• SÁBADO 9
  • de mayo de 2026

Derecho

FOTOGRAFIA
DERECHO

Reforma previsional: Desde 2027 no habrá jóvenes sin pensión. ¡Conoce el nuevo sistema multipilar!


Editor
César Puntriano Rosas

Abogado. Miembro de la Sociedad Peruana del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social


La norma dispone, entre otros temas,  que todo ciudadano que se encuentre domiciliado en el país y que cumpla dieciocho (18) años a partir del 1 de junio de 2027 en adelante, se afilia de manera obligatoria al sistema integral previsional peruano, eligiendo entre el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Se contempla un plazo para efectuar la elección de afiliación, el cual vence antes de cumplirse doce (12) meses contados a partir del día siguiente de cumplida la mayoría de edad. Si la persona no elige en el plazo indicado queda automáticamente afiliado al SNP.  Se añade que el afiliado no puede modificar su decisión de elección, por lo que, el cambio del régimen previsional elegido es considerado como un traslado dentro del sistema integral previsional peruano.

Respecto a aquellos ciudadanos que tengan 18 años o más, cumplidos al 31 de mayo de 2027 que se encuentren domiciliados en el país y que no estén afiliados a ningún régimen previsional existente, deben elegir afiliarse al SPP o al SNP, siendo el plazo para la elección de  hasta doce (12) meses contados a partir del 1 de junio de 2027. A partir del 1 de junio de 2028 y en caso de no haber elegido entre el SPP y el SNP, el ciudadano queda automáticamente afiliado al SPP y se sujeta a la licitación del servicio de administración de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC).

La obligación de afiliarse no comprende a los ciudadanos que al 31 de mayo de 2027 ya se encuentran afiliados a un régimen previsional como el militar policial, diplomáticos, entre otros o ya son pensionistas de derecho propio de cualquier régimen previsional, incluyendo los programas no contributivos, o los mayores de 55 años.

Como se advierte este nuevo marco legal en materia previsional apunta hacia la afiliación universal, sea en el SPP o el SNP. Esto comprende al personal independiente, quien aportará inicialmente el 2% de sus ingresos desde el 2028, con un incremento a 5 % a partir de 2034.

El objetivo de la reforma es rediseñar el sistema previsional peruano incluyendo una estructura multipilar, administrada por el Estado y los particulares (no solo las AFP), incorporando una pensión mínima a sus afiliados.  Sin embargo, no se encuentra exento de cuestionamientos, los cuales se formulan inclusive por congresistas que en su momento votaron a favor de la norma y, que, entre otros argumentos, abogan por un nuevo retiro de los fondos del SPP. 

Esta medida, a todas luces populista, impactará negativamente en la sostenibilidad del sistema. Ojalá que el efecto del “año preelectoral” no impida evaluar técnicamente las propuestas legislativas de nuestros congresistas.