Congreso: otorgan delegación de facultades legislativas a Comisión Permanente
Hasta el 27 de febrero de 2026
Dicha medida fue aprobada por la representación nacional con el apoyo de 83 votos a favor, 14 en contra y no se registraron abstenciones.
De esta manera, la Comisión Permanente podrá legislar a partir del 16 de diciembre del 2025 sobre los siguientes asuntos:
-Los dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa que se encuentren en el Orden del Día y en la agenda del Pleno del Congreso, así como los que se incluyan por acuerdo de la Junta de Portavoces, según sus atribuciones.
-Además, las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con carácter de urgencia, conforme a lo dispuesto por el artículo 105 de la Constitución Política del Perú.
De igual forma, se precisa en el artículo 2 de la resolución legislativa las limitaciones de la Comisión Permanente.
“Exclúyanse de los asuntos a que se refiere el artículo anterior aquellos cuya delegación a la Comisión Permanente no procede, según lo establecido en el segundo párrafo del inciso 4) del artículo 101 de la Constitución Política del Perú”, señala la resolución legislativa aprobada.
Cabe indicar que la primera legislatura ordinaria del Periodo Anual de Sesiones 2025-2026 culmina este 15 de diciembre.
Cabe indicar que, según la Carta Magna, “no pueden delegarse a la Comisión Permanente materias relativas a reforma constitucional, ni a la aprobación de tratados internacionales, leyes orgánicas, Ley de Presupuesto y Ley de la Cuenta General de la República”.
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