• MIÉRCOLES 13
  • de mayo de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 7 al 13 de Setiembre del 2025


Domingo 7 de Setiembre del 2025

MINISTERIO DE SALUD
Establecen la segunda semana de Setiembre de cada año como la “Semana de concientización del cáncer infantil”

El Ministerio de Salud (Minsa) estableció la segunda semana de Setiembre de cada año como la “Semana de concientización del cáncer infantil”, mediante la Resolución Ministerial Nº 588-2025/MINSA

La medida tiene como finalidad sensibilizar a la población de todo el país sobre la importancia de la identificación de signos o síntomas de cáncer infantil para que accedan oportunamente al diagnóstico temprano de la enfermedad, difundir el trabajo realizado por dicho portafolio en el país, en el marco de esta enfermedad y posicionar la problemática en la agenda pública.

El Minsa toma en cuenta que la Organización Panamericana de la Salud (OPS) / Organización Mundial de la Salud (OMS) establece, en su calendario de celebraciones de días de salud, el mes de Setiembre como el “Mes de la Concientización del Cáncer Infantil”, con el propósito de generar concientización sobre el cáncer infantil, el cual persiste como la principal causa de muerte por enfermedad en niños menores de 14 años. Conozca la norma aquí


ORGANISMO ESPECIALIZADO PARA LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS EFICIENTES
Aprueban publicación del proyecto de Directiva sobre el uso de la casilla electrónica en los actos y actuaciones administrativas de los procedimientos administrativos sancionadores a cargo del Tribunal de Contrataciones Públicas

El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) aprobó la publicación del proyecto de Directiva sobre el uso de la casilla electrónica en los actos y
actuaciones administrativas de los procedimientos administrativos sancionadores a cargo del Tribunal de Contrataciones Públicas, que incluye un Anexo, y su correspondiente exposición de motivos, así como el proyecto de Resolución de aprobación, en la sede digital de este organismo (www.gob.pe/oece), por el plazo de quince (15) días calendario, para recoger los comentarios, aportes u opiniones.

De acuerdo con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000053-2025-OECE-PRE los comentarios, aportes u opiniones al citado proyecto se recibirán mediante la Mesa de Partes del OECE, ubicada en Av. Punta del Este s/n Edificio “El Regidor” N° 108, Piso 1, Jesús María y la sección https://www.gob.pe/institucion/oece/colecciones/62325-proyectos-normativos-prepublicados de la sede digital del OECE.

La Dirección Técnico Normativa será la encargada de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí


Lunes 8 de Setiembre del 2025

MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Declaran el tercer viernes del mes de octubre de cada año como el Dia Nacional de los Picarones

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) declaró el tercer viernes del mes de octubre de cada año como el Dia Nacional de los Picarones, mediante la Resolución Ministerial N° 0337-2025-MIDAGRI.

Una fecha que conmemore el Día Nacional de los Picarones generará beneficios económicos en los territorios donde se producen los insumos agrícolas para su elaboración, contribuyendo así a la generación de ingresos, empleo y arraigo de la población, en concordancia con el rol del
Midagri, refiere la norma.

Los picarones tienen como base insumos agrícolas el camote, zapallo, quinua, kiwicha, papa, miel de chancaca, cacao, entre otros, que constituyen producidos principalmente por pequeños productores de la costa, sierra y selva.

En ese medida, la citada declaratoria se vincula directamente con la promoción de la agricultura familiar, objetivo central de las políticas del Midagri, precisa la citada resolución.

Además, se dispone la promoción comercial de insumos agropecuarios vinculados al desarrollo y consolidación de la gastronomía peruana, a fin de impulsar su demanda en beneficio de los productores agrarios y como parte de la política sectorial. Conozca la norma aquí


GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA
Reconocen a la Comunidad Campesina de San Benito, del distrito de San Benito, provincia de Contumazá, como la Primera Comunidad Campesina en Producción de Uva de la Región Cajamarca

El Gobierno Regional de Cajamarca reconoce a la Comunidad Campesina de San Benito, del distrito de San Benito, provincia de Contumazá, como la Primera Comunidad Campesina en Producción de Uva de la Región Cajamarca, mediante la Ordenanza Regional Nº D8-2025-GR.CAJ/CR.

En ese contexto, se encarga a la Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, evaluar y proceder con la emisión de la resolución correspondiente para que se Declare al Centro Poblado de Jaguey, perteneciente a la Comunidad Campesina de San Benito, como la Capital de la Vendimia Cajamarquina, institucionalizando su celebración el 24 de junio de cada año. Conozca la norma aquí


Martes 9 de Setiembre del 2025

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley Nº 32432: Homologan la bonificación adicional mensual de los jueces titulares del Poder Judicial a los fiscales titulares del Ministerio Público

El Congreso de la República publicó la Ley Nº 32432, Ley que homologa la bonificación adicional mensual de los jueces titulares del Poder Judicial, dispuesta en la Ley N° 32164 a los fiscales titulares del Ministerio Público, en reconocimiento de la igualdad de derechos establecida en el artículo 158° de la Constitución Política del Perú.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Poder Legislativo por insistencia, son beneficiarios de la bonificación adicional mensual los fiscales adjuntos supremos titulares, los fiscales superiores titulares, los fiscales adjuntos superiores titulares, los fiscales provinciales titulares y los fiscales adjuntos provinciales titulares del Ministerio Público.

Los fiscales adjuntos supremos y los fiscales superiores titulares recibirán una bonificación adicional mensual equivalente al 80 % del valor de cuatro y media unidades de ingreso del
sector público (4.5 UISP); los fiscales adjuntos superiores y los fiscales provinciales titulares,
equivalente al 62 % del valor de cuatro y media unidades de ingreso del sector público (4.5 UISP); y los fiscales adjuntos provinciales titulares, equivalente al 40 % del valor de cuatro
y media unidades de ingreso del sector público (4.5 UISP)

La bonificación adicional mensual no tiene carácter remunerativo, no estará afecta a cargas
sociales y no es de naturaleza pensionable ni forma parte de los beneficios laborales. Asimismo, no constituirá base de cálculo para la compensación por tiempo de servicios (CTS) ni para ninguna otra bonificación, asignación o entrega. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Aprueban Reglamento de la Ley que promueve el uso de la inteligencia artificial en favor del desarrollo económico y social del país

El Poder Ejecutivo publicó el Decreto Supremo N° 115-2025-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31814, Ley que promueve el uso de la inteligencia artificial en favor del desarrollo económico y social del país.

La norma reglamentaria tiene por finalidad fomentar e impulsar el desarrollo y uso de la
Inteligencia Artificial por parte de las entidades públicas, organizaciones del sector privado, la sociedad civil, ciudadanía y la academia.

Asimismo, promover el uso seguro, responsable y ético de sistemas basados en Inteligencia Artificial, garantizando el respeto de los derechos humanos en el territorio nacional
consagrados en la Constitución Política del Perú y en los tratados internacionales de los que el Perú es parte.

También establecer disposiciones para que el desarrollo, implementación y uso de sistemas basados en Inteligencia Artificial se realice de manera segura, ética, sostenible, transparente, replicable, responsable e inclusiva.

La Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD) promoverá y articulará con las
entidades de la Administración Pública, organizaciones de la sociedad civil, la academia y el sector privado, la identificación y provisión de cursos, programas, talleres y otras modalidades formativas para crear capacidades en Inteligencia Artificial (IA), mediante la Plataforma Nacional de Talento Digital.

Además, la SGTD articulará con el Ministerio de Educación (Minedu) la promoción del uso responsable, ético, transparente e inclusivo de la IA para desarrollo de las competencias estudiantiles en el marco del Currículo Nacional de la Educación Básica, con el objetivo de preparar al estudiantado para el futuro digital promoviendo la igualdad y cierre de brechas. Asimismo, se promoverá la formación del personal docente en IA y tecnologías digitales para su aprovechamiento pedagógico en las instituciones educativas públicas y privadas. 

En ese contexto, la SGTD, elaborará la propuesta de la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA) al año 2030, con participación de las entidades de la Administración Pública, organizaciones del sector privado, la sociedad civil, la academia y otros actores relevantes para una sociedad digital.

El Reglamento de la Ley Nº 31814, Ley que promueve el uso de la inteligencia artificial en favor del desarrollo económico y social del país, consta de seis (06) títulos, treinta y seis (36) artículos y seis (06) disposiciones complementarias finales.

Entrará en vigencia a partir de los noventa (90) días hábiles siguientes de su publicación en el Diario Oficial El Peruano con excepción de su Primera, Segunda, Cuarta y Quinta Disposiciones
Complementarias Finales, las cuales entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Conozca la norma aquí


SUNEDU
Disponen la publicación del proyecto de modificación del “Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos”, y su exposición de motivos

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) dispuso la publicación en el Portal Institucional de la Sunedu (www.sunedu.gob.pe) del proyecto de modificación del “Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos”, y su exposición de motivos, a fin de recoger las opiniones, comentarios y aportes de los agentes interesados y de la ciudadanía.

De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 039-2025-SUNEDUse dispone que el plazo para que los interesados puedan remitir a la Sunedu sus opiniones, comentarios y/o aportes sobre el proyecto de modificación del “Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos”, y su exposición de motivos es de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la citada resolución de superintendencia.

Además, se dispone que las opiniones, comentarios y/o aportes se remitan a la Dirección Técnico Normativa Superior Universitaria de la Sunedu, mediante la mesa de partes ubicada en la calle Aldabas 337, Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima (de 08:00 horas a las 16:30 horas), mediante la siguiente dirección electrónica: notificaciones-dirtensu@sunedu.gob.pe, o en el siguiente enlace: https://forms.offi ce.com/r/8tf4SzenRm.

La Dirección Técnico Normativa Superior Universitaria de la Sunedu se encargará de recibir, procesar, evaluar e incluir, de ser el caso, las opiniones, comentarios y aportes que se reciban
sobre el proyecto de modificación del “Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos”, y su exposición de motivos, a efectos de elaborar el texto definitivo del citado instrumento normativo. Conozca la norma aquí


SUNEDU
Disponen la publicación del proyecto de modificación del “Reglamento del Reconocimiento de Grados y/o Títulos otorgados en el extranjero”, y su exposición de motivos

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) dispuso la publicación en el Portal Institucional de la Sunedu (www.sunedu.gob.pe) del proyecto de modificación del “Reglamento del Reconocimiento de Grados y/o Títulos otorgados en el  extranjero”, y su exposición de motivos, a fin de recoger las opiniones, comentarios y aportes de los agentes interesados y de la ciudadanía.

De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 040-2025-SUNEDU se dispone que el plazo para que los interesados puedan remitir a la Sunedu sus opiniones, comentarios y/o aportes sobre el proyecto de modificación del “Reglamento del Reconocimiento de Grados y/o Títulos otorgados en el extranjero”, y su exposición de motivos es de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de dicha resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Además, se dispone que las opiniones, comentarios y/o aportes se remitan a la Dirección Técnico Normativa Superior Universitaria de la Sunedu, mediante la mesa de partes ubicada en la calle Aldabas 337, Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima (de 08:00 horas a las 16:30 horas), mediante la siguiente dirección electrónica: notifi caciones-dirtensu@sunedu.gob.pe, o en el siguiente enlace: https://forms.offi ce.com/r/8tf4SzenRm.

También se dispone que la Dirección Técnico Normativa Superior Universitaria de la Sunedu se
encargue de recibir, procesar, evaluar e incluir, de ser el caso, las opiniones, comentarios y aportes que se reciban sobre el proyecto de modificación del “Reglamento del Reconocimiento de Grados y/o Títulos otorgados en el extranjero”, y su exposición de motivos, a efectos de elaborar el texto definitivo del citado instrumento normativo. Conozca la norma aquí


PODER JUDICIAL
Aprueban la Guía denominada “Funcionamiento del Centro de Comando y Monitoreo Jurisdiccional del Poder Judicial” – Versión 001

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó la Guía denominada “Funcionamiento del Centro de Comando y Monitoreo Jurisdiccional del Poder Judicial” - Versión 001, mediante la Resolución Administrativa N° 000326-2025-CE-PJ.

El documento orientador establece las pautas generales para el funcionamiento, administración y uso del Centro de Comando y Monitoreo Jurisdiccional del Poder Judicial, como infraestructura
estratégica para reuniones de coordinación, monitoreo y/o análisis de información jurisdiccional y administrativa, de manera presencial o mediante video conferencia para las operaciones jurisdiccionales o para la toma de decisiones estratégicas en el Poder Judicial (PJ).

El CEPJ dispuso la publicación de la citada guía en el Portal Institucional del PJ 
(www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento. Conozca la norma aquí


Miércoles 10 de Setiembre del 2025

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32433: Fijan directriz aplicable al proceso presupuestario para la Ley de Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2026

En el año 2025, en el proceso presupuestario para la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, en las fases de programación, formulación presupuestaria y aprobación presupuestaria, no serán tomados en cuenta los recursos a los que hace referencia el numeral 15.3 del artículo 15 relativo a los Recursos Directamente Recaudados y el numeral 1 de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería.

Esto, en aplicación de la Ley N° 32433, Ley que deroga el numeral 15.3 del artículo 15 y el numeral 1 de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería.

De acuerdo con la norma derogatoria publicada y aprobada por el Congreso de la República por insistencia, se deroga a partir del 1° de enero del 2026 el numeral 15.3 del artículo 15 y el numeral 1 de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Aprueban Plan Nacional Multisectorial para la lucha contra el cáncer 2025 - 2030

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó el Plan Nacional Multisectorial para la lucha contra el cáncer 2025 - 2030, mediante Decreto Supremo Nº 016-2025-SA. 

De esta manera dicho portafolio busca contribuir a la mejora de la calidad de vida de las personas afectadas por cáncer, incrementando la sobrevida, reduciendo la mortalidad prematura y promoviendo su reinserción familiar, social y laboral, mediante acciones estratégicas multisectoriales que integren los principios de interculturalidad, equidad y enfoque de derechos, abarcando la promoción de la salud, prevención, diagnóstico temprano, tratamiento integral, rehabilitación, seguimiento y cuidados paliativos.

El Minsa dispone la publicación del citado Plan en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en las sedes digitales del referido ministerio (www.gob.pe/minsa), del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), del Ministerio de la Mujer y poblaciones vulnerables (www.gob.pe/mimp), del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda) y del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Aprueban criterios que deben cumplirse simultáneamente para la incorporación de Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención al Listado Nacional de Establecimientos de Salud Estratégicos

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó criterios que deben cumplirse simultáneamente para la incorporación de Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención al Listado Nacional de Establecimientos de Salud Estratégicos aprobado por Resolución Ministerial N° 632-2012/MINSA.

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 601-2025/MINSA dichos criterios son: Integrar una Red Integral de Salud (RIS) conformada; Tener horario de atención de 12 o 24 horas; y Tener una cartera de servicios de salud que incluya prestaciones de salud brindadas por profesional médico especialista en la modalidad de oferta fija, que responda a las necesidades de salud para garantizar una atención integral, continua y con capacidad resolutiva de la RIS.

La Autoridad Regional de Salud presentará al Minsa el listado de Establecimientos de  Salud de su ámbito territorial que cumplen con estos criterios, para su designación como Establecimientos de Salud Estratégicos. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Declaran en emergencia el Servicio de Transporte Terrestre en el Tramo 3 de la Ruta Nacional PE-5SA: PUERTO OCOPA – ATALAYA (entre las progresivas km 92+000 – km 140+000), de la Red Vial Nacional no concesionada

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) declaró en emergencia el Servicio de Transporte Terrestre en el Tramo 3 de la Ruta Nacional PE-5SA: PUERTO OCOPA - ATALAYA (entre las progresivas km 92+000 - km 140+000), de la Red Vial Nacional no concesionada, debido al pésimo estado de la superficie de la estructura del pavimento.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 626-2025-MTC/01.02 se dispone que el Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL ejecute las intervenciones que resulten necesarias con la finalidad de que, en el más breve plazo, se supere la restricción del Servicio de Transporte Terrestre en el Tramo 3 de la Ruta Nacional PE-5SA: PUERTO OCOPA - ATALAYA (entre las progresivas km 92+000 - km 140+000), de la Red Vial Nacional no concesionada. Conozca la norma aquí


INEI
Autorizan la ejecución de la “Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual” correspondiente a los años 2025 al 2028, en el país

El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) autorizó la ejecución de la “Encuesta Estadística Agroindustrial Mensual” correspondiente a los años 2025 al 2028, a nivel nacional, mediante la Resolución Jefatural Nº 171-2025-INEI.

Dicha encuesta será ejecutada por la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dirigidas a las empresas agroindustriales a nivel nacional que desarrollan las siguientes actividades productivas: 

a) Elaboración de alimentos balanceados para animales, además se incluye en esta clasificación a aquellas granjas avícolas, de porcinos y establos lecheros que elaboran su propio alimento para el abastecimiento de su planta.

b) Elaboración de molinos o piladoras de arroz; desmotadoras de algodón, plantas procesadoras de café pergamino y plantas tostadoras de café, procesadoras de embutidos y carnes
preparadas; molinos de trigo; plantas de fideos; plantas procesadoras de avena y derivados de cereales; plantas procesadoras de quinua, derivados del cacao, derivados lácteos, leche evaporada, aceites y grasas comestibles, plantas procesadoras de palma aceitera, aceite de oliva,
aceite esencial de limón, malterías.

c) Elaboración de plantas procesadoras de tabaco, plantas agroindustriales de azúcar, plantas procesadoras de néctares y jugos de frutas, plantas procesadoras de espárragos, de alcachofa, procesadoras de páprika, plantas procesadoras de palmito, plantas procesadoras y conservadoras conserveras de frutas, legumbres y hortalizas, (incluye fundos que procesan o empacan), centro de faenamiento de ganado y centro de faenamiento de ave.

En ese contexto se aprueba el “Formulario de Estadística Agroindustrial Mensual”. Conozca la norma aquí


SUNAT
Disponen publicación del proyecto de resolución de superintendencia que modifica el Instructivo “Declaración aduanera de mercancías (DAM)” DESPA-IT.00.04 (versión 2) y su exposición de motivos

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que modifica el Instructivo “Declaración aduanera de mercancías (DAM)” DESPA-IT.00.04 (versión 2) y su exposición de
motivos en la sede digital de dicha superintendencia (www.sunat.gob.pe), por el plazo de quince (15) días calendario, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de los operadores y del
público en general.

De acuerdo con la Resolución de Superintendencia Nº 000282-2025/SUNAT los comentarios, aportes u opiniones de los operadores y del público en general podrán ser presentados en las unidades de recepción documental de la Sunat y en la Mesa de Partes Virtual-SUNAT; o, enviados a la siguiente dirección de correo electrónico: Larroyoo@sunat.gob.pe, con indicación del proyecto normativo. 

La Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera estará a cargo de su recepción, sistematización y análisis. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban el Lineamiento N° 002-2025-VIVIENDA-DM, denominado “Lineamientos
técnicos y operativos para la distribución gratuita de agua potable a ollas comunes y comedores populares”
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 9 de Setiembre del 2025)

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó el Lineamiento N° 002-2025-VIVIENDA-DM, denominado “Lineamientos técnicos y operativos para la distribución gratuita de agua potable a ollas comunes y comedores populares”, mediante la Resolución Ministerial N° 235-2025-VIVIENDA.

Dicho portafolio dispuso la publicación de los lineamientos en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda).

El Programa Agua Segura para Lima y Callao y el Programa Nacional de Saneamiento Urbano, se encargarán en el marco de sus respectivos ámbitos de intervención, la evaluación técnica de las solicitudes de financiamiento que presenten las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento para efectos de la distribución gratuita de agua potable mediante camiones cisterna. Conozca la norma aquí


ONPE
Conforman 14 Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales encargadas de organizar las Elecciones Primarias de las Elecciones Generales 2026
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 9 de Setiembre del 2025)

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) conformó catorce (14) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) encargadas de organizar las Elecciones Primarias de las Elecciones Generales 2026, mediante la Resolución Jefatural N° 000141-2025-JN/ONPE.

En ese contexto, se otorga a la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, la facultad de delegar en las ODPE que se detallan en dicha resolución, la realización de todo acto administrativo y/o de gestión que sea necesario para la organización eficiente y ejecución de las Elecciones Primarias de las Elecciones Generales 2026. Conozca la norma aquí


Jueves 11 de Setiembre del 2025

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32435: Declaran de interés nacional la culminación de la reconstrucción de la infraestructura, la modernización y el equipamiento del centro de atención primaria Melitón Salas Tejada, así como la culminación de las obras del servicio de emergencia del Hospital III Yanahuara en el departamento de Arequipa

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32435, Ley que declara de interés nacional la culminación de la reconstrucción de la infraestructura, la modernización y el equipamiento del centro de atención primaria Melitón Salas Tejada, así como la culminación de las obras del servicio de emergencia del Hospital III Yanahuara de la Red Asistencial Essalud, ubicados en el departamento de Arequipa.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, dicha declaratoria tiene por finalidad que el Estado garantice y mejore los servicios de los referidos establecimientos de salud. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32436: Declaran de interés nacional la restauración, protección, conservación, puesta en valor y promoción de la casa del coronel José Joaquín Inclán González-Vigil, ubicada en el distrito de Calana, provincia de Tacna, departamento de Tacna

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32436, Ley que declara de interés nacional la restauración, protección, conservación, puesta en valor y promoción de la casa del coronel José Joaquín Inclán González-Vigil ubicada en el distrito de Calana de la provincia de Tacna
del departamento de Tacna. 

Para tal fin, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Gobierno Regional de Tacna y la Municipalidad Provincial de Tacna realizarán las coordinaciones en el contexto de sus competencias y atribuciones, detalla la norma aprobada por el Congreso de la República. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32437: Ley de Riego Tecnificado

El Congreso de la República publicó la Ley N° 32437, Ley de Riego Tecnificado que tiene por objeto promover el uso eficiente del recurso hídrico a nivel parcelario mediante inversiones en riego tecnificado para el mejoramiento de sistemas de riego y contribuir con la ampliación de la frontera en agricultura de secano, en áreas bajo riego, en tierras con aptitud para pastoreo y en tierras eriazas con aptitud agrícola, a nivel nacional.

Por ende, la norma, aprobada por el Congreso de la República por insistencia, tiene por finalidad impulsar las inversiones en tecnificación del riego a nivel parcelario, en áreas bajo riego, agricultura de secano, tierras con aptitud para pastoreo y tierras eriazas con aptitud agrícola, a escala nacional, mediante las modalidades de inversión pública e inversión público-privada que permitan el uso eficiente del recurso hídrico.

Están comprendidos dentro de los alcances de esta ley:

a) El Gobierno Nacional.
b) Los gobiernos regionales.
c) Los gobiernos locales.
d) Las instituciones u organizaciones con fondos constituidos total o parcialmente con recursos
públicos, sean de derecho público o privado.
e) Las instituciones con fines de investigación, tales como universidades o escuelas técnicas e
institutos, entre otros.
f) Las organizaciones de usuarios de agua para riego, comunidades campesinas y comunidades
nativas.

Los gobiernos regionales y los gobiernos locales dictarán las medidas que correspondan para la implementación de la citada ley, conforme a sus competencias.

En tanto el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego proporcionará el apoyo técnico que requieran los gobiernos regionales y los gobiernos locales.

Mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Desarrollo Agrario y Riego, el Poder Ejecutivo aprobará el reglamento de la ley publicada dentro de los noventa días calendario siguientes a su entrada en vigencia.

Además, se deroga la Ley N° 28585, Ley que crea el Programa de Riego Tecnificado. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Resolución Legislativa N° 001-2025-2026-CR: Optimizan el ejercicio de los derechos políticos de los parlamentarios

El Congreso de la República publicó la Resolución Legislativa N° 001-2025-2026-CR, Resolución Legislativa del Congreso que incorpora el artículo 25-A en el Reglamento del Congreso de la República para optimizar el ejercicio de los derechos políticos de los parlamentarios.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, los parlamentarios en ejercicio de sus funciones pueden expresar, defender y promover posiciones ideológicas, programáticas y partidarias, sin que ello constituya infracción al deber de imparcialidad o de neutralidad. 

Esta disposición no los habilita para que realicen actividades de proselitismo político en horarios en los que se desarrollen las sesiones de comisiones en las que son miembros o del Pleno del
Congreso, salvo que se solicite la respectiva licencia sin goce de haber. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Disponen publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32392, Nueva Ley General de Turismo”

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) dispuso la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32392, Nueva Ley General de Turismo” y su Exposición de Motivos, en el Portal Web Institucional del Mincetur (www.mincetur.gob.pe), con el objeto de recibir comentarios y sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas, dentro del plazo de veinte (20) días calendario.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 253-2025-MINCETUR los comentarios, aportes o sugerencias sobre el proyecto de dicho Decreto Supremo deberán ser remitidos a la dirección electrónica: rlozano@mincetur.gob.pe, dirigidos a la Dirección de Normatividad y Calidad Turística de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico, órgano encargado de recibir, evaluar y consolidar los comentarios, aportes o sugerencias.

Mediante la propuesta normativa se plantea establecer las disposiciones reglamentarias necesarias para la aplicación efectiva de la mencionada ley, orientando la acción del Estado y los actores del sector hacia un desarrollo turístico ordenado, articulado y sostenible en el país. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE CULTURA
Disponen publicación de proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Intervenciones arqueológicas 

El Ministerio de Cultura dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica
el Reglamento de Intervenciones arqueológicas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2022-MC y el Decreto Supremo Nº 009-2022-MC, mediante la Resolución Ministerial N° 000216-2025-MC.

Dicha publicación se realiza en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), a fin de conocer las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la citada resolución en el Diario Oficial El Peruano.

La propuesta modificatoria tiene por finalidad simplificar los procedimientos, otorgar mayor claridad al flujo de tramitación y promover una gestión más ágil, predecible y coherente con el
mandato constitucional de protección del patrimonio cultural.

Asimismo, asegurar la protección patrimonial mediante la incorporación oportuna de medidas excepcionales de mitigación y compensación, aclarar los supuestos en que se desarrollan los procedimientos de intervención arqueológica, considerando las necesidades de la ciudadanía y la particularidad de las áreas urbanas consolidadas.

A criterio del Ministerio de Cultura las precisiones que se plantean promoverán una actuación administrativa más coordinada, predecible y basada en criterios técnicos.

Las opiniones, comentarios y/o sugerencias que se reciban al mencionado proyecto normativo deberán ser remitidos a la dirección electrónica: jaldave@cultura.gob.pe, o en su defecto a la mesa de partes física o virtual del Ministerio de Cultura.

La Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble se encargará de la consolidación de las opiniones, comentarios y/o sugerencias que se presenten. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Disponen publicación de proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia en las instituciones educativas públicas

El Ministerio de Educación (Minedu) dispuso la publicación en la sede digital de este portafolio (www.gob.pe/minedu) del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 28628, Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia en las instituciones educativas públicas, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2006-ED y de su exposición de motivos.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 391-2025-MINEDU se establece el plazo de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y privadas, y de la ciudadanía en general.

El Minedu dispuso que los comentarios, aportes u opiniones al proyecto normativo deben ser formulados utilizando el “Formato de Observaciones, Consultas y/o Recomendaciones”, y remitidos a la dirección electrónica apoyogestion3@minedu.gob.pe.

La Dirección de Gestión Escolar de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar se encargará de la recepción, procesamiento, sistematización y evaluación de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten al proyecto normativo. Conozca la norma aquí


INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Disponen publicación del proyecto de Resolución que aprueba la Directiva Sanitaria: “Metodología para la evaluación multicriterio para generar recomendaciones de uso de tecnologías sanitarias de alto costo para enfermedades raras o huérfanas”

El Instituto Nacional de Salud (INS) dispuso la publicación del proyecto de Resolución de Presidencia Ejecutiva de este instituto, que aprueba la Directiva Sanitaria: “Metodología para la evaluación multicriterio para generar recomendaciones de uso de tecnologías sanitarias de alto costo para enfermedades raras o huérfanas”, así como, del proyecto de la citada Directiva Sanitaria que en el portal institucional del INS (https://www.gob.pe/ins/normas-legales), a efecto de recibir los comentarios y/o aportes de la ciudadanía, por el de plazo de quince (15) días calendario.

De acuerdo con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000128-2025-INS/PE las opiniones, comentarios, recomendaciones o sugerencias sobre el Proyecto de Directiva Sanitaria deberán ser presentadas mediante la mesa de partes presencial ubicada en la avenida Defensores del Morro 2268 – Chorrillos, de lunes a viernes de 8:00 horas a 16:15 horas; o, por intermedio de la mesa de partes virtual del INS, cuya dirección web es https://mpv.ins.gob.pe/mpv/Account/Login; o, a través del correo electrónico: contactorenetsa@ins.gob.pe.

El Centro de Evaluación de Tecnologías en Salud del Instituto Nacional de Salud se encargará de recibir, procesar y sistematizar las opiniones, comentarios, recomendaciones o sugerencias que se presenten, así como elaborar la propuesta final de documento normativo. Conozca la norma aquí


ORGANISMO ESPECIALIZADO PARA LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS EFICIENTES
Formalizan la aprobación de la Directiva de Supervisión de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas

El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) formalizó la aprobación de la Directiva N° 011-2025-OECE-CD, Directiva de Supervisión de Instituciones Arbitrales (IA) y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (CAJPRD), mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000054-2025-OECE-PRE.

Dicha directiva establece las disposiciones que regulan la función de supervisión del OECE a las
Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas que se incorporan al Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (REGAJU), bajo un enfoque de cumplimiento
normativo, prevención y gestión de riesgos, así como de tutela de bienes jurídicos.

En ese contexto, establece el régimen jurídico aplicable a la función supervisora del OECE fijada en el literal l) del numeral 11.3 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (LGCP).

De acuerdo con la directiva la supervisión del OECE comprende las etapas preparatoria, de ejecución, de evaluación e informe de supervisión, y de seguimiento y monitoreo.

La Institución Supervisada tendrá la obligación de remitir la información que el OECE le solicite en el ejercicio de las funciones de supervisión según las disposiciones de la Directiva, en los plazos y formas establecidas en el respectivo requerimiento.

Las disposiciones de la Directiva respecto a la aprobación del Plan Anual de Supervisión
y las acciones de supervisión que se implementen a consecuencia de dicho Plan, serán aplicables a partir del año 2026, considerando lo establecido en la Décima Disposición Complementaria Transitoria de la LGCP.

El OECE podrá implementar plataformas o herramientas digitales que brinden soporte a las actividades de registro, supervisión y procedimiento administrativo sancionador que las normas
de contrataciones públicas le han asignado, respecto de las IA y CAJPRD que se incorporen al REGAJU, sobre la base de funcionalidades que permitan registrar y gestionar en línea documentación e información relacionadas con dichas actividades, incluyendo la implementación de una casilla electrónica que, en atención a la normatividad aplicable, permita efectuar notificaciones a la Institución Supervisada de las actuaciones y diligencias que se indican en la Directiva. Conozca la norma aquí

ORGANISMO ESPECIALIZADO PARA LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS EFICIENTES
Aprueban publicación de proyecto de Directiva para la retención de multas impagas

El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) aprobó la publicación del proyecto de Directiva para la retención de multas impagas, que incluye anexos, y
su correspondiente exposición de motivos, así como el proyecto de Resolución de aprobación, en la sede digital de dicho organismo (www.gob.pe/oece), por el plazo de quince (15) días calendario, para recoger los comentarios, aportes u opiniones.

De acuerdo con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000056-2025-OECE-PRE los comentarios, aportes u opiniones al proyecto serán recibidos mediante la Mesa de Partes del OECE, ubicada en la avenida Punta del Este s/n Edificio “El Regidor” N° 108, Piso 1, Jesús María y la sección https://www.gob.pe/institucion/oece/colecciones/62325-proyectos-normativos-prepublicados de la sede digital del OECE.

La Dirección Técnico Normativa será la encargada de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32434: Promueven la transformación productiva, competitiva y sostenible del sector agrario con protección social hacia la agricultura moderna
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 10 de Setiembre del 2025)

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32434, Ley que promueve la transformación productiva, competitiva y sostenible del sector agrario con protección social hacia la agricultura moderna.

La norma, aprobada por el Congreso de la República, establece un marco legal que impulsa la transformación productiva, competitiva y sostenible del sector agrario.

De esta manera, la citada ley tiene por finalidad fomentar una agricultura moderna que permita la empleabilidad e inversión; promover la formalización con énfasis en los pequeños productores agrarios, garantizando la propiedad agropecuaria y un ambiente propicio para desarrollar las actividades del sector agrario; promover las cadenas productivas integradas basándose en la asociatividad; e incrementar las capacidades de los pequeños productores agrarios para mejorar su productividad y acceder a mercados más rentables.

Conforme a la ley publicada, las formas asociativas inscritas en el Padrón de Productores Agrarios y sus Organizaciones en las Cadenas de Valor, creado por la Ley N° 30987, Ley que fortalece la planificación de la producción agraria, a cargo del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), las empresas que elaboren bienes utilizando como insumo productos adquiridos de estas formas asociativas y las empresas que comercialicen productos provenientes de dichas entidades en los mercados de consumo podrán utilizar la marca de certificación “Cómprale al Pequeño Productor Agrario” y su logotipo, el cual es licenciado de manera gratuita por el MIDAGRI.

Además, el MIDAGRI, mediante resolución ministerial, aprobará las condiciones de acceso y de uso de la marca de certificación “Cómprale al Pequeño Productor Agrario” y de su logotipo.

Los pequeños productores agrarios inscritos en el citado Padrón se sujetarán a una serie de disposiciones que se estipulan para efectos del impuesto a la renta.

Así, se estipula que si sus ingresos netos del ejercicio son menores o iguales a treinta unidades
impositivas tributarias (30 UIT), estos pequeños productores agrarios estarán inafectos al impuesto a la renta en dicho ejercicio.

Si sus ingresos netos del ejercicio son mayores a treinta unidades impositivas tributarias (30 UIT) y hasta ciento cincuenta unidades impositivas tributarias (150 UIT), el impuesto a la renta para estos pequeños productores se determinará aplicando la tasa de 1.5 % sobre el exceso de treinta
unidades impositivas tributarias (30 UIT).

Los pagos que se realicen por este concepto tendrán carácter definitivo y cancelatorio, teniendo en cuenta que serán agentes de retención, tanto las formas asociativas conforme a lo dispuesto en el párrafo 11.3 de la ley publicada, como las empresas agrarias, según corresponda, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la ley publicada y en su reglamento.

La ley publicada, que también fija reglas en materia del impuesto general a las ventas, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo las disposiciones tributarias relacionadas con el impuesto a la renta y el impuesto general a las ventas, que entrarán en vigor el 1° de enero de 2026.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) concentrará las acciones de prevención, orientación y fiscalización del cumplimiento de la normativa sociolaboral en el sector agrario sobre zonas, áreas y empresas informales según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), cualquiera sea su denominación o composición societaria, por lo menos en
un 75 % del total de las órdenes de inspección, operativos o cualquier actuación de inteligencia e investigación de dicha entidad. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Declaran de interés nacional la organización y realización de la 11° Conferencia Mundial de Jóvenes Parlamentarios, así como sus eventos conexos, a desarrollarse en la ciudad de Lima, del 11 al 13 de setiembre del 2025
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 10 de Setiembre del 2025)

El Ministerio de Relaciones Exteriores publicó el Decreto Supremo que declara de interés nacional la organización y realización de la 11° Conferencia Mundial de Jóvenes Parlamentarios, así como sus eventos conexos, a desarrollarse en la ciudad de Lima, del 11 al 13 de setiembre del 2025, mediante el Decreto Supremo N° 031-2025-RE.

El Congreso de la República será responsable de aquellos aspectos de la organización y realización de actividades y eventos previos y conexos de la 11° Conferencia Mundial de Jóvenes Parlamentarios de la Unión Interparlamentaria, a los que se hubiera comprometido, con la Unión Interparlamentaria (UIP), en coordinación con los sectores competentes.

La organización y realización de la 11° Conferencia Mundial de Jóvenes Parlamentarios de la Unión Interparlamentaria, así como sus eventos conexos, serán financiados con cargo al pliego presupuestal del Congreso de la República y los pliegos presupuestales de las entidades involucradas, así como los aportes que puedan provenir de la cooperación de entidades públicas y
privadas nacionales o extranjeras, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Conozca la norma aquí


Viernes 12 de Setiembre del 2025

Minsa aprueba Norma Técnica de Salud en Telesalud

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la Norma Técnica de Salud en Telesalud (NTS N.º 232-MINSA/DIGTEL/2025), con la finalidad de consolidar un marco normativo que regule e integre la implementación de la telesalud en el país.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N.º 608-2025/MINSAL, se establece lineamientos para garantizar un acceso oportuno, equitativo y de calidad a los servicios de salud, haciendo uso eficiente, ético y seguro de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), así como de tecnologías emergentes. Su aplicación se enmarca en los principios de integralidad, universalidad y sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, buscando mejorar la atención a las personas y comunidades, bajo un enfoque de continuidad y cuidado integral.

En concordancia con la Ley Marco de Telesalud (Ley N.º 30421), la telesalud constituye una estrategia para ampliar cobertura, mejorar calidad y optimizar eficiencia en los servicios sanitarios. Asimismo, define la telesalud como el servicio de salud a distancia brindado por profesionales competentes mediante TIC, con el propósito de que la población acceda a atención de manera segura y oportuna.

Los ejes de desarrollo priorizados son: prestación de servicios de salud, gestión institucional, información, educación y comunicación con pertinencia cultural y lingüística, además del fortalecimiento de capacidades del personal sanitario.



Sábado 13 de Setiembre del 2025

PCM: aprueban Lineamientos para la implementación de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) aprobó los Lineamientos para la implementación de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional (Sedena), mediante el Decreto Supremo N° 116-2025-PCM.

La norma recuerda que el Decreto Legislativo N° 1684 creó la citada secretaría como organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público y autonomía administrativa, técnica, funcional y financiera.

La Sedena es la entidad responsable de la coordinación, asesoramiento y planificación y supervisión de los componentes del Sistema de Defensa Nacional (Sidena), con la finalidad de articular su funcionamiento a escala nacional. 

Mantiene relaciones de coordinación técnico funcional con las Oficinas de Seguridad y Defensa Nacional (Osdena), o las que hagan sus veces, de los ministerios, organismos públicos, gobiernos regionales y gobiernos locales. 

De igual manera con la Dirección Nacional de Inteligencia, ente rector del Sistema de Inteligencia Nacional-Sina, para satisfacer las necesidades de información e inteligencia para los procesos y gestión del Sidena. Conozca la norma aquí


PCM: aprueban ‘Directiva para la Emisión de Avisos, Alertas y Alarmas ante Incendios Forestales’

La ‘Directiva para la Emisión de Avisos, Alertas y Alarmas ante Incendios Forestales’ aprobó la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). 

La Resolución de Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres N° 006-2025-PCM/SGRD precisa que la citada directiva define acciones, roles y responsabilidades del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI).

También del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) a través del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) y de los gobiernos regionales y locales.

Se busca la emisión oportuna de avisos, alertas y alarmas de estas entidades ante la ocurrencia de incendios forestales en el territorio nacional, con la finalidad de salvaguardar la vida de la población ubicada en zonas de riesgo y proteger los medios de vida, incluyendo el patrimonio forestal y fauna silvestre. Conozca la norma aquí


Minam: oficializan Protocolo Nacional para el Monitoreo de la Calidad Ambiental de Sedimentos

El Ministerio del Ambiente (Minam) publicó el ‘Protocolo Nacional para el Monitoreo de la Calidad Ambiental de Sedimentos’ con el objetivo de estandarizar los procedimientos operativos y criterios técnicos de esta labor, a efectos de determinar los parámetros físicos, químicos y biológicos de los sedimentos presentes en los cuerpos hídricos superficiales continentales (lénticos y lóticos) y marino costero.

El documento, que se oficializó mediante el Decreto Supremo N° 018-2025-Minam, tiene por finalidad la correcta aplicación estandarizada de procedimientos, criterios técnicos y metodologías en la toma de muestras de sedimentos para analizar la concentración de los parámetros inorgánicos y orgánicos presentes que puedan generar riesgos a los ecosistemas acuáticos y otros componentes ambientales.

La norma explica que el monitoreo ambiental es la acción de tomar lecturas, medidas y evaluaciones de variables físicas, químicas y/o biológicas, en un periodo determinado de tiempo, a fin de conocer tanto los cambios, como el seguimiento del estado del ambiente. Esta labor puede ser útil para muchos propósitos, anota. 

En ese sentido, el monitoreo permite consolidar la información mediante una base de datos y analizar su respectiva tendencia, en concordancia con el cumplimiento de las normas en materia ambiental. 

Asimismo, recalca, posibilita permite obtener información acerca de eventos especiales o posibles fuentes de contaminación de los sedimentos presentes en los cuerpos hídricos, causada por las actividades productivas, extractivas o de servicios. Conozca la norma aquí


Trabajo: oficializan creación de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para la Formalización Laboral

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) oficializó la creación de la ‘Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para la Formalización Laboral’ con el objeto de proponer intervenciones para promover la formalización de los sectores productivos con incidencia en la formalización laboral, recomendaciones de mejora y el seguimiento de su implementación.

El grupo de trabajo, que se aprobó por Decreto Supremo N° 006-2025-TR, tendrá como funciones elaborar un informe que contenga un diagnóstico sobre la implementación y avance de las intervenciones del Estado que impulsen la formalización laboral, con el fin de identificar las brechas y oportunidades de mejora, dentro de los tres meses siguientes a su instalación.

Otra de sus tareas será redactará un informe de recomendaciones sobre las medidas de mejora e intervenciones para impulsar la formalización de los sectores productivos con enfoque en formalización laboral, a los seis meses de la emisión del primer informe antes mencionado. En forma extraordinaria, podrá formular otros informes de recomendaciones, producto de la dinámica del trabajo, precisa la norma.

Además, elaborará informes de seguimiento bajo una periodicidad anual que den cuenta de la implementación de las intervenciones sectoriales y multisectoriales para impulsar la formalización laboral; los cuales se presentarán a la presidencia de la comisión, a cargo del viceministerio de Trabajo del MTPE y dentro del último trimestre de cada año. Conozca la norma aquí


Congreso: declaran de necesidad pública e interés nacional diversos proyectos y obras de infraestructura en departamentos.

El Congreso de la República promulgó la Ley N° 32439, Ley que declara de necesidad pública e interés nacional diversos proyectos y obras de infraestructura en los departamentos de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Junín, La Libertad, Lima, Loreto, Madre De Dios, Pasco, Piura, Puno y Tumbes.

También la ejecución de proyectos ferroviarios y de teleféricos con el objetivo de facilitar el transporte masivo de bienes y pasajeros de manera rápida, eficiente y segura en todo el territorio nacional.

Se suma la construcción de trochas carrozables en áreas rurales o agrícolas para facilitar el transporte de personas y bienes en el territorio nacional. Conozca la norma aquí.


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