Derecho
De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 000355-2025/SUNAT, la sanción de multa aplicable a la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 176 del CT, respecto de aquellas declaraciones, se graduará conforme a los criterios de subsanación (voluntaria o inducida) y/o pago que se especifican.
La aplicación de estos criterios como incentivo para la regularización de tales declaraciones permitirá a la Sunat ejecutar un control efectivo de la obligación de presentarlas.
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— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) December 1, 2025