• MARTES 19
  • de mayo de 2026

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Ejecutivo define cuadros de efectivos de las Fuerzas Armadas para 2026: revisa la base legal

Mediante Decreto Supremo N.° 009-2025-DE.

La norma precisa que los detalles se encuentran contenidos en anexos clasificados como información secreta, dado que están directamente vinculados a la Seguridad Nacional. En tal sentido, su custodia recaerá en la Dirección de Personal Militar de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa.

El decreto supremo incluye cuatro anexos: el Cuadro Resumen de Efectivos de Personal Militar Operativos de las Fuerzas Armadas; y los cuadros específicos para cada institución: Ejército del Perú, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea del Perú.

Respecto al financiamiento, se indica que los gastos derivados de la aplicación de la norma se atenderán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa, a través de las Unidades Ejecutoras N.° 003 (Ejército), N.° 004 (Marina) y N.° 005 (Fuerza Aérea).

La aprobación de los cuadros de efectivos responde a lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, cuyo artículo 172 establece que el número de efectivos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional se fija anualmente por el Poder Ejecutivo. A su vez, el artículo 165 recuerda que la finalidad primordial de las Fuerzas Armadas es garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República.

El Ministerio de Defensa, en su rol de ente rector del sector, coordina estas disposiciones en el marco de sus funciones establecidas en la Ley de Organización y Funciones (Decreto Legislativo N.° 1134).