• VIERNES 3
  • de abril de 2026

Derecho

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Funcionalidad y eficiencia

Reglamentan declaratoria de emergencia ambiental

Documento busca canalizar y orientar intervención de instituciones.

El cuerpo normativo, que se oficializó mediante el Decreto Supremo N° 009-2025-Minam, tiene como finalidad también articular iniciativas multisectoriales, sinérgicas, descentralizadas, transversales y participativas.

Además, busca orientar y canalizar la intervención de las entidades públicas de todos los niveles de gobierno y las labores del titular de la actividad vinculada con la declaratoria de emergencia ambiental (DEA), de ser el caso.

Mecanismo

De acuerdo con el reglamento, la DEA es un mecanismo mediante el cual se materializa, en un ámbito geográfico determinado, la intervención coordinada y articulada de los diferentes niveles de gobierno y actores privados vinculados como consecuencia de un evento súbito y significativo que afecte la calidad ambiental o los ecosistemas, que pueda generar un riesgo para la salud de las personas.

La norma aclara que no constituirá una declaratoria de emergencia ambiental el evento recurrente o que no sea súbito o que se encuentre regulado en el marco jurídico de normativas específicas como los estados de emergencia por desastres naturales o peligro inminente; los estados de emergencia sanitaria; las emergencias por gestión y manejo de los residuos sólidos; los incendios en general o forestales; las declaratorias de emergencia hídrica; entre otros.

En su condición de autoridad ambiental nacional, el Minam se constituye en la autoridad competente que declara la emergencia ambiental y estará a cargo de la evaluación de las DEA, así como de la coordinación en su implementación y las acciones relativas a ese mecanismo, de ser el caso, recalca.

Mediante resolución ministerial, explica, el portafolio declarará la emergencia ambiental y aprobará el Plan Integrado de Acción Inmediata y de Corto Plazo (PIAI), en el que señalará el área de intervención y el plazo de duración de la DEA.

Las decisiones contarán con la previa evaluación de oficio o de petición de parte, y en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), el Ministerio de Salud (Minsa), los gobiernos regionales, comunas y otros.

Responsabilidades

Las entidades públicas que participan en la evaluación o la implementación de la DEA son las indicadas en el artículo 6 de la Ley N° 32106, señala el reglamento. Estas instituciones, en el contexto de sus competencias y bajo responsabilidad de su titular, prestarán el soporte técnico, informativo, de asesoramiento y logístico que les sea requerido para la DEA y efectuarán sus intervenciones con enfoque intercultural, considerando las características geográficas, ambientales, socioeconómicas, lingüísticas y culturales de la población. Cuando la implementación de la declaratoria de emergencia ambiental se circunscriba a un área de intervención ubicada en más de un gobierno regional, el Minam será responsable de la formulación, ejecución y seguimiento del PIAI.

Plazo

24 horas es el plazo para que el Minam pida al ente de fiscalización información sobre el evento ambiental.