• MIÉRCOLES 20
  • de mayo de 2026

Derecho

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El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, sábado 6 de diciembre del 2025

Congreso: declaran de necesidad pública e interés nacional la construcción, mejora, modernización, ampliación o potenciación de los aeropuertos

El Congreso publicó la Ley N° 32518 que declara de necesidad pública e interés nacional la construcción, mejora, modernización, ampliación o repotenciación de los aeropuertos en todo el territorio nacional, para promover el desarrollo económico de los departamentos y fortalecer la conectividad nacional, el turismo y la descentralización del transporte aéreo.

La finalidad de la norma es fortalecer la participación del Estado, en sus tres niveles de gobierno, atendiendo a la construcción y repotenciación de los aeropuertos, la modernización o la ampliación de las instalaciones del lado tierra, como terminales de pasajeros y otros, el mejoramiento de la infraestructura del lado aire, como pistas de aterrizaje, pistas de rodaje, plataforma de estacionamiento de aeronaves y otros.

La ley se aplicará para los proyectos de construcción, modernización, ampliación, mejora o repotenciación de los aeropuertos en todo el país, priorizándose el mejoramiento del aeropuerto José Abelardo Quiñones Gonzales ubicado en la provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque.

Se suman la construcción y funcionamiento del aeropuerto de Parinacochas ubicado en el distrito de Puyusca, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho, así como la construcción del aeropuerto internacional en el distrito de Orcotuna, provincia de Concepción, departamento de Junín.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante el órgano competente, ejecutará los estudios, planos y acciones para la construcción, modernización, ampliación, mejora o repotenciación de los aeropuertos y determinará la prelación de su inclusión en el Programa Multianual de Inversiones, detalla la ley. Conozca la norma aquí

Migraciones: ley de incorporación de trabajadores CAS al régimen 728

El Gobierno promulgó la Ley N° 32520 que autoriza a la Superintendencia Nacional de Migraciones a incorporar al personal que labora bajo el régimen del Decreto Legislativo 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, a plazo indeterminado, al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de Fomento del Empleo, con la finalidad de eliminar la discriminación laboral.

Para la incorporación el personal debe haber adquirido la condición de contratado indeterminado en mérito a la Ley 31131, Ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del sector público.

Así también haber ingresado a la institución mediante concurso público de méritos; y no tener dos o más sanciones disciplinarias firmes en su desempeño funcional. Conozca la norma aquí


Sunarp: se aprueba nueva escala remunerativa

Una nueva escala remunerativa aplicable a los trabajadores de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) que se encuentran bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de Fomento del Empleo, se autorizó mediante la Ley N° 32521.

La finalidad es optimizar las condiciones laborales de los trabajadores y fortalecer el sistema registral a escala nacional, con el propósito de garantizar que la entidad, como ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos y organismo público descentralizado del sector Justicia, cumpla de manera eficiente con su objetivo de inscribir y publicitar los actos, contratos, derechos y titularidades de las personas.

Así se otorga autenticidad, seguridad jurídica y publicidad registral a la ciudadanía, asegurando un servicio oportuno, inclusivo, transparente, predecible y eficiente, que contribuye a la protección de derechos y al fortalecimiento de la seguridad jurídica en el país.

El Ministerio de Economía y Finanzas, en un plazo no mayor de 30 días calendario contados desde la entrada en vigor de la ley, realiza el estudio técnico correspondiente, a efectos de plantear la nueva escala remunerativa para los trabajadores de la Sunarp. Conozca la norma aquí


Cofopri: actualización de la escala remunerativa para funcionarios y servidores

El Gobierno promulgó la Ley N° 32522 que tiene por objeto autorizar la actualización de la escala remunerativa aplicable a los funcionarios y servidores públicos del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de Fomento del Empleo.

La finalidad es mejorar las condiciones laborales de los funcionarios y servidores que prestan servicios en la entidad para contribuir con el derecho que tiene toda persona a la igualdad ante la ley y a no ser discriminada por condición económica o de cualquier otra índole por el Estado, mediante la aprobación de una nueva escala remunerativa.

El Ministerio de Economía y Finanzas, en un plazo no mayor de 30 días calendario contados desde la entrada en vigor de la presente ley, realizará el estudio técnico correspondiente, a efectos de plantear la nueva escala remunerativa.

Si no se realiza el estudio técnico habiendo concluido el plazo establecido, el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal presentará un estudio técnico al Ministerio de Economía y Finanzas para ser aprobado en 30 días calendario. Conozca la norma aquí


MEF: Reglamento que regula el establecimiento de cursos de capacitación como medida preventiva para las microempresas en el marco de la potestad sancionadora de la Sunat

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el Reglamento que regula el establecimiento de cursos de capacitación como medida preventiva para las microempresas en el marco de la potestad sancionadora de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

El cuerpo normativo, que se oficializó por el Decreto Supremo N° 288-2025-EF, señala que el objeto es establecer disposiciones sobre la impartición de cursos de capacitación como medida preventiva para las microempresas en el marco de la potestad sancionadora de la Sunat, con antelación a la aplicación de la sanción que corresponde por la primera infracción cometida o detectada, la que procederá una sola vez por cada tipo de infracción tributaria.

La finalidad es establecer las normas reglamentarias para que la Sunat pueda determinar los casos en los que procede aplicar, con antelación a la aplicación de la sanción correspondiente, la obligación de asistir a un curso de capacitación y aquellos en los que se deben aplicar las sanciones respectivas.

El curso de capacitación procederá cuando, por primera vez, la microempresa cometa, o la Sunat detecte, un tipo de infracción tributaria, y siempre que la sanción que corresponda aplicar, de acuerdo con lo previsto en las Tablas de Infracciones y Sanciones del Código Tributario, sea multa o cierre. Conozca la norma aquí