• MIÉRCOLES 20
  • de mayo de 2026

Derecho

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DERECHO

El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, domingo 30 de Noviembre del 2025


PODER JUDICIAL
Disponen la implementación del Expediente Judicial Electrónico y la Mesa de Partes Electrónica, para la especialidad civil, subespecialidad comercial, a partir del 1° de Diciembre del 2025, en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Pasco

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) dispuso la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad civil, subespecialidad comercial, a partir del 1° de Diciembre del 2025, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Pasco, conforme al detalle siguiente:

Sede Central, ubicada en el Jirón 28 de Julio S/N - Yanacancha - Pasco:
• Sala Mixta.

Sede Edificio Las Américas, ubicada en la Avenida Las Américas N° 308 - Yanacancha - Pasco:
• 1° Juzgado Civil.
• 2° Juzgado Civil.

La ceremonia de inauguración se realizará a partir del 4 de Diciembre del 2025, detalla la Resolución Administrativa N° 000437-2025-CE-PJ
Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Fijan la remuneración íntegra mensual correspondiente a la primera escala magisterial de la carrera pública magisterial de la Ley N° 29944, la remuneración mensual del profesor contratado en el marco de la Ley N° 30328 y el monto de la asignación por jornada de trabajo adicional
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del sábado 29 de Noviembre del 2025)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) fijó la remuneración íntegra mensual correspondiente a la primera escala magisterial de la carrera pública magisterial de la Ley N° 29944, la remuneración mensual del profesor contratado en el marco de la Ley N° 30328 y el monto de la asignación por jornada de trabajo adicional, mediante el Decreto Supremo Nº 277-2025-EF.

De acuerdo con la norma se fija el monto de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) por hora de trabajo semanal - mensual correspondiente a la Primera Escala Magisterial de la Carrera Pública Magisterial a la que se refiere la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, en la suma de S/
116,69 (CIENTO DIECISEIS Y 69/100 SOLES).


En tanto, el profesor contratado en el marco del Contrato de Servicio Docente de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, percibirá una remuneración mensual de acuerdo con la jornada laboral establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios, regulada en la Ley Nº 29944 y en la Ley Nº 30328, conforme al siguiente detalle:

Modalidad / Forma

Nivel / Ciclo

Jornada laboral

Remuneración mensual

S/

Educación Básica Regular – EBR

Inicial

30

3 500,70

Primaria

30

3 500,70

Secundaria

30

3 500,70

Educación Básica Especial – EBE

Inicial

30

3 500,70

Primaria

30

3 500,70

Educación Básica Alternativa – EBA

Inicial / Intermedio

30

3 500,70

Avanzado

30

3 500,70

Educación Técnico Productiva – ETP

Básico y Medio

30

3 500,70



Los profesores contratados en el marco del Contrato del Servicio Docente de la Ley Nº 30328,
que prestan servicios como Profesor Coordinador en el Programa No Escolarizado de Educación Inicial (PRONOEI) o como Docente Coordinador en la Oficina Nacional Diocesana de Educación Católica (ONDEC), o en la Oficina Diocesana de Educación Católica (ODEC),
percibirán una remuneración mensual de S/ 4 667,60.

Además, se establece que el monto de la Asignación por Jornada de Trabajo Adicional que percibirá el profesor encargado del puesto o de las funciones, según corresponda, de Director, Subdirector o Jerárquico de institución educativa multigrado o polidocente; así como, el profesor encargado del puesto de Especialista en Educación; según la escala magisterial en la que se encuentra, conforme al siguiente detalle:

Escala Magisterial

Asignación por Jornada de Trabajo Adicional S/

Profesor de 30 horas

Octava

2 450,49

Sétima

2 217,11

Sexta

2 042,08

Quinta

1 750,35

Cuarta

1 516,97

Tercera

1 400,28

Segunda

1 283,59

Primera

1 166,90



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