• MIÉRCOLES 20
  • de mayo de 2026

Política

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ONPE determina que primarias para elecciones municipales y regionales sea en mayo 2026

Previamente, en febrero, organizaciones políticas deberán informa la modalidad de elección.

En estas elecciones participarán los aspirantes a ocupar los cargos de gobernador, vicegobernador o consejero regional; alcalde o regidor provincial; alcalde o regidor distrital.

Según la Resolución Jefatural n.° 000187-2025-JN/ONPE, previamente, las organizaciones políticas tienen hasta el 16 de febrero del mismo año para comunicar a la Onpe la modalidad de elección primaria elegida, junto con la norma interna que la sustenta, la misma que debe estar contendida en el estatuto o reglamento de la agrupación.

En el caso de las agrupaciones que opten por la elección de sus candidatos por delegados,  deberán regresar a las urnas una semana más tarde, el 24 de mayo, para finalmente definir las candidaturas. Las agrupaciones políticas, y no la Onpe, serán las responsables de organizar la votación destinada a elegir delegados.

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Vale recordar que, para las elecciones generales del 2026, de las 39 organizaciones políticas habilitadas para participar en esta contienda electoral, 37 eligieron la modalidad por delegados, y solo dos, el Partido Aprista Peruano y Renovación Popular, la opción un militante, un voto.

Esta semana, el Jurado Nacional de Elecciones aprobó el cronograma para las elecciones regionales y municipales del 2026,  en el que se determinó que estas elecciones se realizarán el 4 de octubre.

Requisitos

El reglamento de la ONPE señala que las organizaciones políticas determinan los requisitos, la forma de presentación de candidaturas ante su órgano electoral central y el número de sus postulantes, de acuerdo con su normativa interna y la legislación vigente. 

Y añade que podrán ser candidatos en las elecciones primarias previas a las ERM las personas que se hayan afiliado a la agrupación respectiva hasta el 7 de octubre del 2024 y estén incluidas en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Con respecto a los electores, solo podrán votar quienes formen parte de los padrones elaborados por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y aprobados por el JNE.

Para los procesos subnacionales, incluidas las elecciones primarias, se deben tener en cuenta estas particularidades:

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Además de respetarse la paridad y alternancia de género –50 % de hombres y 50 % de mujeres, ubicados de manera intercalada–, se deberá considerar una cuota para jóvenes –no menos del 20 % de menores de 29 años– y, en las circunscripciones donde existen comunidades nativas y pueblos originarios, sus representantes deben ocupar, cómo mínimo, un 15 % de la lista.

Una vez culminadas las elecciones primarias, la ONPE remitirá los resultados al JNE y las organizaciones políticas para que estas puedan elaborar sus listas de candidatos e inscribirlas ante los Jurados Electorales Especiales. El porcentaje de candidatos designados, que podrán ser incluidos en dichas listas sin haber pasado por los comicios primarios, será del 30%.

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