• SÁBADO 16
  • de mayo de 2026

Política

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Ejecutivo en pleno rechaza abuso de poder en el mp

Afectan la democracia y la gobernabilidad

Cuestiona allanamientos en vivienda de familiares de la Presidenta.

Este fue el mensaje emitido mediante un pronunciamiento conjunto de los ministros de Estado, efectuado en Palacio de Gobierno, tras la medida fiscal que se constituye como “agraviante del orden constitucional y que afecta la gobernabilidad y la democracia en nuestro país”.

“El Ejecutivo en pleno rechaza tajantemente este abuso de poder que se realiza desde el Ministerio Público que, con estas acciones, se está poniendo desde el lado del desgobierno, en contra de la Constitución, la democracia del Estado de derecho y de la institucionalidad, situación que como peruanos no debemos permitir”, dijo Arana.

Asimismo, refirió que “estos intentos de desestabilización no detendrán nuestro trabajo para lograr un país más justo, desarrollado y democrático”.

Afectación de derechos

Además, mencionó que el derecho a la inviolabilidad del domicilio se encuentra protegido por la Constitución y nuestro Código Penal, como en numerosos países, “en tanto su vulneración afecta directamente la intimidad y la seguridad de las personas”.

“El allanamiento, como acto procesal que faculta el ingreso forzoso y legítimo a un inmueble, constituye una excepción a dicho derecho fundamental”, refirió.

“A la luz de la medida de allanamiento solicitada por el Ministerio Público y autorizada por el Poder Judicial contra un miembro de la familia de la señora Presidenta de la República –y de similares acciones tomadas desmedidamente contra ministros de Estado, políticos y ciudadanos–, se advierte un uso desproporcionado de una medida excepcional, lo que trae consigo una seria afectación de derechos fundamentales amparados por la Constitución”, agregó el titular de la PCM.

De igual modo, indicó que en la aplicación excesiva de estas medidas excepcionales, que restringen derechos y libertades de los ciudadanos se muestran errores jurídicos inadmisibles, como la utilización de figuras inexistentes en nuestro ordenamiento, tal es el caso del denominado “tercero vinculado”.