producción (Produce) actualizó las disposiciones referidas a la acciones de fiscalización en las actividades pesqueras y acuícolas para garantizar la preservación, sostenibilidad y aprovechamiento responsable de los recursos o productos hidrobiológicos, así como para fortalecer el ejercicio de la potestad sancionadora para disuadir presuntas conductas infractoras.

Fue mediante la modificación del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE.

De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 006-2025-PRODUCE se modifican el artículo 132° y los
numerales 3, 5, 6, 9, 10, 11, 12, 13, 17, 18, 21, 22, 26, 27, 31, 33, 34, 36, 37, 39, 40, 42, 43, 53, 54, 58, 63, 65,68, 71, 72, 75, 76, 79, 80, 85, 89, 90, 92, 101, 103, 110,111 y 112 del artículo 134° del Reglamento de la Ley General de Pesca.

Asimismo, se modifican el artículo 34°, el numeral 35.1 del artículo 35°, los literales a), b) y c) de los numerales 36.1 y 36.2 del artículo 36°, el numeral 38.2 del artículo 38°, el numeral 3 del artículo 43°, el numeral 2 del artículo 44° del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas.

A la par, se incorporan el numeral 126.2 en el artículo 126° y los numerales 3-A, 3-B, 5-A, 5-B, 26-A, 64-A y 85-A en el artículo 134° del Reglamento de la Ley General de Pesca.

También se incorporan los incisos 34.1.1., 34.1.2., 34.1.3., el numeral 34.1 y el numeral 34.2 en el artículo 34°, el primer párrafo en el artículo 36°, los literales a), b) y c) en el numeral 36.3 del artículo 36°, el numeral 6 en el artículo 44°, el numeral 48.11 en el artículo 48°, el numeral 49.12 en el artículo 49°, y los numerales 54.4 y 54.5 en el artículo 54° del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas.

Con ello se establece, por ejemplo, que las infracciones se clasifican como Muy Graves, Graves y Leves. Su determinación deberá fundamentarse según los grados de afectación a la conservación, preservación y sostenibilidad de los recursos o productos hidrobiológicos, su potencialidad o certeza del daño en la extensión de sus efectos, en el incumplimiento de la normatividad sobre la materia y en otros criterios que puedan ser definidos de acuerdo a la normativa vigente. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban el Manual de  Operaciones del Programa Agua Segura para Lima y Callao

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó el Manual de Operaciones del Programa Agua Segura para Lima y Callao, mediante la Resolución Ministerial N° 109-2025-VIVIENDA.

El  documento guía, que consta de tres (3) títulos, treinta (30) artículos y un (1) Anexo, se remitirá a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros el Manual de Operaciones del Programa Agua Segura para Lima y Callao en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de aprobado.

En ese contexto, se dispone su publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en la sede digital del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda) y en la sede digital del Programa Agua Segura para Lima y Callao (https://www.gob.pe/programa-agua-segura-para-lima-y-callao).
Conozca la norma aquí


BANCO CENTRAL DE RESERVA
Presidente del BCR participará en reuniones del FMI y el BM a realizarse en Estados Unidos

El presidente del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), Julio Velarde Flores participará en las próximas Reuniones de Primavera del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Banco Mundial (BM) y reuniones conexas, tales como las reuniones del Grupo Intergubernamental de los Veinticuatro (G-24) y la Reunión Plenaria del Comité Monetario y Financiero Internacional
del FMI (IMFC), que se llevarán a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 21 al 27 de abril del 2025.

Asimismo, asistirá a la primera edición del Peru Summit, donde expondrá sobre la importancia de la estabilidad macroeconómica para el crecimiento desde la experiencia de Perú; y participará en  la reunión del Consejo Consultivo de las Américas (CCA) del Banco de Pagos Internacionales
(BIS) con representantes del sector privado. Ambas reuniones tendrán lugar en Nueva York, los días 21 y 22 de abril del 2025, respectivamente.

Para tal efecto el BCRP aprobó la misión en el exterior de su presidente, Julio Velarde Flores, a la ciudad de Nueva York los días 21 y 22 de abril, y a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 22 al 26 de abril del 2025, mediante Resolución de Directorio Nº 0017-2025-BCRP-N. Conozca la norma aquí


ONPE
Aprueban versión actualizada de las “Instrucciones y disposiciones para el mantenimiento del orden y la protección de la libertad personal durante los procesos electorales, referéndum u otras consultas populares organizadas y ejecutadas por la ONPE”

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó la versión actualizada de las "Instrucciones y disposiciones para el mantenimiento del orden y la protección de la libertad personal durante los procesos electorales, referéndum u otras consultas populares organizadas y ejecutadas por la ONPE”, mediante la Resolución Jefatural N° 000053-2025-JN/ONPE.

De acuerdo con la nueva versión de dicho documento el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (CCFFAA), a través de sus Comandos Operacionales y Especiales, y la Policía Nacional del Perú (PNP), por medio de las Direcciones, Regiones y Frentes Policiales, darán un tratamiento especial a las zonas declaradas en estado de emergencia, de modo que se adopten las medidas de seguridad convenientes para garantizar el ejercicio del derecho al voto de los electores.

En el mismo sentido, el CCFFAA y la PNP deberán garantizar la seguridad del despliegue y repliegue del material electoral, de los locales de votación, del personal y de las instalaciones de los organismos electorales, y de ser el caso, 
la ONPE dictará medidas especiales que faciliten el ejercicio del sufragio, precisa el documento. Conozca la norma aquí

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