• MIÉRCOLES 20
  • de mayo de 2026

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¡Importante! La Comisión Permanente asumirá funciones legislativas hasta 2026. Detalles aquí

Publican Resolución Legislativa del Congreso 009-2025-2026-CR

Esta medida, que se enmarca en lo dispuesto por el artículo 101 de la Constitución Política del Perú, otorga a la Comisión Permanente la capacidad de legislar en diversos ámbitos durante el período de receso parlamentario.

Según el artículo 1 de la resolución, la delegación se extiende a los siguientes asuntos: los dictámenes y proyectos de ley o resolución legislativa que estén pendientes en el Orden del Día y en la agenda del Pleno del Congreso, así como aquellos que sean incluidos por acuerdo de la Junta de Portavoces.

Además, se incluye la facultad de tratar las proposiciones del Poder Ejecutivo que se envíen con carácter de urgencia, conforme al artículo 105 de la Constitución.

No obstante, la delegación tiene limitaciones, tal como se detalla en el artículo 2 de la resolución. Se excluyen de esta delegación aquellos asuntos cuya transferencia a la Comisión Permanente no procede, según lo establecido en el segundo párrafo del inciso 4) del artículo 101 de la Carta Magna.

La resolución fue firmada por los vicepresidentes del Congreso, Fernando Miguel Rospigliosi Capurro y Waldemar José Cerrón Rojas, quienes respaldaron la medida.