Derecho
La Resolución Ministerial N° 01047-2025-DE precisa que conformarán el citado grupo de trabajo un representante del referido portafolio, que lo presidirá; además de los delegados de la Presidencia del Consejo de Ministros, así como de los ministerios de Relaciones Exteriores, del Interior y de Justicia y Derechos Humanos.
Se sumarán los representantes del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; del Ejército; de la Marina de Guerra del Perú; y de la Fuerza Aérea del Perú que, como los anteriores, contarán con un alterno y ejercerán sus funciones ad honorem.
Labor
El grupo de trabajo tendrá como funciones analizar el marco normativo relacionado con la soberanía nacional, a fin de identificar y diagnosticar la situación actual.
Además, establecer un plan de trabajo que contenga las acciones para la elaboración de la propuesta de un proyecto de ley de soberanía nacional; así como formular esta iniciativa y su correspondiente exposición de motivos, detalla la norma.
Para el cumplimiento de sus funciones, podrá acordar la conformación de subgrupos de trabajo, según sus necesidades. Asimismo, indica, las sesiones o reuniones se efectuarán de formas presencial, virtual o mixtas, mediante el uso de las herramientas de tecnologías de la información.
El grupo de trabajo se instalará en un plazo no mayor de diez días hábiles, contados a partir de la fecha.
Designación
Las entidades mencionadas designarán a sus representantes, titular y alterno, mediante documento dirigido a la secretaría técnica, en un máximo de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha, remarca la norma.
El grupo de trabajo, previo acuerdo de sus integrantes y mediante su secretaría técnica, podrá solicitar información, colaboración, asesoramiento y apoyo de otras instituciones públicas y/o privadas de los ámbitos nacional e internacional; así como de profesionales independientes que estimen necesarios para su labor.
Las entidades que lo conforman sujetarán el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
El grupo de trabajo contará con una vigencia de 60 días hábiles, contados a partir de la fecha. Cumplido ese lapso presentará el informe final al ministro de Defensa.