El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, sábado 28 de junio del 2025
Veteranos de guerra: se establece atención preferente en establecimientos públicos y privados
El Gobierno publicó la Ley N° 32393, que modifica la Ley N° 30826, Ley del veterano de guerra y de la pacificación nacional, con la finalidad de incorporar el beneficio de la atención preferente para los comprendidos en la norma.
De esta manera, se precisa que los veteranos de guerra y de la pacificación nacional acreditados, conforme a lo estipulado en la ley, gozarán de atención preferente en establecimientos públicos y privados de atención al público
Los gobiernos locales promoverán que los establecimientos públicos y privados brinden atención preferente a los acreditados como veteranos de guerra y de la pacificación nacional.
En caso de que no cumplan con otorgar el beneficio de atención preferente, se aplicarán las disposiciones sobre multa y entidad competente, incluidas en los artículos 3 y 5 de la Ley N° 27408, que establece la atención preferente a mujeres embarazadas, niñas, niños, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad, advierte la ley. Conozca la norma aquí.
Minsa: modifican el Reglamento de la Ley N° 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud-SERUMS
El Reglamento de la Ley N° 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud (Serums), modificó el Ministerio de Salud (Minsa) con la finalidad de cambiar las competencias del citado portafolio y del Comité Central de Serums, entre otras, para mejorar el desarrollo del proceso.
Así, mediante Resolución Ministerial N° 428-2025/Minsa se precisa que los profesionales de la salud que no alcancen adjudicar una plaza Serums modalidad remunerada podrán participar en la adjudicación de plazas Serums modalidad equivalente (ad honorem), conforme a la oferta para cada proceso.
Los profesionales que adjudiquen una plaza equivalente deberán cumplir un horario de 18 horas semanales por un período de hasta 12 meses calendario.
La institución ofertante de plazas Serums en la modalidad equivalente proporcionará alimentación y movilidad local al profesional de la salud que adjudique una de sus plazas, en las fechas que realice su servicio, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal con la que cuente.
En caso de que la institución ofertante de plazas cuente con el servicio de alimentación o movilidad local, puede proporcionarlos de manera directa al profesional de la salud que adjudique una de sus plazas Serums en la modalidad equivalente, subraya la norma. Conozca la norma aquí.
Poder Judicial: magistrados se reunirán en la Corte Superior de Justicia de Tacna
El XIV Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial se llevará a cabo en la Corte Superior de Justicia de Tacna, dispuso el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ).
Al respecto, la Resolución Administrativa N° 0202-2025-CE-PJ modificó en este extremo la Resolución Administrativa Nº 000101-2025-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
La norma encarga a la Comisión Organizadora del XIV Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial, las coordinaciones necesarias para la organización del evento en la nueva sede. Conozca la norma aquí.
SAT-Lima: oficializan incorporación de denuncia virtual ante eventuales actos de corrupción
La Directiva para la Atención de Denuncias de Presuntos Actos de Corrupción en el Servicio de Administración Tributaria, aprobada con Resolución Jefatural N° 001-004-00004742, modificó la citada entidad con el fin de que se incorpore de manera oficial a la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano como el principal canal de recepción de estas acusaciones de los contribuyentes de Lima Metropolitana.
La Resolución de Gerencia General N° 286-004-00000145 señala que las formas de presentación de la denuncia serán tres: verbal o testimonial, escrita y virtual.
La primera procederá cuando el denunciante se apersone a la sede central del SAT (jirón Camaná N° 370-Cercado de Lima) ante la persona designada por el órgano encargado de ejercer la función de integridad con la finalidad de presentar su denuncia, en el horario de atención al ciudadano.
En la forma escrita, el vecino presentará su denuncia ante la mesa de partes presencial del SAT, en el horario de atención al ciudadano. A fin de garantizar la confidencialidad, será en sobre cerrado por iniciativa del denunciante; caso contrario el personal de mesa de partes procederá a su recepción y de manera inmediata la colocará en un sobre cerrado.
En ambos casos consignará en el sobre cerrado el siguiente texto “Denuncia confidencial”. Con la denuncia podrá presentarse la “Solicitud de medidas de protección al denunciante o testigo”, precisa la norma.
La denuncia virtual será aquella que se presenten en la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano, en este enlace web, indica. Conozca la norma aquí.