• DOMINGO 24
  • de mayo de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 11 al 17 de Mayo del 2025

Domingo 11 de Mayo del 2025


PODER EJECUTIVO
Aprueban el “Plan de Asistencia Técnica con enfoque territorial al Gobierno Subnacional en materias de modernización de la gestión pública para el año 2025”

El Poder Ejecutivo aprobó el “Plan de Asistencia Técnica con enfoque territorial al Gobierno Subnacional en materias de modernización de la gestión pública para el año 2025”, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 003-2025-PCM-SGP

Dicho plan vencerá el 31 de diciembre del 2025; debiendo la Subsecretaría de Administración Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) presentar un informe de evaluación dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su vencimiento.

El citado Plan de Asistencia Técnica es publicado en el Portal Web Institucional de la PCM (www.gob.pe/pcm). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Publican los objetivos, actividades, responsables y plazos, relacionados al Plan Multisectorial de la Zona Marino Costera 2025

El Ministerio del Ambiente (Minam) publicó los objetivos, actividades, responsables y plazos, relacionados al Plan Multisectorial de la Zona Marino Costera 2025, para la implementación de medidas interinstitucionales para la atención de la problemática generada, así como el seguimiento de las acciones de rehabilitación y recuperación ambiental de la zona marino costera afectada por el derrame de hidrocarburos, mediante Resolución Ministerial N° 00121-2025-MINAM.

La implementación del Plan Multisectorial de la Zona Marino Costera 2025, estará a cargo de las entidades públicas involucradas en su cumplimiento, en coordinación con las autoridades locales.

El Minam dispuso la publicación de dicho plan en su sede digital (www.gob.pe/minam). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA
Aprueban la Guía de Actuaciones Preparatorias y el Formato de Estrategia de Contratación

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la Guía de Actuaciones Preparatorias y el Formato de Estrategia de Contratación para las contrataciones públicas, mediante la Resolución Directoral N° 0018-2025-EF/54.01.

Las entidades contratantes que, a la emisión de esta Resolución, hayan realizado el análisis de la
estrategia de contratación conforme las disposiciones previstas en la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF, continuarán con sus procesos de contratación.

El MEF dispone la publicación de la “Guía de Actuaciones Preparatorias” y del “Formato de Estrategia de Contratación”, en su sede digital (www.gob.pe/mef). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Aprueban la Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico y Tratamiento de la Enfermedad de Membrana Hialina

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico y Tratamiento de la Enfermedad de Membrana Hialina, que se publica en la sede digital de este portafolio.

Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 328-2025/MINSA con la cual se deroga el numeral 6 del artículo 1° de la Resolución Ministerial Nº 1041-2006/MINSA, que aprueba la Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para la Atención del Recién Nacido con Enfermedad de Membrana Hialina.

El Minsa encarga a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la citada Guía en su sede digital. Conozca la norma aquí


ONPE
Aprueban el Reglamento para el Recuento de Votos, Conservación y Destrucción de
Cédulas de Sufragio


La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó el Reglamento para el Recuento de Votos, Conservación y Destrucción de Cédulas de Sufragio, mediante la Resolución Jefatural
N° 000075-2025-JN/ONPE.

Dicha norma reglamentaria tiene por objeto regular el flujo que deben seguir las cédulas de sufragio escrutadas (traslado, almacenamiento, conservación y destrucción), desde las mesas de sufragio, hasta el lugar destinado para su destrucción, en el ámbito del recuento de votos, durante los procesos electorales, referéndum y consultas populares que organiza y ejecuta la ONPE.

El citado reglamento consta de once (11) artículos y tres (3) disposiciones finales. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO
Disponen la publicación de la propuesta de “Lineamientos para el Control y Supervisión de Centros de Transformación Primaria, Depósitos, Lugares de Acopio y Centros de Comercialización de Productos y Subproductos Forestales Maderables al Estado Natural o con Transformación Primaria”
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del sábado 10 de Mayo del 2025)

El Ministerio de Desarrollo Agrario (Midagri) dispuso la publicación de la propuesta de “Lineamientos para el Control y Supervisión de Centros de Transformación Primaria, Depósitos, Lugares de Acopio y Centros de Comercialización de Productos y Subproductos Forestales Maderables al Estado Natural o con Transformación Primaria” en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) https://www.gob.pe/serfor por un plazo de quince (15) días calendario, a efectos de recibir los comentarios y/o aportes de las personas interesadas.

De acuerdo con la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000097-2025-MIDAGRI-SERFOR-DE los comentarios y/o aportes a la propuesta de “Lineamientos para el Control y Supervisión
de Centros de Transformación Primaria, Depósitos, Lugares de Acopio y Centros de Comercialización de Productos y Subproductos Forestales Maderables al Estado Natural o con Transformación Primaria”, deberán enviarse de acuerdo al formato establecido a la sede central
del SERFOR, ubicada en avenida Javier Prado Oeste Nº 2442, urbanización Orrantia, Magdalena del Mar, Lima, a sus Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre, o a la dirección electrónica serforpropone@serfor.gob.pe.

El Midagri encarga a la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, recibir, procesar y sistematizar los comentarios y/o aportes que se presenten. Conozca la norma aquí


JNE
Aprueban el Reglamento del Procedimiento aplicable a las actas observadas, actas con votos impugnados y actas con solicitud de nulidad en Elecciones Generales y de representantes peruanos ante el Parlamento Andino
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del sábado 10 de Mayo del 2025)

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el Reglamento del Procedimiento aplicable a las actas observadas, actas con votos impugnados y actas con solicitud de nulidad en Elecciones Generales y de representantes peruanos ante el Parlamento Andino, mediante la Resolución Nº 0180-2025-JNE.

La norma reglamentaria contiene las disposiciones para el tratamiento de las actas electorales
torales observadas, con votos impugnados y con solicitud de nulidad, identificadas por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales durante el cómputo de votos en las Elecciones Generales y de representantes peruanos ante el Parlamento Andino, desde que son identificadas por dichas oficinas descentralizadas hasta su resolución por parte de los Jurados Electorales Especiales (JEE) y, en caso de apelación, por parte del JNE.

En ese contexto, se establece -por ejemplo- que cuando los JEE adviertan que la observación registrada en el reporte de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) no puede ser subsanada mediante el cotejo con su ejemplar del acta, dispondrán –en decisión inimpugnable– que, por única vez, se proceda al recuento de votos con la finalidad de conservar la votación obtenida por las organizaciones políticas ante los supuestos que pudieran generar la
declaración de nulidad de la votación obtenida por una o más organizaciones políticas, la nulidad de la votación preferencial de uno o más candidatos de una determinada organización política o la nulidad del acta electoral. Conozca la norma aquí


JNE
Aprueban el Reglamento sobre Recuento de Votos
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del sábado 10 de Mayo del 2025)

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el Reglamento sobre Recuento de Votos mediante la Resolución Nº 0182-2025-JNE.

De esta manera, el JNE regula el tratamiento de las actas que requieran de recuento de votos para su contabilización, estableciendo que las medidas de seguridad que implemente la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) con relación a la cadena de custodia de los sobres lacrados con las cédulas de sufragio que contienen los votos serán materia de fiscalización.

En ese contexto, se establece que el recuento de votos constituye una vía posterior para que el Jurado Electoral Especial (JEE) realice un nuevo conteo de votos utilizando las cédulas de sufragio contenidas en el sobre lacrado remitido por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE). 

Dicho recuento de votos se realizará con la finalidad de conservar la votación obtenida por las organizaciones políticas ante los supuestos que pudieran generar la declaración de nulidad de la votación obtenida por una o más organizaciones políticas, la nulidad de la votación preferencial de uno o más candidatos de una determinada organización política o la nulidad del acta
electoral. Conozca la norma aquí


Lunes 12 de Mayo del 2025

MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Aprueban la versión actualizada de la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri),  por intermedio del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), aprobó la versión actualizada de la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, mediante la Resolución Jefatural Nº D000089-2025-MIDAGRI-SENASA-JN.

Dicha versión actualizada contiene la modificación de nombres, plazos y actualización de
costos de ciento noventa y nueve (199) servicios, además incorpora ochenta y tres (83) nuevos servicios, y elimina seis (06) servicios.

Los precios por los conceptos señalados en la Guía de Servicios estarán afectos al Impuesto General a las Ventas (IGV), de acuerdo al artículo 1° de la Ley Nº 27039, Ley que modifica el Decreto Legislativo Nº 821, Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al
Consumo, excepto en los casos en que constituyan parte de un procedimiento administrativo destinado a emitir un pronunciamiento del Senasa.

Con la citada resolución se dispone, además, la publicación de la versión actualizada de la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria en el portal institucional del Senasa
(www.gob.pe/senasa). Conozca la norma aquí


PRODUCE
Aprueban 7 Normas Técnicas Peruanas y textos afines sobre fertilizantes, confecciones, microestructura de los hierros fundidos, laboratorios clínicos, recipientes criogénicos y, gestión de la seguridad y salud en el trabajo

El Ministerio de la Producción (Produce), por intermedio del Instituto Nacional de Calidad (Inacal), aprobó 7 Normas Técnicas Peruanas y textos afines sobre fertilizantes, confecciones, microestructura de los hierros fundidos, laboratorios clínicos, recipientes criogénicos y, gestión de la seguridad y salud en el trabajo,  mediante la Resolución Directoral Nº 000009-2025-INACAL/DN.

A la par, deja sin efecto las versiones anteriores de 4 Normas Técnicas Peruanas sobre designación de la microestructura de la fundición de hierro, fertilizantes y confecciones. Conozca la norma aquí


Martes 13 de Mayo del 2025

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32332: Implementan la plataforma Denuncia Digital para el registro de denuncias digitales por delitos contra el patrimonio

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32332, Ley que implementa la plataforma Denuncia Digital para el registro de denuncias digitales por delitos contra el patrimonio.

Esta norma, aprobada por el Congreso de la República, tiene por objeto implementar la plataforma denominada Denuncia Digital, con el fin de permitir a los ciudadanos el registro de denuncias digitales por delitos contra el patrimonio para el inicio de los actos de investigación correspondientes, sin la necesidad de acudir de manera presencial a una unidad policial.

La plataforma Denuncia Digital estará a cargo de la Policía Nacional del Perú (PNP) y permitirá  -precisamente- registrar denuncias digitales por delitos contra el patrimonio para el inicio de los actos de investigación correspondientes.

La verificación de la identidad digital del denunciante se realizará mediante la Plataforma
Nacional de Identificación y Autenticación de la Identidad Digital (ID Perú).

Para efectos de la implementación de la plataforma Denuncia Digital será necesaria la interoperabilidad con las siguientes entidades públicas:

a) El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) que facilitará el acceso a la Plataforma Nacional de Identificación y Autenticación de la Identidad Digital (ID Perú) a la PNP para efectos de validar la identidad de los ciudadanos en la presentación de las denuncias digitales de la plataforma.
b) La Superintendencia Nacional de Migraciones que facilitará el acceso al Registro de Información Migratoria (RIM) para la identificación de ciudadanos peruanos y de extranjeros, así
como sus movimientos migratorios.

La plataforma Denuncia Digital brindará información al Ministerio Público sobre las denuncias
presentadas, previa coordinación con la PNP y en el marco de las competencias de dicho organismo.

La plataforma Denuncia Digital podrá utilizar la información que esté almacenada o haya sido
generada por otras entidades de la administración pública.

La PNP garantizará que toda entrega de información se realice cumpliendo los procesos de seguridad y de confidencialidad establecidos en las normas especiales sobre la materia.

La plataforma Denuncia Digital permitirá el registro de los requisitos formales establecidos en el numeral 1 del artículo 328° del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo N° 957, así como el lugar donde ocurrieron los hechos o el domicilio del denunciante, según corresponda, a fin de derivar la denuncia a la unidad policial correspondiente. 

El trámite de la denuncia digital seguirá el mismo procedimiento establecido en el Nuevo Código Procesal Penal. 

De acuerdo con la norma, la PNP tiene un plazo no mayor de ciento ochenta días calendario, contados a  partir de la entrada en vigor de la citada ley, para la implementación y la operatividad de la plataforma Denuncia Digital. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la organización y funcionamiento de los Municipios Escolares"

El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó aprobó la Norma Técnica denominada  “Disposiciones para la organización y funcionamiento de los Municipios Escolares”, mediante la Resolución Viceministerial N° 046-2025-MINEDU.

De esta manera, el Minedu establece las disposiciones para la organización y funcionamiento de los Municipios Escolares, en las Instituciones Educativas públicas y privadas de la Educación Básica Regular.

Dicho portafolio dispuso la publicación de la citada norma técnica en el Sistema de Información
Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Minedu (www.minedu.gob.pe). 


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Incorporan a las Sociedades Gestoras de Fondos de Inversión de Oferta Privada que no están bajo la supervisión de la Superintendencia del Mercado de Valores y a las Empresas de Factoring no comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, como sujetos obligados a informar a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú)

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) incorporó como sujetos obligados a informar a la UIF-Perú, conforme a lo previsto en el párrafo 3.3 del artículo 3 de la Ley N° 29038, Ley que incorpora la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-PERÚ) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a las siguientes personas jurídicas:

i) Las Sociedades Gestoras de Fondos de Inversión de Oferta Privada no supervisadas por la Superintendencia del Mercado de Valores y ii) Las Empresas de Factoring no comprendidas en el ámbito de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS). 

Las referidas empresas serán supervisadas en materia de prevención del lavado de activos (LA) y del financiamiento del terrorismo (FT) por la UIF-Perú, detalla el Decreto Supremo Nº 008-2025-JUS.

Por ende, las Sociedades Gestoras de Fondos de Inversión de Oferta Privada no supervisadas por la Superintendencia del Mercado de Valores y las Empresas de Factoring no comprendidas en el ámbito de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, tendrán la obligación de implementar un
sistema de prevención del LA/FT eficaz, que garantice la implementación de medidas preventivas para enfrentar la delincuencia y criminalidad organizada en el país, evitando que sean utilizadas para actividades de LA/FT. Conozca la norma aquí


SUSALUD
Disponen la publicación del proyecto de norma que aprueba la modificación de las “Disposiciones del Modelo de Transacción Electrónica del Proceso de Acreditación de Asegurados en el Aseguramiento Universal en Salud – Modelo ACREDITA SALUD”

La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) dispuso la publicación del proyecto de norma que aprueba la modificación de las “Disposiciones del Modelo de Transacción Electrónica del Proceso de Acreditación de Asegurados en el Aseguramiento Universal en Salud - Modelo ACREDITA SALUD”, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 034-2025-SUSALUD/S, en la dirección electrónica: http://www.gob.pe/susalud, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de los agentes usuarios y del público en general, durante el plazo de treinta (30) días calendarios. 

De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 057-2025-SUSALUD/S los comentarios, aportes u opiniones deberán ser enviados al correo electrónico: proyectodenormas@susalud.gob.pe.

La entidad supervisora encarga a la Intendencia de Normas y Autorizaciones la recepción, el procesamiento y sistematización de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten, a fin de evaluar y efectuar los ajustes correspondientes.  Conozca la norma aquí


PODER JUDICIAL
Presidenta del Poder Judicial participará en la XXII Edición de la Cumbre Judicial Iberoamericana, a realizarse en República Dominicana

La Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) autorizó el viaje de la señora Janet Ofelia Lourdes Tello Gilardi, Jueza titular de la Corte Suprema y Presidenta del Poder Judicial, del 14 al 16 de mayo del año en curso, para que participe en la XXII Edición de la Cumbre Judicial Iberoamericana, que se llevará a cabo en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana; concediéndosele licencia con goce de haber por las citadas fechas.

Esta edición de la mencionada cumbre permitirá el fortalecimiento de las relaciones de cooperación internacional e intercambio de experiencias de buenas prácticas, entre los países de Iberoamérica, detalla la Resolución Administrativa N° 000048-2025-P-CE-PJ. Conozca la norma aquí


PODER JUDICIAL
Aprueban la implementación del Proyecto Piloto “Oralidad en los Procesos de Tenencia y Régimen de Visitas” en los órganos jurisdiccionales de familia que operan bajo el modelo de despacho judicial corporativo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó la implementación del Proyecto Piloto “Oralidad en los Procesos de Tenencia y Régimen de Visitas” en los órganos jurisdiccionales de
familia que vienen operando bajo el modelo de despacho judicial corporativo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, mediante la Resolución Administrativa N° 000165-2025-CE-PJ.

Dicho órgano de gobierno del Poder Judicial encarga a la Gerencia General de este poder del Estado; así como a la Corte Superior de Justicia de La Libertad, en cuanto sea su competencia,
realizar las acciones administrativas necesarias correspondientes. Conozca la norma aquí


SBS
Autorizan la difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica el “Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público” y los Manuales de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público de Nivel 1, Nivel 2 y Nivel 3

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS) autorizó la difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica el “Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público” y los Manuales de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público de Nivel 1, Nivel 2 y Nivel 3, en la sede digital de la
de dicha superintendencia (www.sbs.gob.pe).

De acuerdo con la Resolución SBS N° 01739-2025 el plazo para que el público en general pueda remitir a la SBS sus comentarios y observaciones sobre el proyecto normativo será de 30 días
calendario, contado desde el día siguiente de la fecha de publicación de esta resolución. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32331: Fortalecen el derecho a la indemnidad sexual de los niños y los adolescentes
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 12 de Mayo del 2025)

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32331, Ley que fortalece el derecho a la indemnidad sexual de los niños y los adolescentes.

La norma, aprobada por el Congreso de la República, tiene por objeto fortalecer el derecho a la indemnidad sexual de los niños y los adolescentes, a fin de garantizar su desarrollo integral, su integridad y su dignidad en todos los ámbitos, incluyendo los espacios  públicos, educativos, recreativos, digitales y comerciales.

En esa medida se establece que los niños y los adolescentes tienen derecho a la indemnidad sexual, entendida como la protección frente a intromisiones, influencias o estímulos que puedan afectar su desarrollo psicosocial y su formación sexual hasta alcanzar la madurez suficiente para ejercer su libertad sexual de manera autónoma.

La protección de la indemnidad sexual abarcará todos los espacios donde los niños y los adolescentes pueden estar expuestos a situaciones de riesgo, incluyendo el ámbito familiar, educativo, recreativo, digital y cualquier otro entorno que pueda comprometer su bienestar
e integridad.

Será deber del Estado salvaguardar el derecho a la indemnidad sexual de los niños y los
adolescentes, adoptando medidas de prevención, protección, sanción y resarcimiento ante cualquier vulneración de este derecho, priorizando el interés superior del menor.

Por ende, las entidades del Estado, en todos sus niveles y según sus competencias, implementarán
procedimientos obligatorios para la prevención y atención de casos de vulneración de la indemnidad sexual, así mismo establecerán sanciones administrativas y penales cuando
corresponda.

En ese contexto, se prohíben el ingreso y el uso de los servicios sanitarios de uso público a toda persona cuyo sexo biológico no coincida con el sexo para el cual  se ha destinado el referido servicio, salvo en los siguientes casos excepcionales:

a) Acompañamiento o asistencia a un menor de doce años, a una persona adulta mayor o a
una persona con discapacidad.
b) Prestación de atención médica de emergencia o de asistencia en situaciones de riesgo para
la salud o la seguridad.
c) Actividades de custodia, mantenimiento o inspección.
d) Cumplimiento de disposiciones legales, reglamentarias o mandatos judiciales.

Los propietarios, los concesionarios y los administradores de edificaciones de uso público que, de acuerdo con el Reglamento Nacional de Edificaciones están obligados a proveer servicios sanitarios de uso público separados para niños, hombres, mujeres y personas con discapacidad, deberán garantizar la existencia de señalética clara, protocolos de uso de los servicios sanitarios y capacitación de su personal en materia de derechos del niño y adolescente.

Las municipalidades supervisan el cumplimiento de estas disposiciones.

A la par, la citada ley incorpora los numerales 4, 5 y 6 al segundo párrafo del artículo 183° del Código Penal, Decreto Legislativo N° 635, por lo que será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años el que muestra, vende o entrega a un menor de
dieciocho años, por cualquier medio, objetos, libros, escritos, imágenes, visuales o auditivas,
que por su carácter pueden afectar su desarrollo sexual. Asimismo el que cometa la conducta en presencia de un menor de edad o de una persona con discapacidad intelectual. 

También será reprimido con la misma pena cuando la conducta es realizada por quien tiene una posición de garante y el deber de custodia, protección o cuidado sobre un menor de edad o una persona en situación de especial vulnerabilidad y, cuando la conducta es realizada por un servidor
o funcionario público, docente o personal administrativo de una institución educativa.

En todos los casos se impondrá, además, la pena de inhabilitación conforme al artículo 36°, incisos 1, 2, 3, 4, 6, 8, 9, 10 y 11. Conozca la norma aquí


INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
Aprueban la “Directiva para la Organización, Ejecución y Evaluación de Simulacros en las Entidades de los Tres Niveles de Gobierno en el marco del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, para los años 2025-2027”
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 12 de Mayo del 2025)

El Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) aprobó la “Directiva para la Organización, Ejecución y Evaluación de Simulacros en las Entidades de los Tres Niveles de Gobierno en el marco del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, para los años 2025-2027”, mediante la Resolución Jefatural N° 000056-2025-INDECI/JEF INDECI.

A la par, dispuso la publicación del documento normativo en el Portal Institucional (www.indeci.gob.pe) y en la Intranet Institucional.

La Secretaría General remitirá copia de la citada resolución a la Dirección de Preparación y
a la Ofi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para su conocimiento y fines pertinentes. Conozca la norma aquí


Miércoles 14 de Mayo del 2025

MINCETUR
Disponen la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica el Reglamento para la categorización y calificación turística de restaurantes”

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) dispuso la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica el Reglamento para la categorización y calificación turística de restaurantes”, y su Exposición de Motivos, en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR (www.gob.pe/mincetur), para comentarios y sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas, dentro del plazo de treinta (30) días calendario.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 133-2025-MINCETUR los comentarios, aportes u opiniones sobre el citado proyecto deberán remitirse a la dirección electrónica: malfaro@mincetur.gob.pe dirigida a la Dirección de Normatividad y Calidad Turística de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo, órgano encargado de recibir, procesar, evaluar y consolidar los comentarios o sugerencias. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Declaran de interés del Ministerio de Energía y Minas la realización de la “27ª edición del World Mining Congress (WMC) 2026”, que se llevará a cabo del 24 al 26 de junio de 2026, en la ciudad de Lima

El Ministerio de Energía y Minas declaró de su interés la realización de la “27ª edición del World Mining Congress (WMC) 2026”, que se llevará a cabo del 24 al 26 de junio de 2026, en la ciudad de Lima, mediante la Resolución Ministerial N° 174-2025-MINEM/DM.

Esta declaración obedece a que dicho evento representa una oportunidad estratégica para consolidar el posicionamiento del Perú como un destino atractivo para la inversión minera, impulsar la innovación y sostenibilidad en la industria, y fortalecer la cooperación internacional e impulsar la innovación y sostenibilidad en materia minera.

Por ende, el interés del Ministerio de Energía y Minas se sustenta en tres ámbitos: i) participación institucional, representación de la entidad en la inauguración y sesiones clave del evento; ii) presencia en paneles y conferencias, intervención de autoridades y especialistas del citado portafolio en ponencias sobre política públicas, regulación minera, sostenibilidad y promoción de inversiones; y, iii) articulación con organismos internacionales, reuniones bilaterales con representantes del gobierno, organismos multilaterales y empresas mineras para fortalecer la
cooperación y atraer inversiones. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban el documento técnico denominado “Estrategia para mitigar la informalidad y siniestralidad en el transporte acuático en la Amazonía peruana al 2030"

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó el documento técnico denominado “Estrategia para mitigar la informalidad y siniestralidad en el transporte acuático en la Amazonía peruana al 2030”, mediante la Resolución Ministerial N° 255-2025-MTC/01.02

Dicho portafolio encarga a la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, en el marco de sus funciones, el seguimiento a la implementación de la “Estrategia para mitigar la informalidad y siniestralidad en el transporte acuático en la Amazonía peruana al 2030”.

Además, dispuso la publicación de la citada Estrategia en la sede digital del MTC
(www.gob.pe/mtc). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban “Lineamientos de Política para la Reducción de la Informalidad en la Prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Regular de Personas”

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó los “Lineamientos de Política para la Reducción de la Informalidad en la Prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Regular de Personas”, mediante la Resolución Ministerial Nº 262-2025-MTC/01.02.

Dichos lineamientos tienen como finalidad contribuir a la mejora de la prestación del servicio público de transporte terrestre regular de personas, para disminuir la competencia desleal por parte de los transportistas informales.

El MTC dispuso la publicación de los mencionados lineamientos en su sede digital (www.gob.pe/mtc). Conozca la norma aquí


Jueves 15 de Mayo del 2025

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Declaran haber lugar a la formación de causa penal contra el expresidente del Congreso y exjefe de Estado Francisco Sagasti Hochhausler y tres ex ministros de Estado por la presunta comisión de delitos

El Congreso de la República declaró haber lugar a la formación de causa penal contra el expresidente del Congreso y exjefe de Estado Francisco Sagasti Hochhausler por la presunta comisión del delito de abuso de autoridad, tipificado en el artículo 376° del Código Penal, mediante la Resolución Legislativa N° 010-2024-2025-CR Conozca la norma aquí

Asimismo, declaró haber lugar a la formación de causa penal contra los ex ministros del Interior Ismael Rubén Vargas Céspedes y José Manuel Antonio Elice Navarro por la presunta comisión del delito de abuso de autoridad, tipificado en el artículo 376° del Código Penal, mediante las Resoluciones Legislativas N° 011-2024-2025-CR, Conozca la norma aquí y N° 012-2024-2025-CR Conozca la norma aquí, respectivamente.

También el Parlamento declaró haber lugar a la formación de causa penal contra el exministro de Defensa Walter Edison Ayala Gonzales por la presunta comisión del delito de coacción, ilícito penal previsto en el artículo 151° del Código Penal; y, por la presunta comisión del delito de patrocinio ilegal, ilícito penal previsto en el artículo 385° del Código Penal, mediante la Resolución Legislativa N° 013-2024-2025-CR. Conozca la norma aquí


AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA
Disponen la publicación del proyecto de “Guía de contenido hídrico de los Estudios Ambientales”, en el portal institucional de la Autoridad Nacional del Agua

La Autoridad Nacional del Agua (ANA) dispuso la publicación del proyecto de “Guía de contenido hídrico de los Estudios Ambientales”, en su Portal Institucional (www.gob.pe/ana) mediante la Resolución Jefatural Nº 0096-2025-ANA.

Las personas interesadas podrán remitir sus observaciones, comentarios y/o aportes en un plazo de quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de dicha Resolución, al correo electrónico anahuin@ana.gob.pe; o, través de mesa de partes presencial de la sede central de la Autoridad Nacional del Agua, ubicada en la Calle Diecisiete Nº 355, Urbanización El Palomar, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, de lunes a viernes desde las 08:00 horas hasta las 16:30 horas, para lo cual se podrá utilizar el formato de aportes que se establece.

La Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos será la encargada de recibir, procesar y sistematizar las observaciones, comentarios y/o aportes que se presenten. Conozca la norma aquí


SUNARP
Aprueban el uso de la “Plataforma de Autenticación de la Identidad Digital Nacional ID-PERÚ” del RENIEC para el acceso al servicio gratuito “CONOCE AQUÍ"

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprobó el uso de la “Plataforma de Autenticación de la Identidad Digital Nacional ID-PERÚ” del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) para validar la identidad digital de los ciudadanos peruanos que accedan al servicio gratuito “CONOCE AQUÍ”,  mediante la Resolución de Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 00066-2025-SUNARP/SN.

La Plataforma Nacional de Identificación y Autenticación de la Identidad Digital (IDGOB.PE) permite autenticar en línea la identidad de una persona natural que tiene asignado un código único de identificación (CUI) o un código único de extranjero (CUE) y es gestionado por el RENIEC, entidad gestora de la identidad digital. En ese sentido, el RENIEC brinda la  “Plataforma de Autenticación de la Identidad Digital Nacional ID-PERÚ”.

En ese contexto, la Sunarp dispuso que la Oficina General de Tecnologías de la Información implemente las funcionalidades pertinentes en el servicio gratuito “CONOCE AQUÍ”, que permitan el uso del citado mecanismo.

El servicio gratuito “CONOCE AQUÍ”, permite acceder, de forma rápida y sencilla, a la
información contenida en las partidas registrales, a través del portal institucional de la Sunarp (www.gob.pe/sunarp), y con ello los ciudadanos puedan iniciar sus trámites registrales de inscripción y publicidad que requieran o, en su defecto, los actos extra registrales que consideren pertinentes Asimismo, este servicio cuenta con un mecanismo para la verificación de la identidad de los ciudadanos que acceden al mismo, el cual consiste en un proceso de validación de datos a través del servicio de RENIEC, donde el ciudadano debe indicar su número de documento nacional de identidad (DNI), la fecha de emisión y el código captcha (medida de seguridad) y en
los términos y condiciones de uso del servicio se detalla como obligación del usuario que accede al mismo, la prohibición de proporcionar a terceros su DNI u otro documento oficial de identidad para hacer uso del mismo.

A tono con ello, la Sunarp dispuso la ampliación de hasta cinco (05) consultas de partidas registrales por día respecto a cada ciudadano que, mediante su DNI y conforme al proceso de identificación digital, acceda al servicio gratuito “CONOCE AQUÍ”. Conozca la norma aquí


MINISTERIO PÚBLICO
Disponen la implementación de los Grupos de Fiscales Coordinados (GRUFICOR) como estrategia operativa del Ministerio Público para la investigación integrada de delitos cometidos por organizaciones criminales, que involucren delitos conexos y/o de especialidades múltiples

La Fiscalía de la Nación dispuso la implementación de los Grupos de Fiscales Coordinados (GRUFICOR) como estrategia operativa del Ministerio Público para la investigación integrada de delitos cometidos por organizaciones criminales, que involucren delitos conexos y/o de especialidades múltiples, mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1427-2025-MP-FN.

Para tal efecto dispuso también atribuir a la Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada la facultad de articular –a su propuesta o a solicitud debidamente fundamentada del fiscal provincial o supraprovincial especializado contra la criminalidad organizada– la conformación de los Grupos de Fiscales Coordinados (GRUFICOR), que estarán integrados por fiscales provinciales y fiscales adjuntos provinciales de otros subsistemas especializados (como lavado de activos, materia ambiental, trata de personas, corrupción de funcionarios, terrorismo, entre otros), de acuerdo con los requerimientos de cada caso en particular.

En ese contexto, la Fiscalía de la Nación precisa que la conformación de los GRUFICOR se realizará en el marco de investigaciones preliminares por delitos de criminalidad organizada, teniendo carácter temporal y limitado al desarrollo de actuaciones específicas, sin afectar las funciones ordinarias de los fiscales designados, quienes prestarán apoyo operativo de acuerdo con su especialidad.

A su vez, dispuso que las coordinaciones nacionales de los subsistemas especializados designen, previa solicitud de la Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, a los despachos fiscales para que, en adición a sus funciones, integren los GRUFICOR, garantizando su disponibilidad y compromiso con la investigación asignada.

El fiscal provincial o supraprovincial especializado contra la criminalidad organizada, en su calidad de encargado de la investigación, conducirá las actuaciones del GRUFICOR y se realizará las tareas según la especialidad de los fiscales designados, las que deberán ser programadas en coordinación con el o los fiscales provinciales especializados que lo integran, a fin de que presten apoyo operativo y aporten su experticia en las diligencias, que conforme a su especialidad se requiera; reconociéndose formalmente los logros obtenidos en las investigaciones.

En tanto la Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada podrá convocar a mesas de trabajo con los integrantes de las coordinaciones nacionales de los subsistemas especializados que integra el GRUFICOR, con el propósito de intercambiar conocimientos, experiencias y propuestas en el marco de una intervención conjunta, respetando los principios de unidad y jerarquía, lo que fortalecerá el trabajo fiscal en casos de alta complejidad de criminalidad organizada. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Oficializan autorización a la Presidenta de la República para que salga del país y participe en representación del Perú en la Misa Solemne de Inicio del Pontificado de Su Santidad el Papa León XIV, en la Ciudad del Vaticano, Estado de la Ciudad del Vaticano.´
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 14 de Mayo del 2025)

El Poder Ejecutivo publicó la Resolución Legislativa Nº 32333 que autoriza a la señora Presidenta de la República para salir del territorio nacional del 16 al 19 de mayo del 2025, con lo cual se oficializa la autorización de la Jefa de Estado a participar en la Misa Solemne de Inicio del Pontificado de Su Santidad el Papa León XIV, en la Ciudad del Vaticano, Estado de la Ciudad del Vaticano.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, el Poder Legislativo autorizó a la Presidenta de la República a salir del territorio nacional del 16 al 19 de mayo de 2025, con el objeto de participar en representación del Perú en la Misa Solemne de Inicio del Pontificado de Su Santidad el Papa León XIV, en la Ciudad del Vaticano, Estado de la Ciudad del Vaticano.

La Presidenta de la República se mantendrá a cargo del despacho de la Presidencia de la República empleando tecnologías digitales, las cuales adoptan los mecanismos de seguridad digital y la garantía de la seguridad de los medios a emplearse, en el marco de lo dispuesto en el artículo 8-A de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, incorporado por la Ley N° 31810, así como en la normativa vigente en materia de seguridad y confianza digital en el país.
Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Oficializan nombramiento del nuevo Presidente del Consejo de Ministros y de los nuevos Ministros de Estado
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 14 de Mayo del 2025)

El Poder Ejecutivo oficializó el nombramiento del señor Eduardo Melchor Arana Ysa, como Presidente del Consejo de Ministros mediante la Resolución Suprema N° 110-2025-PCM. 

A su vez, oficializó los nombramientos de los Ministros de Defensa (Resolución Suprema N° 111-2025-PCM), Economía y Finanzas (Resolución Suprema N° 112-2025-PCM); Interior (Resolución Suprema N° 113-2025-PCM); Justicia y Derechos Humanos (Resolución Suprema N° 114-2025-PCM); Educación ( Resolución Suprema N° 115-2025-PCM); Salud (Resolución Suprema N° 116-2025-PCM); Desarrollo Agrario y Riego (Resolución Suprema N° 117-2025-PCM); Trabajo y Promoción del Empleo (Resolución Suprema N° 118-2025-PCM); Producción (Resolución Suprema N° 119-2025-PCM); Comercio Exterior y Turismo (Resolución Suprema N° 120-2025-PCM); Energía y Minas (Resolución Suprema N° 121-2025-PCM); Transportes y Comunicaciones (Resolución Suprema N° 122-2025-PCM); Vivienda, Construcción y Saneamiento (Resolución Suprema N° 123-2025-PCM) y, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Resolución Suprema N° 124-2025-PCM).

Asimismo, el Poder Ejecutivo oficializó los nombramientos de los Ministros del Ambiente (Resolución Suprema N° 125-2025-PCM); de Cultura (Resolución Suprema N° 126-2025-PCM); de Desarrollo e Inclusión Social (Resolución Suprema N° 127-2025-PCM) y, de Relaciones Exteriores (Resolución Suprema N° 128-2025-PCM). Conozca las normas aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Modifican “Norma que regula el Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial” y convocan a Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica, correspondiente al año 2025
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 14 de Mayo del 2025)

El Ministerio de Educación (Minedu) convocó al Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, correspondiente al año 2025, el mismo que se llevará a cabo conforme con lo establecido en la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial, de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial”, aprobada por la Resolución Viceministerial Nº 077-2024-MINEDU y su modificatoria.

Fue mediante la Resolución Viceministerial Nº 048-2025-MINEDU con la cual también modificó la "Norma que regula el Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial".

En ese contexto, el Minedu aprobó el Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, correspondiente al año 2025, el mismo que queda redactado conforme al Anexo III de la citada Resolución. Conozca la norma aquí


Viernes 16 de Mayo del 2025

Día de la Guitarra Criolla: Un homenaje al legado musical peruano
El Congreso de la República del Perú publicó la Ley Nº 32334, que declara el 24 de marzo de cada año como el Día de la Guitarra Criolla. Esta fecha conmemora el nacimiento del destacado guitarrista Óscar Guillermo Avilés Arcos, reconocido por su invaluable aporte al desarrollo y difusión de la música criolla.

En el marco de esta celebración, el Ministerio de Cultura otorgará reconocimientos a artistas o agrupaciones que hayan contribuido de manera significativa a la promoción, ejecución, composición e investigación de la guitarra criolla, resaltando su papel como instrumento esencial de la música tradicional peruana.

Asimismo, el Ministerio de Cultura, en coordinación con el Ministerio de Educación, organizará actividades conmemorativas para valorar y difundir el legado musical de la guitarra criolla en todas sus expresiones y melodías.


Reorganización del PRONACEJ para fortalecer su seguridad e integridad

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) declaró en proceso de reorganización al Programa Nacional de Centros Juveniles (PRONACEJ) mediante la Resolución Ministerial N° 0162-2025-JUS. Así, con el objetivo de fortalecer la seguridad integral y la integridad institucional del PRONACEJ, se ha dispuesto la creación de un Grupo de Trabajo Sectorial temporal.

Este Grupo de Trabajo estará conformado por representantes del MINJUSDH, incluyendo al Viceministro de Justicia, quien lo presidirá, así como directores de áreas estratégicas como Asuntos Criminológicos, Desarrollo Normativo, Planeamiento, Asesoría Jurídica y la Oficina de Integridad. La participación será ad honórem, y en ausencia del presidente, la Secretaría Técnica dirigirá las sesiones. Además, el grupo contará con invitados de instituciones públicas y privadas cuando sea necesario.

Entre las principales funciones del Grupo de Trabajo se encuentran fortalecer la gestión de evaluación del personal de seguridad de los centros juveniles y de los servidores públicos vinculados, actualizando ejes estratégicos previamente establecidos en informes anteriores. Asimismo, se busca desarrollar propuestas normativas que fortalezcan la integridad institucional y diseñar procedimientos para la gestión de videovigilancia en los centros juveniles.

Otro objetivo clave es identificar puntos críticos y brechas en materia de seguridad integral dentro de los centros juveniles de diagnóstico y rehabilitación. El Grupo de Trabajo también tendrá la responsabilidad de actualizar los lineamientos estratégicos establecidos en resoluciones anteriores, enfocándose en la gestión y organización del PRONACEJ.

Al término de su vigencia, el Grupo de Trabajo deberá presentar un informe al Despacho Ministerial del MINJUSDH detallando el estado situacional de las funciones cumplidas. Esta reorganización busca garantizar la adecuada gestión y seguridad en los centros juveniles, promoviendo así una mayor integridad institucional.



Aprueban lineamientos para evaluación económica de vehículos en abandono

Mediante la Resolución Directoral Nº 004-2025-MTC/18, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó los “Lineamientos para la evaluación de la utilidad económica del vehículo declarado en abandono”. 
Estos lineamientos aplican a los vehículos que han ingresado a depósitos debido a medidas de embargo en forma de secuestro conservativo, dictadas en el marco de procedimientos de ejecución coactiva. Dichas medidas responden a sanciones derivadas de infracciones en transporte o tránsito terrestre.
Cabe destacar que los procesos de evaluación iniciados antes de la vigencia de esta resolución se regirán por los lineamientos establecidos en la Resolución Directoral Nº 005-2023-MTC/18. Esta normativa busca agilizar el proceso de chatarreo de vehículos abandonados, promoviendo una gestión más eficiente de los depósitos vehiculares.


Sábado 17 de Mayo del 2025

Ley Nº 32336: captación de menores para la comisión de delitos

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N° 32336, que modifica el Código Penal, Decreto Legislativo N° 635, para incorporar el delito de captación de menores de edad para la comisión de delitos.

Así, el nuevo artículo 129-Q señala que “el que, mediante violencia, amenaza u otras formas de coacción, abuso de poder o de situación de vulnerabilidad capte e induzca o instigue persuadiendo a un menor de edad para la comisión de delitos será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de doce años”.

“La pena será no menor de doce ni mayor de veinticinco años si el delito cometido o intentado tiene como objetivo actos de sicariato, robo agravado, tráfico ilícito de drogas o lo integra a una organización criminal”, precisa.

Además, subraya que “si el agente se vale de su posición, cargo o vínculo familiar que le otorgue particular autoridad sobre el menor de edad, la pena será de cadena perpetua”. Conozca la norma aquí.


Eten: reconocimiento como ciudad eucarística

La Ley N° 32337, que declara de interés nacional el reconocimiento como ciudad eucarística a la ciudad de Eten, distrito de Ciudad Eten. provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, publicó el Poder Ejecutivo.

La norma se publicó en el contexto del Decreto Ley N° 23211, que aprueba el “Acuerdo entre la Santa Sede y la República del Perú”, a fin de promover sus costumbres y el turismo local, y generar un impacto positivo en los sectores económicos relacionados con ese rubro. Conozca la norma aquí.


Ley N° 32338: inscripción del patrimonio cultural inmaterial de expresiones de Cusco, La Libertad, Junín y Moquegua en la Unesco 

El Congreso promulgó la Ley N° 32338, que declara de interés nacional el fortalecimiento de las acciones para la inscripción en las listas representativas del patrimonio cultural inmaterial de la humanidad de la Unesco de las expresiones que forman parte del patrimonio cultural de la nación de los departamentos de Cusco, La Libertad, Junín y Moquegua.

En la declaratoria figuran la Festividad de la Virgen de la Puerta de Otuzco (La Libertad); Festividad del Corpus Christi de Cusco (Cusco); y el género musical y danza sarawja de los distritos de Cuchumbaya, San Cristóbal y Carumas (Mariscal Nieto-Moquegua).

Se suman la danza huaylarsh wanka (Junín); la danza de la tunantada (provincia de Jauja-Junín); y danza guerrera de los shapish (provincia de Chupaca-Junín). Conozca la norma aquí.


Minedu: se formaliza declaración del 25 de mayo de cada año escolar como el Día de la Educación Inicial.

El Ministerio de Educación (Minedu) formalizó la declaración del 25 de mayo de cada año escolar como el Día de la Educación Inicial, así como su incorporación en el calendario cívico escolar, aprobado por la Resolución Directoral N° 3199-88-ED,.

La Resolución Ministerial N° 213-2025-Minedu dispuso también su incorporación en el calendario comunal, en caso corresponda, garantizando que la prestación de los servicios educativos en instituciones y programas educativos se realice de manera continua, sin suspensión de las actividades previstas para el proceso de enseñanza y aprendizaje.

La norma encarga a la Dirección General de Educación Básica Regular, por medio de la Dirección de Educación Inicial, a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, realizar las acciones conducentes para la difusión y conmemoración del Día de la Educación Inicial. Conozca la norma aquí.


Minjusdh: comisión ad hoc encargada del concurso para designar a los seis vocales del Tribunal Registral de la Sunarp

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) conformó la comisión ad hoc encargada del Concurso Público de Méritos para designar a seis vocales del Tribunal Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 0164-2025-JUS, integrarán ese grupo Víctor Hugo Rodríguez Mendoza, en representación del superintendente nacional de los Registros Públicos, quien la presidirá. 

Figuran también Michell Samaniego Monzón, en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y Abel Alejandro Rivera Palomino, titular de la Dirección Técnica Registral de la Sunarp.

Actuará como secretario técnico de la comisión ad hoc, Rafael Antonio Basurto Zapata, jefe de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la Sunarp, detalla la resolución. Conozca la norma aquí.

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