• SÁBADO 4
  • de abril de 2026

Derecho

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DERECHO

Se acerca el feriado del 1 de noviembre: revisa tus derechos si te toca laborar ese día

Atención, trabajadores.

En estos casos, algunos empleadores acuerdan con sus trabajadores disfrutar el descanso en una fecha distinta. No obstante, si no se otorga ese descanso sustitutorio y se labora durante el feriado, el trabajador tiene derecho a recibir una remuneración adicional obligatoria, equivalente a una triple remuneración diaria: por el feriado, por el trabajo realizado y por la sobretasa del 100 %.

¿Cómo se calcula el pago por trabajar en feriado?

Supongamos que una jornada laboral equivale a S/ 50. En ese caso, el trabajador recibirá:

-S/ 50 por el día feriado (ya incluido en su remuneración mensual).

-S/ 50 por el trabajo realizado.

-S/ 50 adicionales por la sobretasa del 100 %.

En total, percibirá S/ 100 extra por haber trabajado ese día feriado, como lo sería si se labora el próximo 1 de noviembre, feriado nacional por el Día de Todos los Santos.

Las empresas que incumplan con este derecho incurren en una infracción muy grave, sancionable con multas que van desde S/ 1,230.50 hasta S/ 281,035.50, según el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados.

Feriado vs. día no laborable

En los feriados nacionales, los trabajadores descansan con goce de haber o, si laboran, reciben el pago con sobretasa o un descanso compensatorio.
En cambio, los días no laborables aplican principalmente al sector público, y deben compensarse posteriormente.

Feriados que restan en 2025:

1 de noviembre: Día de Todos los Santos

8 de diciembre: Inmaculada Concepción

9 de diciembre: Batalla de Ayacucho

25 de diciembre: Navidad

26 de diciembre: Día no laborable para el sector público

La Sunafil recordó que estas disposiciones son de cumplimiento obligatorio y exhortó a los empleadores a planificar con anticipación para garantizar el respeto de los derechos laborales.